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<documento fecha_actualizacion="20241021213926">
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    <identificador>DOUE-L-2014-83703</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20141216</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1337/2014</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento de Ejecución (UE) nº 1337/2014 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2014, que modifica los Reglamentos de Ejecución (UE) nº 947/2014 y (UE) nº 948/2014 en lo que respecta al último día de presentación de solicitudes de ayuda al almacenamiento privado de mantequilla y de leche desnatada en polvo.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20141217</fecha_publicacion>
    <diario_numero>360</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>15</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/2014/360/L00015-00016.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>20141219</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="207" orden="">Almacenes</materia>
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      <materia codigo="3712" orden="">Financiación comunitaria</materia>
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      <materia codigo="5743" orden="">Productos lácteos</materia>
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      <materia codigo="6800" orden="">Subvenciones</materia>
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          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>Art. 5 del Reglamento 948/2014, de 4 de septiembre</texto>
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          <texto>Art. 5 del Reglamento 947/2014, de 4 de septiembre</texto>
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      <alerta codigo="102" orden="">Alimentación</alerta>
      <alerta codigo="105" orden="">Comercio</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (UE) no 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) no 922/72, (CEE) no 234/79, (CE) no 1037/2001 y (CE) no 1234/2007 (1), y, en particular, su artículo 18, apartado 2, su artículo 20, letras c), f), l), m), y n), y su artículo 223, apartado 3, letra c),</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (UE) no 1370/2013 del Consejo, de 16 de diciembre de 2013, por el que se establecen medidas relativas a la fijación de determinadas ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de los productos agrícolas (2), y, en particular, su artículo 4,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (UE) no 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la política agrícola común, por el que se derogan los Reglamentos (CEE) no 352/78, (CE) no 165/94, (CE) no 2799/98, (CE) no 814/2000, (CE) no 1290/2005 y (CE) no 485/2008 del Consejo (3), y, en particular, su artículo 62, apartado 2, letra b),</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1)</p>
    <p class="parrafo">Los Reglamentos de Ejecución (UE) no 947/2014 (4) y (UE) no 948/2014 (5) abren el almacenamiento privado de mantequilla y de leche desnatada en polvo, respectivamente, habida cuenta de la difícil situación del mercado, resultante, en particular, de la prohibición establecida por el Gobierno ruso en relación con las importaciones de productos lácteos de la Unión a Rusia.</p>
    <p class="parrafo">(2)</p>
    <p class="parrafo">Estos Reglamentos disponen que las solicitudes de ayuda pueden presentarse hasta el 31 de diciembre de 2014.</p>
    <p class="parrafo">(3)</p>
    <p class="parrafo">Los precios de la mantequilla y de la leche desnatada en polvo en la Unión han seguido disminuyendo y esta tendencia a la baja es probable que continúe.</p>
    <p class="parrafo">(4)</p>
    <p class="parrafo">En vista de la situación actual del mercado, resulta conveniente ampliar los regímenes de ayuda al almacenamiento privado de mantequilla y de leche desnatada en polvo.</p>
    <p class="parrafo">(5)</p>
    <p class="parrafo">Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Modificación del Reglamento (UE) no 947/2014</p>
    <p class="parrafo">En el artículo 5 del Reglamento (UE) no 947/2014, la fecha de «31 de diciembre de 2014» se sustituye por la de «28 de febrero de 2015».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Modificación del Reglamento (UE) no 948/2014</p>
    <p class="parrafo">En el artículo 5 del Reglamento (UE) no 948/2014, la fecha de «31 de diciembre de 2014» se sustituye por la de «28 de febrero de 2015».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Entrada en vigor</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 16 de diciembre de 2014.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Jean-Claude JUNCKER</p>
    <p class="parrafo">____________</p>
    <p class="parrafo">(1)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.</p>
    <p class="parrafo">(2)  DO L 346 de 20.12.2013, p. 12.</p>
    <p class="parrafo">(3)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 549.</p>
    <p class="parrafo">(4)  Reglamento de Ejecución (UE) no 947/2014 de la Comisión, de 4 de septiembre de 2014, por el que se abre el almacenamiento privado de mantequilla y se fija por anticipado el importe de la ayuda (DO L 265 de 5.9.2014, p. 15).</p>
    <p class="parrafo">(5)  Reglamento de Ejecución (UE) no 948/2014 de la Comisión, de 4 de septiembre de 2014, por el que se abre el almacenamiento privado de leche desnatada en polvo y se fija por anticipado el importe de la ayuda (DO L 265 de 5.9.2014, p. 18).</p>
  </texto>
</documento>
