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    <identificador>DOUE-L-2018-80086</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20180122</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>88/2018</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento de Ejecución (UE) 2018/88 del Consejo, de 22 de enero de 2018, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2017/2063 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20180122</fecha_publicacion>
    <diario_numero>16</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>20180122</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="1773" orden="">Cuentas bloqueadas</materia>
      <materia codigo="5647" orden="">Política Exterior y de Seguridad Común</materia>
      <materia codigo="6273" orden="">Sanciones</materia>
      <materia codigo="6131" orden="">Venezuela</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2017-82246" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo IV del Reglamento 2017/2063, de 13 de noviembre</texto>
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      <alerta codigo="123" orden="">Relaciones internacionales</alerta>
      <alerta codigo="126" orden="">Seguridad y Defensa</alerta>
      <alerta codigo="127" orden="">Sistema financiero</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="">Unión Europea</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (UE) 2017/2063 del Consejo, de 13 de noviembre de 2017, relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela (1), y en particular su artículo 17, apartado 1,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1)</p>
    <p class="parrafo">El 13 de noviembre de 2017, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2017/2063.</p>
    <p class="parrafo">(2)</p>
    <p class="parrafo">El 13 de noviembre de 2017, el Consejo adoptó unas Conclusiones sobre Venezuela en las que se reafirma que el diálogo constructivo y la negociación son la única manera sostenible de abordar la crisis actual y de responder a las necesidades apremiantes del pueblo de Venezuela.</p>
    <p class="parrafo">(3)</p>
    <p class="parrafo">El Consejo, subrayando su preocupación por la situación en el país, adoptó medidas restrictivas y señaló que esas medidas se utilizarían de manera gradual y flexible y podrían ampliarse, dirigiéndose contra quienes participan en el incumplimiento de los principios democráticos y del Estado de Derecho y la violación de los derechos humanos.</p>
    <p class="parrafo">(4)</p>
    <p class="parrafo">En vista del constante deterioro de la situación en Venezuela, procede incluir a siete personas en la lista de personas naturales y jurídicas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo IV del Reglamento (UE) 2017/2063.</p>
    <p class="parrafo">(5)</p>
    <p class="parrafo">Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo IV del Reglamento (UE) 2017/2063.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El anexo IV del Reglamento (UE) 2017/2063 se modifica tal como se establece en el anexo del presente Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 22 de enero de 2018.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">La Presidenta</p>
    <p class="parrafo">F. MOGHERINI</p>
    <p class="parrafo">_________</p>
    <p class="parrafo">(1)  DO L 295 de 14.11.2017, p. 21.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">Procede añadir las siguientes personas a la lista de personas y entidades que figura en el anexo IV del Reglamento (UE) 2017/2063.</p>
    <p class="parrafo">Nombre</p>
    <p class="parrafo">Información de identificación</p>
    <p class="parrafo">Motivos</p>
    <p class="parrafo">Fecha de inclusión</p>
    <p class="parrafo">«1.</p>
    <p class="parrafo">Néstor Luis Reverol Torres</p>
    <p class="parrafo">Fecha de nacimiento: 28 de octubre de 1964</p>
    <p class="parrafo">Ministro para Relaciones Interiores, Justicia y Paz; excomandante general de la Guardia Nacional Bolivariana. Responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la oposición democrática en Venezuela, en particular de la prohibición y represión de manifestaciones de carácter político</p>
    <p class="parrafo">22.1.2018</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">Gustavo Enrique González López</p>
    <p class="parrafo">Fecha de nacimiento: 2 de noviembre de 1960</p>
    <p class="parrafo">Director del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN). Responsable de graves violaciones de los derechos humanos (en particular detención arbitraria, tratos inhumanos y degradantes y torturas) y de la represión de la sociedad civil y de la oposición democrática en Venezuela.</p>
    <p class="parrafo">22.1.2018</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">Tibisay Lucena Ramírez</p>
    <p class="parrafo">Fecha de nacimiento: 26 de abril de 1959</p>
    <p class="parrafo">Presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE). Sus acciones y políticas han menoscabado la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela, en particular al facilitar el establecimiento de la Asamblea Constituyente y al no garantizar que el CNE siga siendo una institución imparcial e independiente de conformidad con la Constitución venezolana.</p>
    <p class="parrafo">22.1.2018</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">Antonio José Benavides Torres</p>
    <p class="parrafo">Fecha de nacimiento: 13 de junio de 1961</p>
    <p class="parrafo">Jefe de Gobierno del Distrito Capital. Fue comandante general de la Guardia Nacional Bolivariana hasta el 21 de junio de 2017. Ha participado en la represión de la sociedad civil y de la oposición democrática en Venezuela, y es responsable de graves violaciones de los derechos humanos cometidas bajo su mando por la Guardia Nacional Bolivariana. Sus acciones y políticas como comandante general de la Guardia Nacional Bolivariana, como el hecho de que la Guardia Nacional Bolivariana asumiera el liderazgo de la presencia policial en las manifestaciones civiles y abogara públicamente por que los tribunales militares tuvieran jurisdicción sobre la población civil, han menoscabado el Estado de Derecho en Venezuela.</p>
    <p class="parrafo">22.1.2018</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Maikel José Moreno Pérez</p>
    <p class="parrafo">Fecha de nacimiento: 12 de diciembre de 1965</p>
    <p class="parrafo">Presidente y exvicepresidente del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. En el ejercicio de estos cargos, ha apoyado y facilitado las acciones y políticas del Gobierno que han menoscabado la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela, y es responsable de acciones y declaraciones que han usurpado la autoridad de la Asamblea Nacional.</p>
    <p class="parrafo">22.1.2018</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Tarek William Saab Halabi</p>
    <p class="parrafo">Fecha de nacimiento: 10 de septiembre de 1963</p>
    <p class="parrafo">Fiscal General de Venezuela nombrado por la Asamblea Constituyente. En el ejercicio de este cargo y de cargos anteriores como los de Defensor del Pueblo y presidente del Consejo Moral Republicano, ha menoscabado la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela, al apoyar públicamente acciones contra los opositores al Gobierno y la retirada de las competencias a la Asamblea Nacional.</p>
    <p class="parrafo">22.1.2018</p>
    <p class="parrafo">7.</p>
    <p class="parrafo">Diosdado Cabello Rondón</p>
    <p class="parrafo">Fecha de nacimiento: 15 de abril de 1963</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Asamblea Constituyente y vicepresidente primero del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV). Ha actuado en menoscabo de la democracia y del Estado de Derecho en Venezuela, en particular utilizando los medios de comunicación para atacar públicamente y amenazar a la oposición política, a otros medios de comunicación y a la sociedad civil.</p>
    <p class="parrafo">22.1.2018»</p>
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