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<documento fecha_actualizacion="20241021214234">
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    <identificador>DOUE-L-2015-80805</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20150424</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>669/2015</numero_oficial>
    <titulo>Decisión (UE) 2015/669 de la Comisión, de 24 de abril de 2015, por la que se deroga la Decisión 2007/421/CE sobre la publicación de la lista de organizaciones reconocidas que han sido notificadas por los Estados miembros en virtud de la Directiva 94/57/CE del Consejo [notificada con el número C(2015) 2596].</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20150429</fecha_publicacion>
    <diario_numero>110</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>24</pagina_inicial>
    <pagina_final>24</pagina_final>
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      <materia codigo="530" orden="">Buques</materia>
      <materia codigo="5146" orden="">Navegación marítima</materia>
      <materia codigo="6936" orden="">Transportes marítimos</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2007-81001" orden="1010">
          <palabra codigo="210">DEROGA</palabra>
          <texto>la Decisión 2007/421, de 14 de junio</texto>
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      <alerta codigo="132" orden="">Transportes y tráfico</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CE) no 391/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre reglas y normas comunes para las organizaciones de inspección y reconocimiento de buques (1), y, en particular, su artículo 4, apartado 5,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1)</p>
    <p class="parrafo">La Decisión 2007/421/CE de la Comisión (2) establecía que, a más tardar el 1 de julio de cada año, el director general de Energía y Transportes publicaría en el Diario Oficial de la Unión Europea una lista actualizada de las organizaciones reconocidas de conformidad con la Directiva 94/57/CE del Consejo (3).</p>
    <p class="parrafo">(2)</p>
    <p class="parrafo">La Directiva 94/57/CE fue objeto de refundición en dos actos jurídicos comunitarios diferentes, a saber, la Directiva 2009/15/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (4) y el Reglamento (CE) no 391/2009. Este Reglamento contiene disposiciones sobre la elaboración y la actualización de una lista de organizaciones reconocidas.</p>
    <p class="parrafo">(3)</p>
    <p class="parrafo">De acuerdo con el artículo 4, apartado 5, del Reglamento (CE) no 391/2009, la Comisión debe elaborar y actualizar periódicamente la lista de las organizaciones reconocidas con arreglo a dicho artículo y la lista se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">(4)</p>
    <p class="parrafo">La Decisión 2007/421/CE se ha quedado obsoleta y, por lo tanto, debe ser derogada y, a intervalos regulares, debe publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea una lista actualizada de las organizaciones reconocidas en virtud del Reglamento (CE) no 391/2009.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Queda derogada la Decisión 2007/421/CE.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El 31 de agosto de 2015 a más tardar, el director general de Energía y Transportes publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea una lista de las organizaciones reconocidas con arreglo al Reglamento (CE) no 391/2009 que se actualizará siempre que sea necesario al objeto de incorporar las modificaciones que hubieran experimentado las entidades jurídicas incluidas en dicha lista.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 24 de abril de 2015.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Violeta BULC</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">___________</p>
    <p class="parrafo">(1)  DO L 131 de 28.5.2009, p. 11.</p>
    <p class="parrafo">(2)  Decisión 2007/421/CE de la Comisión, de 14 de junio de 2007, por la que se deroga la Decisión 96/587/CE sobre la publicación de la lista de organizaciones reconocidas que han sido notificadas por los Estados miembros en virtud de la Directiva 94/57/CE del Consejo (DO L 157 de 19.6.2007, p. 18).</p>
    <p class="parrafo">(3)  Directiva 94/57/CE del Consejo, de 22 de noviembre de 1994, sobre reglas y estándares comunes para las organizaciones de inspección y peritaje de buques y para las actividades correspondientes de las administraciones marítimas (DO L 319 de 12.12.1994, p. 20).</p>
    <p class="parrafo">(4)  Directiva 2009/15/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre reglas y normas comunes para las organizaciones de inspección y reconocimiento de buques y para las actividades correspondientes de las administraciones marítimas (DO L 131 de 28.5.2009, p. 47).</p>
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