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<documento fecha_actualizacion="20241021220831">
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    <identificador>DOUE-L-2018-80858</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20180523</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>765/2018</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento de Ejecución (UE) 2018/765 de la Comisión, de 23 de mayo de 2018, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 en lo que respecta a la fecha de entrada en almacén de la leche desnatada en polvo vendida mediante un procedimiento de licitación.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20180525</fecha_publicacion>
    <diario_numero>129</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>73</pagina_inicial>
    <pagina_final>73</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2018/129/L00073-00073.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>20180526</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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    <url_eli>https://data.europa.eu/eli/reg/2018/765/spa</url_eli>
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      <materia codigo="4746" orden="">Leche</materia>
      <materia codigo="5262" orden="">Organismo de intervención</materia>
      <materia codigo="5274" orden="">Organización Común de Mercado</materia>
      <materia codigo="5743" orden="">Productos lácteos</materia>
      <materia codigo="7121" orden="">Venta</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2016-82220" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 1 del Reglamento 2016/2080, de 25 de moviembre</texto>
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      <alerta codigo="102" orden="">Alimentación</alerta>
      <alerta codigo="105" orden="">Comercio</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1),</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240 de la Comisión, de 18 de mayo de 2016, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la intervención pública y a la ayuda para el almacenamiento privado (2), y en particular su artículo 28,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1)</p>
    <p class="parrafo">A fin de establecer las cantidades de leche desnatada en polvo incluidas en el procedimiento de licitación abierto por el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 de la Comisión (3), el artículo 1 de dicho Reglamento fija la fecha antes de la cual la leche desnatada en polvo tiene que haber entrado en almacenamiento público.</p>
    <p class="parrafo">(2)</p>
    <p class="parrafo">En vista de la situación actual del mercado de la leche y de los productos lácteos en términos de recuperación de los precios y del alto nivel de existencias de intervención, es conveniente que se ponga a disposición, para su venta, un volumen adicional de leche desnatada en polvo mediante la modificación de la fecha de entrada en almacén.</p>
    <p class="parrafo">(3)</p>
    <p class="parrafo">Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 en consecuencia.</p>
    <p class="parrafo">(4)</p>
    <p class="parrafo">Con el fin de poner la leche desnatada en polvo a disposición para su venta sin demora, el presente Reglamento debe entrar en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">(5)</p>
    <p class="parrafo">Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En el artículo 1 del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080, se sustituye la fecha de «1 de mayo de 2016» por la de «1 de junio de 2016».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 23 de mayo de 2018.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">en nombre del Presidente,</p>
    <p class="parrafo">Phil HOGAN</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">___________________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 206 de 30.7.2016, p. 71.</p>
    <p class="parrafo">(3) Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 de la Comisión, de 25 de noviembre de 2016, por el que se abre la venta de leche desnatada en polvo mediante procedimiento de licitación (DO L 321 de 29.11.2016, p. 45).</p>
  </texto>
</documento>
