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<documento fecha_actualizacion="20241021215011">
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    <identificador>DOUE-L-2016-80470</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1590">Corrección (errores o erratas)</rango>
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    <titulo>Corrección de errores del Reglamento (UE) 2015/2424 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2015, por el que se modifican el Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo sobre la marca comunitaria, y el Reglamento (CE) nº 2868/95 de la Comisión, por el que se establecen normas de ejecución del Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo sobre la marca comunitaria, y se deroga el Reglamento (CE) nº 2869/95 de la Comisión, relativo a las tasas que se han de abonar a la Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, diseños y modelos).</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20160316</fecha_publicacion>
    <diario_numero>71</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>322</pagina_inicial>
    <pagina_final>322</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2016/071/L00322-00322.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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      <materia codigo="8005" orden="">Marca de conformidad CE</materia>
      <materia codigo="4869" orden="">Marcas</materia>
      <materia codigo="4870" orden="">Marcas colectivas</materia>
      <materia codigo="4871" orden="">Marcas comunitarias</materia>
      <materia codigo="1263" orden="">Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea</materia>
      <materia codigo="8104" orden="">Organismo y agencia CE</materia>
      <materia codigo="6836" orden="">Tasas</materia>
      <materia codigo="7001" orden="">Unión Europea</materia>
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    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-2015-82594" orden="2120">
          <palabra codigo="201">CORRECCIÓN de errores</palabra>
          <texto>del Reglamento 2015/2424, de 16 de diciembre</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-2009-80482" orden="2140">
          <palabra codigo="203">CORRIGE errores</palabra>
          <texto>del  Reglamento 207/2009, de 26 de febrero</texto>
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    <alertas>
      <alerta codigo="110" orden="">Derecho Civil</alerta>
      <alerta codigo="112" orden="">Derecho Mercantil</alerta>
      <alerta codigo="128" orden="">Sistema tributario</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="">Unión Europea</alerta>
    </alertas>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">En la página 89, en el artículo 4, en el párrafo tercero:</p>
    <p class="parrafo">donde dice:</p>
    <p class="parrafo">«El artículo 1, apartado 108, del presente Reglamento, en la medida que haga referencia a los artículos 124, apartado 1, letra f), y 128, apartado 4, letra n), del Reglamento (CE) n.o 207/2009, se aplicará a partir de la fecha en la que entre en vigor la decisión prevista en el artículo 124, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 207/2009, o doce meses después de la fecha indicada en el párrafo segundo del presente artículo, según cual sea la más cercana. Hasta esa fecha, los poderes mencionados en el artículo 124, apartado 1, letra f), del Reglamento (CE) n.o 207/2009, los ejercerá el director ejecutivo.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir:</p>
    <p class="parrafo">«El artículo 1, apartado 108, del presente Reglamento, en la medida que haga referencia a los artículos 124, apartado 1, letra h), y 128, apartado 4, letra n), del Reglamento (CE) n.o 207/2009, se aplicará a partir de la fecha en la que entre en vigor la decisión prevista en el artículo 124, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 207/2009, o doce meses después de la fecha indicada en el párrafo segundo del presente artículo, según cual sea la más cercana. Hasta esa fecha, los poderes mencionados en el artículo 124, apartado 1, letra h), del Reglamento (CE) n.o 207/2009, los ejercerá el director ejecutivo.».</p>
    <p class="parrafo">En la página 90, en la sección A, en el punto 6:</p>
    <p class="parrafo">donde dice:</p>
    <p class="parrafo">«6.</p>
    <p class="parrafo">Tasa básica para la solicitud de una marca colectiva de la Unión o una marca de certificación de la Unión (artículo 26, apartado 2, y artículo 66, apartado 3, o artículo 74 bis, apartado 3):»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir:</p>
    <p class="parrafo">«6.</p>
    <p class="parrafo">Tasa básica para la solicitud de una marca colectiva de la Unión o una marca de certificación de la Unión por medios electrónicos (artículo 26, apartado 2, y artículo 66, apartado 3, o artículo 74 bis, apartado 3):».</p>
    <p class="parrafo">En la página 91, en la sección A, en el punto 15:</p>
    <p class="parrafo">donde dice:</p>
    <p class="parrafo">«15.</p>
    <p class="parrafo">Tasa básica para la solicitud de una marca colectiva de la Unión…»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir:</p>
    <p class="parrafo">«15.</p>
    <p class="parrafo">Tasa básica por renovación de una marca colectiva de la Unión…».</p>
    <p class="parrafo">En la página 91, en la sección A, en el punto 16:</p>
    <p class="parrafo">donde dice:</p>
    <p class="parrafo">«16.</p>
    <p class="parrafo">Tasa básica para la solicitud de una marca colectiva de la Unión…»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir:</p>
    <p class="parrafo">«16.</p>
    <p class="parrafo">Tasa básica por renovación de una marca colectiva de la Unión…».</p>
  </texto>
</documento>
