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<documento fecha_actualizacion="20241021214703">
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    <identificador>DOUE-L-2015-82283</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20151113</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>2057/2015</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de Ejecución (UE) 2015/2057 de la Comisión, de 13 de noviembre de 2015, por la que se amplía el período de aplicación de la Decisión de Ejecución 2013/413/UE de la Comisión, por la que se autoriza a los Estados miembros a conceder excepciones a determinadas disposiciones de la Directiva 2000/29/CE del Consejo en relación con las patatas originarias de las regiones de Akkar y Bekaa del Líbano que no sean patatas de siembra. [notificada con el número C(2015) 7793]</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20151117</fecha_publicacion>
    <diario_numero>300</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <url_eli>https://data.europa.eu/eli/dec/2015/2057/spa</url_eli>
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      <materia codigo="4056" orden="">Importaciones</materia>
      <materia codigo="6173" orden="">Líbano</materia>
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      <materia codigo="6283" orden="">Sanidad vegetal</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2013-81603" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 11 de la Decisión 2013/413, de 30 de julio</texto>
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      <alerta codigo="102" orden="">Alimentación</alerta>
      <alerta codigo="105" orden="">Comercio</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista la Directiva 2000/29/CE del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad (1), y, en particular, su artículo 15, apartado 1, primer guion,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1)</p>
    <p class="parrafo">La Decisión de Ejecución 2013/413/UE de la Comisión (2) autoriza a establecer excepciones por un período de tiempo limitado y con sujeción a condiciones específicas a disposiciones de la Directiva 2000/29/CE en relación con las patatas, que no sean de siembra, originarias de las regiones de Akkar y Bekaa del Líbano.</p>
    <p class="parrafo">(2)</p>
    <p class="parrafo">Algunos Estados miembros han solicitado ampliar el período en que están autorizados a establecer excepciones a las disposiciones previstas en la Decisión de Ejecución 2013/413/UE.</p>
    <p class="parrafo">(3)</p>
    <p class="parrafo">Puesto que las circunstancias que justifican esas excepciones siguen siendo de aplicación y no existe nueva información que dé lugar a una revisión de las condiciones específicas ni riesgo de propagación de organismos nocivos, conviene prorrogar tres años la autorización de excepciones.</p>
    <p class="parrafo">(4)</p>
    <p class="parrafo">Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En el artículo 11 de la Decisión de Ejecución 2013/413/UE, la fecha de «31 de octubre de 2015» se sustituye por «31 de octubre de 2018».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 13 de noviembre de 2015.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Vytenis ANDRIUKAITIS Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">______________________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 169 de 10.7.2000, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(2) Decisión de Ejecución 2013/413/UE de la Comisión, de 30 de julio de 2013, por la que se autoriza a los Estados miembros a conceder excepciones a determinadas disposiciones de la Directiva 2000/29/CE en relación con las patatas originarias de las regiones de Akkar y Bekaa del Líbano que no sean patatas de siembra (DO L 205 de 1.8.2013, p. 13).</p>
  </texto>
</documento>
