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<documento fecha_actualizacion="20260127122601">
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    <identificador>DOUE-L-2017-80040</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20161214</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>56/2017</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento de Ejecución (UE) 2017/56 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2016, relativo a la autorización de ácido láctico, ácido 4-oxovalérico, ácido succínico, ácido fumárico, acetoacetato de etilo, lactato de etilo, lactato de butilo, 4-oxovalerato de etilo, succinato de dietilo, malonato de dietilo, O-butirilactato de butilo, lactato de hex-3-enilo, lactato de hexilo, butiro-1,4-lactona, decano-1,5-lactona, undecano-1,5-lactona, pentano-1,4-lactona, nonano-1,5-lactona, octano-1,5-lactona, heptano-1,4-lactona y hexano-1,4-lactona como aditivos en los piensos para todas las especies animales.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20170117</fecha_publicacion>
    <diario_numero>13</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>129</pagina_inicial>
    <pagina_final>152</pagina_final>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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    <url_eli>https://data.europa.eu/eli/reg/2017/56/spa</url_eli>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="76" orden="">Aditivos alimentarios</materia>
      <materia codigo="205" orden="">Alimentos para animales</materia>
      <materia codigo="234" orden="">Animales</materia>
      <materia codigo="397" orden="">Autorizaciones</materia>
      <materia codigo="998" orden="">Comercialización</materia>
      <materia codigo="5579" orden="">Piensos</materia>
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    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-2003-81704" orden="3060">
          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>el Reglamento 1831/2003, de 22 de septiembre</texto>
        </anterior>
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      <posteriores>
        <posterior referencia="DOUE-L-2026-80098" orden="">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo, por Reglamento 2026/171, de 26 de enero</texto>
        </posterior>
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      <alerta codigo="105" orden="">Comercio</alerta>
      <alerta codigo="117" orden="">Ganadería y animales</alerta>
    </alertas>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CE) n.o 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y en particular su artículo 9, apartado 2,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1)</p>
    <p class="parrafo">El Reglamento (CE) n.o 1831/2003 establece la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización. El artículo 10 de dicho Reglamento contempla el reexamen de los aditivos autorizados con arreglo a la Directiva 70/524/CEE del Consejo (2).</p>
    <p class="parrafo">(2)</p>
    <p class="parrafo">De conformidad con la Directiva 70/524/CEE, se autorizaron las sustancias ácido láctico, ácido 4-oxovalérico, ácido succínico, ácido fumárico, acetoacetato de etilo, lactato de etilo, lactato de butilo, 4-oxovalerato de etilo, succinato de dietilo, malonato de dietilo, O-butirilactato de butilo, lactato de hex-3-enilo, lactato de hexilo, butiro-1,4-lactona, decano-1,5-lactona, undecano-1,5-lactona, pentano-1,4-lactona, nonano-1,5-lactona, octano-1,5-lactona, heptano-1,4-lactona y hexano-1,4-lactona («las sustancias en cuestión») sin límite de tiempo como aditivos en los piensos para todas las especies animales. Posteriormente, estos productos se incluyeron en el Registro de aditivos para alimentación animal como productos existentes, de conformidad con el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003.</p>
    <p class="parrafo">(3)</p>
    <p class="parrafo">De conformidad con el artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003, leído en relación con su artículo 7, se presentó una solicitud para el reexamen de las sustancias en cuestión como aditivos para piensos destinados a todas las especies animales. El solicitante pidió que dichos aditivos se clasificasen en la categoría de «aditivos organolépticos». La solicitud se presentó junto con la información y la documentación exigidas en el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003.</p>
    <p class="parrafo">(4)</p>
    <p class="parrafo">En su dictamen de 17 de octubre de 2012 (3), la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («Autoridad») concluyó que, en las condiciones de uso propuestas para alimentación animal, las sustancias en cuestión no tienen efectos adversos para la salud animal, la salud humana ni el medio ambiente. Asimismo, la Autoridad concluyó que la función de las sustancias en cuestión en los piensos es similar a la que tienen en los alimentos. La Autoridad ya ha concluido que estas sustancias son eficaces para los alimentos, ya que incrementan el aroma o la palatabilidad de estos. Por tanto, esta conclusión puede extrapolarse a los piensos. La Autoridad no está en condiciones de evaluar el uso de estas sustancias en el agua de beber. Sin embargo, estas sustancias pueden utilizarse en piensos compuestos que se administren posteriormente a través del agua.</p>
    <p class="parrafo">(5)</p>
    <p class="parrafo">Deben establecerse restricciones y condiciones a fin de poder ejercer un mejor control. Dado que no hay razones de seguridad que exijan la fijación de un contenido máximo, y teniendo en cuenta el reexamen realizado por la Autoridad, deben indicarse en la etiqueta del aditivo contenidos recomendados. Si se superan estos contenidos, debe indicarse determinada información en el etiquetado de las premezclas, los piensos compuestos y las materias primas para piensos.</p>
    <p class="parrafo">(6)</p>
    <p class="parrafo">La Autoridad llegó a la conclusión de que las sustancias en cuestión se consideran potencialmente peligrosas para las vías respiratorias, la piel, los ojos y los sensibilizantes cutáneos. Por consiguiente, deben adoptarse medidas de protección adecuadas. La Autoridad no considera que sean necesarios requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización. Asimismo, verificó el informe sobre el método de análisis de los aditivos para piensos en los piensos que presentó el laboratorio de referencia establecido de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1831/2003.</p>
    <p class="parrafo">(7)</p>
    <p class="parrafo">La evaluación de las sustancias en cuestión pone de manifiesto que se cumplen los requisitos de autorización contemplados en el artículo 5 del Reglamento (CE) n.o 1831/2003.</p>
    <p class="parrafo">(8)</p>
    <p class="parrafo">Al no haber motivos de seguridad que exijan la aplicación inmediata de las modificaciones de las condiciones de autorización de las sustancias en cuestión, conviene conceder un período de transición que permita a las partes interesadas prepararse para cumplir los nuevos requisitos derivados de la autorización.</p>
    <p class="parrafo">(9)</p>
    <p class="parrafo">Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Autorización</p>
    <p class="parrafo">Se autoriza el uso como aditivos para piensos en la alimentación animal de las sustancias especificadas en el anexo, pertenecientes a la categoría de «aditivos organolépticos» y al grupo funcional de «aromatizantes», en las condiciones establecidas en dicho anexo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Medidas transitorias</p>
    <p class="parrafo">1.  Las sustancias especificadas en el anexo, así como las premezclas que las contengan, que hayan sido producidas y etiquetadas antes del 6 de agosto de 2017 de conformidad con las normas aplicables antes del 6 de febrero de 2017 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias.</p>
    <p class="parrafo">2.  Los piensos compuestos y los materiales para piensos que contengan las sustancias especificadas en el anexo producidos y etiquetados antes del 6 de febrero de 2018 de conformidad con las normas aplicables antes del 6 de febrero de 2017 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias si se destinan a animales productores de alimentos.</p>
    <p class="parrafo">3.  Los piensos compuestos y los materiales para piensos que contengan las sustancias especificadas en el anexo producidos y etiquetados antes del 6 de febrero de 2019 de conformidad con las normas aplicables antes del 6 de febrero de 2017 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias si se destinan a animales distintos de los productores de alimentos.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Entrada en vigor</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 14 de diciembre de 2016.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Jean-Claude JUNCKER</p>
    <p class="parrafo">___________________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.</p>
    <p class="parrafo">(2) Directiva 70/524/CEE del Consejo, de 23 de noviembre de 1970, sobre los aditivos en la alimentación animal (DO L 270 de 14.12.1970, p. 1).</p>
    <p class="parrafo">(3) EFSA Journal 2012;10 (10):2928.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">.</p>
    <p class="parrafo">Número de identificación del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Nombre del titular de la autorización</p>
    <p class="parrafo">Aditivo</p>
    <p class="parrafo">Composición, fórmula química, descripción y método analítico</p>
    <p class="parrafo">Especie o categoría de animal</p>
    <p class="parrafo">Edad máxima</p>
    <p class="parrafo">Contenido mínimo</p>
    <p class="parrafo">Contenido máximo</p>
    <p class="parrafo">Otras disposiciones</p>
    <p class="parrafo">Fin del período de autorización</p>
    <p class="parrafo">mg de sustancia activa/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %</p>
    <p class="parrafo">(1)</p>
    <p class="parrafo">(2)</p>
    <p class="parrafo">(3)</p>
    <p class="parrafo">(4)</p>
    <p class="parrafo">(5)</p>
    <p class="parrafo">(6)</p>
    <p class="parrafo">(7)</p>
    <p class="parrafo">(8)</p>
    <p class="parrafo">(9)</p>
    <p class="parrafo">Categoría: aditivos organolépticos. Grupo funcional: aromatizantes</p>
    <p class="parrafo">2b08004</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Ácido láctico</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Ácido láctico</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Ácido láctico</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 95 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C3H6O3</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 598-82-3 y</p>
    <p class="parrafo">50-21-5 para ácido láctico DL</p>
    <p class="parrafo">79-33-4 para ácido láctico L</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 08.004</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el ácido láctico en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b08023</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Ácido 4-oxovalérico</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Ácido 4-oxovalérico</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Ácido 4-oxovalérico</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 97 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C5H8O3</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 123-76-2</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 08.023</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el ácido 4-oxovalérico en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b08024</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Ácido succínico</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Ácido succínico</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Ácido succínico</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 99 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C4H6O4</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 110-15-6</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 08.024</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el ácido succínico en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b08025</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Ácido fumárico</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Ácido fumárico</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Ácido fumárico</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 99,5 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C4H4O4</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 110-17-8</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 08.025</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el ácido fumárico en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b09402</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Acetoacetato de etilo</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Acetoacetato de etilo</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Acetoacetato de etilo</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 97,5 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C6H10O3</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 141-97-9</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 09.402</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el acetoacetato de etilo en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b09433</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Lactato de etilo</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Lactato de etilo</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Lactato de etilo</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 97 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C5H10O3</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 97-64-3</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 09.433</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el lactato de etilo en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 125 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 125 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 125 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b09434</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Lactato de butilo</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Lactato de butilo</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Lactato de butilo</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 95 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C7H14O3</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 138-22-7</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 09.434</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el lactato de butilo en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b09435</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">4-Oxovalerato de etilo</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">4-Oxovalerato de etilo</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">4-Oxovalerato de etilo</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 98 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C7H12O3</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 539-88-8</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 09.435</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el 4-oxovalerato de etilo en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b09444</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Succinato de dietilo</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Succinato de dietilo</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Succinato de dietilo</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 98 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C8H14O4</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 123-25-1</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 09.444</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el succinato de dietilo en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b09490</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Malonato de dietilo</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Malonato de dietilo</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Malonato de dietilo</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 97 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C7H12O4</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 105-53-3</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 09.490</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el malonato de dietilo en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b09491</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">O-Butirilactato de butilo</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">O-Butirilactato de butilo</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">O-Butirilactato de butilo</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 95 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C11H20O4</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 7492-70-8</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 09.491</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el O-butirilactato de butilo en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b09545</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Lactato de hex-3-enilo</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Lactato de hex-3-enilo</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Lactato de hex-3-enilo</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 96 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C9H16O3</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 61931-81-5</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 09.545</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el lactato de hex-3-enilo en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b09580</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Lactato de hexilo</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Lactato de hexilo</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Lactato de hexilo</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 95 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C9H18O3</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 20279-51-0</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 09.580</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el lactato de hexilo en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b10006</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Butiro-1,4-lactona</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Butiro-1,4-lactona</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Butiro-1,4-lactona</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 98 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C4H6O2</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 96-48-0</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 10.006</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el butiro-1,4-lactona en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b10007</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Decano-1,5-lactona</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Decano-1,5-lactona</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Decano-1,5-lactona</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 98 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C10H18O2</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 705-86-2</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 10.007</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el decano-1,5-lactona en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b10011</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Undecano-1,5-lactona</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Undecano-1,5-lactona</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Undecano-1,5-lactona</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 98 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C11H20O2</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 710-04-3</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 10.011</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el undecano-1,5-lactona en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b10013</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Pentano-1,4-lactona</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Pentano-1,4-lactona</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Pentano-1,4-lactona</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 95 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C5H8O2</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 108-29-2</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 10.013</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el pentano-1,4-lactona en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b10014</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Nonano-1,5-lactona</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Nonano-1,5-lactona</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Nonano-1,5-lactona</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 98 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C9H16O2</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 3301-94-8</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 10.014</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el nonano-1,5-lactona en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b10015</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Octano-1,5-lactona</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Octano-1,5-lactona</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Octano-1,5-lactona</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 98 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C8H14O2</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 698-76-0</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 10.015</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el octano-1,5-lactona en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b10020</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Heptano-1,4-lactona</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Heptano-1,4-lactona</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Heptano-1,4-lactona</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 98 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C7H12O2</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 105-21-5</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 10.020</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el heptano-1,4-lactona en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">2b10021</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">Hexano-1,4-lactona</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Hexano-1,4-lactona</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Hexano-1,4-lactona</p>
    <p class="parrafo">Producido por síntesis química</p>
    <p class="parrafo">Pureza: mín. 98 %</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C6H10O2</p>
    <p class="parrafo">N.o CAS: 695-06-7</p>
    <p class="parrafo">N.o FLAVIS: 10.021</p>
    <p class="parrafo">Método de análisis  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para determinar el hexano-1,4-lactona en el aditivo para piensos y en las premezclas de aromatizantes para piensos:</p>
    <p class="parrafo">cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con bloqueo del tiempo de retención (GC-MS-RTL).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies animales</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">El aditivo se incorporará al pienso en forma de premezcla.</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">En las instrucciones de uso del aditivo y las premezclas, deberán indicarse las condiciones de almacenamiento y estabilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">El contenido máximo recomendado de la sustancia activa deberá ser: 5 mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">En la etiqueta del aditivo deberá indicarse lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Contenido máximo recomendado de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg».</p>
    <p class="parrafo">5.</p>
    <p class="parrafo">Deberán indicarse el grupo funcional, el número de identificación, el nombre y la cantidad añadida de la sustancia activa en el etiquetado de las premezclas, las materias primas para piensos y los piensos compuestos, si se supera el siguiente contenido de la sustancia activa en el pienso completo con un contenido de humedad del 12 %: 5 mg/kg.</p>
    <p class="parrafo">6.</p>
    <p class="parrafo">Los explotadores de empresas de piensos establecerán procedimientos operativos y medidas organizativas para los usuarios del aditivo y las premezclas con el fin de abordar los posibles riesgos por contacto dérmico u ocular. En los casos en que estos riesgos no puedan eliminarse o reducirse al mínimo mediante dichos procedimientos y medidas, el aditivo y las premezclas deberán utilizarse con un equipo de protección individual, lo que incluirá gafas de seguridad y guantes.</p>
    <p class="parrafo">6 de febrero de 2027</p>
    <p class="parrafo">(1) Puede hallarse información detallada sobre los métodos analíticos en la siguiente dirección del laboratorio de referencia: https://ec.europa.eu/jrc/en/eurl/feed-additives/evaluation-reports.</p>
  </texto>
</documento>
