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<documento fecha_actualizacion="20241021214207">
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    <identificador>DOUE-L-2015-80708</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20150218</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>509/2015</numero_oficial>
    <titulo>Decisión (UE) 2015/509 del Banco Central Europeo, de 18 de febrero de 2015, por la que se deroga la Decisión BCE/2013/6 sobre las normas relativas a la utilización como activos de garantía en las operaciones de política monetaria del Eurosistema de bonos bancarios simples con la garantía del Estado para uso propio, la Decisión BCE/2013/35 sobre medidas adicionales relativas a las operaciones de financiación del Eurosistema y la admisibilidad de los activos de garantía y los artículos 1, 3 y 4 de la Decisión BCE/2014/23 sobre la remuneración de depósitos, saldos y tenencias de exceso de reservas (BCE/2015/9)</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20150402</fecha_publicacion>
    <diario_numero>91</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_derogacion>20191030</fecha_derogacion>
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    <url_eli>https://data.europa.eu/eli/dec/2015/509/spa</url_eli>
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      <materia codigo="60" orden="">Activos financieros</materia>
      <materia codigo="441" orden="">Banco Central Europeo</materia>
      <materia codigo="1757" orden="">Créditos</materia>
      <materia codigo="3887" orden="">Garantías</materia>
      <materia codigo="4165" orden="">Información</materia>
      <materia codigo="5645" orden="">Política económica</materia>
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      <materia codigo="6999" orden="">Unión Económica y Monetaria</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="149" orden="900">Esta norma se entiende implícitamente derogada por Decisión 2019/1743, de 15 de octubre (BCE/2019/31) DOUE-L-2019-81571</nota>
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    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-2014-81250" orden="1010">
          <palabra codigo="210">DEROGA</palabra>
          <texto>los arts. 1, 3 y 4 de la Decisión 2014/337, de 5 de junio (BCE/2014/23)</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2013-82374" orden="1010">
          <palabra codigo="210">DEROGA</palabra>
          <texto>Decisión 2013/645, de 26 de septiembre (BCE/2013/35)</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-2013-80714" orden="1010">
          <palabra codigo="210">DEROGA</palabra>
          <texto>Decisión 2013/169, de 20 de marzo (BCE/2013/6)</texto>
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    <alertas>
      <alerta codigo="127" orden="">Sistema financiero</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="">Unión Europea</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, el artículo 127, apartado 2, primer guion,</p>
    <p class="parrafo">Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo y, en particular, el artículo 3.1, primer guion, el artículo 12.1 y el artículo 34.1, segundo guion,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) En interés de la claridad y de la coherencia y a fin de simplificar el marco del Eurosistema en materia de activos de garantía, las obligaciones establecidas en las Decisiones BCE/2013/6 (1) y BCE/2013/35 (2) y en el artículo 1 de la Decisión BCE/2014/23 (3) se han incluido en la Orientación (UE) 2015/510 del Banco Central Europeo (BCE/2014/60) (4), que es el acto jurídico central relativo a los instrumentos y los procedimientos de la política monetaria del Eurosistema.</p>
    <p class="parrafo">(2) En interés de la claridad y de la coherencia y a fin de simplificar el marco jurídico del Eurosistema, las disposiciones del artículo 3 de la Decisión BCE/2014/23 se han incluido en la Orientación BCE/2012/27 (5) y las disposiciones del artículo 4 de la Decisión BCE/2014/23 se han incorporado a la Orientación BCE/2014/9 (6).</p>
    <p class="parrafo">(3) Por consiguiente, procede derogar las Decisiones BCE/2013/6 y BCE/2013/35 y los artículos 1, 3 y 4 de la Decisión BCE/2014/23,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="articulo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Derogación de las Decisiones BCE/2013/6, BCE/2013/35 y del artículo 1 de la Decisión BCE/2014/23</p>
    <p class="parrafo">1. Quedan derogadas las Decisiones BCE/2013/6 y BCE/2013/35.</p>
    <p class="parrafo">2. Queda derogado el artículo 1 de la Decisión BCE/2014/23.</p>
    <p class="parrafo">3. Las referencias a las decisiones y al artículo derogados mencionados en los apartados 1 y 2 se entenderán hechas a la Orientación (UE) 2015/510 (BCE/2014/60).</p>
    <p class="articulo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Derogación de los artículos 3 y 4 de la Decisión BCE/2014/23</p>
    <p class="parrafo">1. Quedan derogados los artículos 3 y 4 de la Decisión BCE/2014/23.</p>
    <p class="parrafo">2. Las referencias al artículo 3 derogado de la Decisión BCE/2014/23 se entenderán hechas al anexo II, artículo 12, apartado 5, de la Orientación BCE/2012/27.</p>
    <p class="parrafo">3. Las referencias al artículo 4 derogado de la Decisión BCE/2014/23 se entenderán hechas al artículo 5, apartados 2 y 3, de la Orientación BCE/2014/9.</p>
    <p class="articulo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Entrada en vigor</p>
    <p class="parrafo">1. El artículo 1 de la presente decisión entrará en vigor el 1 de mayo de 2015.</p>
    <p class="parrafo">2. El artículo 2 de la presente decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo_2">Hecho en Fráncfort del Meno, el 18 de febrero de 2015.</p>
    <p class="firma_ministro">El presidente del BCE</p>
    <p class="firma_ministro">Mario DRAGHI</p>
    <p class="cita_con_pleca">(1) Decisión BCE/2013/6, de 20 de marzo de 2013, sobre las normas relativas a la utilización como activos de garantía en las operaciones de política monetaria del Eurosistema de bonos bancarios simples con la garantía del Estado para uso propio (DO L 95 de 5.4.2013, p. 22).</p>
    <p class="cita">(2) Decisión BCE/2013/35, de 26 de septiembre de 2013, sobre medidas adicionales relativas a las operaciones de financiación del Eurosistema y la admisibilidad de los activos de garantía (DO L 301 de 12.11.2013, p. 6).</p>
    <p class="cita">(3) Decisión BCE/2014/23, de 5 de junio de 2014, sobre la remuneración de depósitos, saldos y tenencias de exceso de reservas (DO L 168 de 7.6.2014, p. 115).</p>
    <p class="cita">(4) Orientación (UE) 2015/510 del Banco Central Europeo, de 19 de diciembre de 2014, sobre la aplicación del marco de la política monetaria del Eurosistema (BCE/2014/60) (véase la página 1 del presente Diario Oficial).</p>
    <p class="cita">(5) Orientación BCE/2012/27, de 5 de diciembre de 2012, sobre el sistema automatizado transeuropeo de transferencia urgente para la liquidación bruta en tiempo real (TARGET2) (DO L 30 de 30.1.2013, p. 1).</p>
    <p class="cita">(6) Orientación del BCE/2014/9, de 20 de febrero de 2014, sobre las operaciones internas de gestión de activos y pasivos por los bancos centrales nacionales (DO L 159 de 28.5.2014, p. 56).</p>
  </texto>
</documento>
