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<documento fecha_actualizacion="20241021215256">
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    <identificador>DOUE-L-2016-81291</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20160718</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1172/2016</numero_oficial>
    <titulo>Decisión (PESC) 2016/1172 del Consejo, de 18 de julio de 2016, por la que se modifica la Decisión 2012/392/PESC sobre la Misión PCSD de la Unión Europea en Níger (EUCAP Sahel Níger).</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20160719</fecha_publicacion>
    <diario_numero>193</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>20160718</fecha_vigencia>
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    <url_eli>https://data.europa.eu/eli/dec/2016/1172/spa</url_eli>
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    <materias>
      <materia codigo="1704" orden="">Cooperación internacional</materia>
      <materia codigo="3712" orden="">Financiación comunitaria</materia>
      <materia codigo="6142" orden="">Níger</materia>
      <materia codigo="5338" orden="">Pacificación</materia>
      <materia codigo="5635" orden="">Policía</materia>
      <materia codigo="5647" orden="">Política Exterior y de Seguridad Común</materia>
      <materia codigo="7001" orden="">Unión Europea</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde el 16 de julio de 2016.</nota>
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    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-2012-81283" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>la Decisión 2012/392, de 16 de julio</texto>
        </anterior>
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      <alerta codigo="123" orden="">Relaciones internacionales</alerta>
      <alerta codigo="126" orden="">Seguridad y Defensa</alerta>
      <alerta codigo="127" orden="">Sistema financiero</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="">Unión Europea</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1)</p>
    <p class="parrafo">El 16 de julio de 2012, el Consejo adoptó la Decisión 2012/392/PESC (1) por la que se establecía una Misión PCSD de la Unión Europea en Níger destinada a reforzar las capacidades de los actores de la seguridad nigerinos en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada (EUCAP Sahel Níger).</p>
    <p class="parrafo">(2)</p>
    <p class="parrafo">El 22 de julio de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/482/PESC (2), que prorrogaba la Misión hasta el 15 de julio de 2016.</p>
    <p class="parrafo">(3)</p>
    <p class="parrafo">El 13 de julio de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/1141 (3), que establece un importe de referencia financiera hasta el 15 de julio de 2016. El 5 de octubre de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/1780 (4), que revisa el importe de referencia financiera en función del planeamiento operativo ulterior.</p>
    <p class="parrafo">(4)</p>
    <p class="parrafo">A raíz de la Revisión Estratégica, el Comité Político y de Seguridad recomendó que el mandato de la EUCAP Sahel Níger se adaptase y prorrogase por un período de dos años, hasta el 15 de julio de 2018 y que se estableciese un importe de referencia financiera para el período comprendido entre el 16 de julio de 2016 y el 15 de julio de 2017.</p>
    <p class="parrafo">(5)</p>
    <p class="parrafo">Mediante carta de 19 de mayo de 2016, el Gobierno de la República de Níger invitó a la Unión Europea a prorrogar el mandato de la EUCAP Sahel Níger por un período de dos años.</p>
    <p class="parrafo">(6)</p>
    <p class="parrafo">Procede modificar la Decisión 2012/392/PESC en consecuencia.</p>
    <p class="parrafo">(7)</p>
    <p class="parrafo">La EUCAP Sahel Níger se llevará a cabo en el contexto de una situación que puede deteriorarse y que podría obstaculizar el logro de los objetivos de la acción exterior de la Unión que se indican en el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">La Decisión 2012/392/PESC se modifica como sigue:</p>
    <p class="parrafo">1)</p>
    <p class="parrafo">El artículo 2 se sustituye por el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Objetivos</p>
    <p class="parrafo">En el contexto de la aplicación de la Estrategia de la Unión Europea para la Seguridad y el Desarrollo en el Sahel, la EUCAP Sahel Níger tendrá como objetivo capacitar a las autoridades nigerinas para definir y aplicar su propia estrategia de seguridad nacional. La EUCAP Sahel Níger también tendrá como objetivo contribuir al desarrollo de un enfoque integrado, multidisciplinario, coherente, sostenible y basado en los derechos humanos, entre los diferentes actores de la seguridad nigerinos en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada. Deberá asimismo ayudar a las autoridades centrales y locales y a las fuerzas de seguridad de Níger en el desarrollo de políticas, técnicas y procedimientos para controlar y combatir mejor la migración irregular.».</p>
    <p class="parrafo">2)</p>
    <p class="parrafo">El artículo 3 se sustituye por el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Cometidos</p>
    <p class="parrafo">1.   A fin de cumplir los objetivos fijados en el artículo 2, la EUCAP Sahel Níger:</p>
    <p class="parrafo">a)</p>
    <p class="parrafo">reforzará el mando y el control, la interoperabilidad y la capacidad de planificación a nivel estratégico de Níger, al tiempo que apoyará el desarrollo de una estrategia de seguridad nacional y estrategias de gestión de fronteras conexas en coordinación con otros actores pertinentes;</p>
    <p class="parrafo">b)</p>
    <p class="parrafo">consolidará las capacidades técnicas de las fuerzas de seguridad competentes que son necesarias para luchar contra el terrorismo y la delincuencia organizada;</p>
    <p class="parrafo">c)</p>
    <p class="parrafo">a través del compromiso estratégico y operativo, alentará a las fuerzas de seguridad interior y, en su caso, a las fuerzas armadas, a que refuercen los recursos humanos, la logística y las políticas de formación en relación con la lucha contra el terrorismo, la migración irregular y la delincuencia organizada con el fin de garantizar la sostenibilidad de las acciones de la EUCAP Sahel Níger, incluida la prestación de apoyo técnico en el marco de proyectos;</p>
    <p class="parrafo">d)</p>
    <p class="parrafo">reforzará la coordinación a nivel nacional, regional e internacional en el ámbito de la lucha contra el terrorismo, la lucha contra la migración irregular y la delincuencia organizada, y explorará las posibilidades de una contribución a la cooperación regional, como el G5 del Sahel, según proceda;</p>
    <p class="parrafo">e)</p>
    <p class="parrafo">en apoyo de los objetivos de la Unión en el ámbito de la migración, prestará asistencia a las autoridades centrales y locales y a las fuerzas de seguridad de Níger en el desarrollo de políticas, procedimientos y técnicas para mejorar el control y la gestión de los flujos migratorios, así como la lucha contra la migración irregular y la reducción del nivel de delincuencia asociada.</p>
    <p class="parrafo">2.   La EUCAP Sahel Níger se centrará en las actividades mencionadas en el apartado 1 que contribuyan a mejorar el control del territorio de Níger, también en coordinación con las Fuerzas Armadas nigerinas.</p>
    <p class="parrafo">3.   La EUCAP Sahel Níger no desempeñará función ejecutiva alguna.».</p>
    <p class="parrafo">3)</p>
    <p class="parrafo">En el artículo 13, apartado 1, se añade el párrafo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«El importe de referencia financiera para cubrir los gastos relativos a la EUCAP Sahel Níger durante el período comprendido entre el 16 de julio de 2016 y el 15 de julio de 2017 será de 26 300 000 EUR.».</p>
    <p class="parrafo">4)</p>
    <p class="parrafo">En el artículo 16, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Será aplicable hasta el 15 de julio de 2018.».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión será aplicable a partir del 16 de julio de 2016.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 18 de julio de 2016.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">La Presidenta</p>
    <p class="parrafo">F. MOGHERINI</p>
    <p class="parrafo">___________</p>
    <p class="parrafo">(1)  Decisión 2012/392/PESC del Consejo, de 16 de julio de 2012, sobre la Misión PCSD de la Unión Europea en Níger (EUCAP Sahel Níger) (DO L 187 de 17.7.2012, p. 48).</p>
    <p class="parrafo">(2)  Decisión 2014/482/PESC del Consejo, de 22 de julio de 2014, por la que se modifica la Decisión 2012/392/PESC sobre la Misión PCSD de la Unión Europea en Níger (EUCAP Sahel Níger) (DO L 217 de 23.7.2014, p. 31).</p>
    <p class="parrafo">(3)  Decisión (PESC) 2015/1141 del Consejo, de 13 de julio de 2015, por la que se modifica la Decisión 2012/392/PESC sobre la Misión PCSD de la Unión Europea en Níger (EUCAP Sahel Níger) (DO L 185 de 14.7.2015, p. 18).</p>
    <p class="parrafo">(4)  Decisión (PESC) 2015/1780 del Consejo, de 5 de octubre de 2015, por la que se modifica la Decisión 2012/392/PESC sobre la Misión PCSD de la Unión Europea en Níger (EUCAP Sahel Níger) (DO L 259 de 6.10.2015, p. 21).</p>
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