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<documento fecha_actualizacion="20241021213829">
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    <identificador>DOUE-L-2014-83399</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20141118</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1236/2014</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento de Ejecución (UE) nº 1236/2014 de la Comisión, de 18 de noviembre de 2014, relativo a la autorización de la L-valina producida por Corynebacterium glutamicum (DSM 25202) como aditivo en piensos para todas las especies animales.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20141119</fecha_publicacion>
    <diario_numero>332</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>26</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/2014/332/L00026-00028.pdf</url_pdf>
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      <materia codigo="76" orden="">Aditivos alimentarios</materia>
      <materia codigo="205" orden="">Alimentos para animales</materia>
      <materia codigo="397" orden="">Autorizaciones</materia>
      <materia codigo="998" orden="">Comercialización</materia>
      <materia codigo="5579" orden="">Piensos</materia>
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    <referencias>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2003-81704" orden="3060">
          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>el Reglamento 1831/2003, de 22 de septiembre</texto>
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        <posterior referencia="DOUE-L-2015-81370" orden="">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo, por Reglamento 2015/1114, de 9 de julio</texto>
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      <alerta codigo="105" orden="">Comercio</alerta>
      <alerta codigo="117" orden="">Ganadería y animales</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1)</p>
    <p class="parrafo">El Reglamento (CE) no 1831/2003 establece la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización.</p>
    <p class="parrafo">(2)</p>
    <p class="parrafo">De conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) no 1831/2003, se presentó una solicitud de autorización de la L-valina producida por Corynebacterium glutamicum (DSM 25202). Dicha solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas en el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1831/2003.</p>
    <p class="parrafo">(3)</p>
    <p class="parrafo">La solicitud se refiere a la autorización de la L-valina producida por Corynebacterium glutamicum (DSM 25202) como aditivo en piensos para todas las especies animales, que ha de clasificarse en la categoría de «aditivos nutricionales».</p>
    <p class="parrafo">(4)</p>
    <p class="parrafo">En su dictamen de 2 de julio de 2014 (2), la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») concluyó que, en las condiciones de uso propuestas, la L-valina producida por Corynebacterium glutamicum (DSM 25202) no tiene efectos adversos para la salud animal, la salud humana o el medio ambiente y se considera una fuente eficaz de L-valina, aminoácido esencial para la alimentación animal. La Autoridad no considera que sean necesarios requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización. Asimismo, verificó el informe sobre el método de análisis del aditivo para piensos que presentó el laboratorio de referencia establecido por el Reglamento (CE) no 1831/2003.</p>
    <p class="parrafo">(5)</p>
    <p class="parrafo">La evaluación de la L-valina producida por Corynebacterium glutamicum (DSM 25202) muestra que se cumplen los requisitos de autorización establecidos en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 1831/2003. Por consiguiente, procede autorizar el uso de dicha sustancia según lo especificado en el anexo del presente Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">(6)</p>
    <p class="parrafo">Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Autorización</p>
    <p class="parrafo">Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal de la sustancia especificada en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos nutricionales» y al grupo funcional «aminoácidos, sus sales y análogos», en las condiciones establecidas en dicho anexo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Entrada en vigor</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 18 de noviembre de 2014.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">El Presidente Jean-Claude JUNCKER</p>
    <p class="parrafo">____________________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.</p>
    <p class="parrafo">(2) EFSA Journal (2014) 10 (11): 12 (7):3795.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">Número de identificación del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Nombre del titular de la autorización</p>
    <p class="parrafo">Aditivo</p>
    <p class="parrafo">Composición, fórmula química, descripción y método analítico</p>
    <p class="parrafo">Especie animal o categoría de animales</p>
    <p class="parrafo">Edad máxima</p>
    <p class="parrafo">Contenido mínimo</p>
    <p class="parrafo">Contenido máximo</p>
    <p class="parrafo">Otras disposiciones</p>
    <p class="parrafo">Fin del período de autorización</p>
    <p class="parrafo">mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %</p>
    <p class="parrafo">Categoría de aditivos nutricionales.</p>
    <p class="parrafo">Grupo funcional: aminoácidos, sus sales y análogos</p>
    <p class="parrafo">3c369</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">L-valina</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">98 % de L-valina como mínimo (en relación con la materia seca)</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">L-valina [ácido (2S)-2-amino-3-metilbutanoico] producida por fermentación con Corynebacterium glutamicum (DSM 25202).</p>
    <p class="parrafo">Fórmula química: C5H11NO2</p>
    <p class="parrafo">Número CAS: 72-18-4</p>
    <p class="parrafo">Método analítico  (1)</p>
    <p class="parrafo">Para la determinación de la L-valina en los aditivos para piensos: Códice de Sustancias Químicas para Alimentos (Food Chemicals Codex) «Monografía de la L-valina»</p>
    <p class="parrafo">Para la determinación de valina en las premezclas, los piensos compuestos y las materias primas para piensos: cromatografía de intercambio iónico con derivatización postcolumna y detección por espectrofotometría (HPLC/VIS). Reglamento (CE) no 152/2009 de la Comisión.</p>
    <p class="parrafo">—Todas las especies</p>
    <p class="parrafo">1.Declaraciones que deben incluirse en el etiquetado del aditivo:</p>
    <p class="parrafo">—humedad</p>
    <p class="parrafo">2.Para la seguridad de los usuarios deberá utilizarse protección respiratoria, gafas de seguridad y guantes durante la manipulación.</p>
    <p class="parrafo">3.Si el etiquetado de las materias primas para piensos y de los piensos compuestos incluye la declaración voluntaria del aditivo, deberá incluirse la siguiente información:</p>
    <p class="parrafo">—nombre y número de identificación del aditivo,</p>
    <p class="parrafo">—cantidad añadida del aditivo.</p>
    <p class="parrafo">9 de diciembre de 2024</p>
    <p class="parrafo">____________________________</p>
    <p class="parrafo">(1) Puede hallarse información detallada sobre los métodos analíticos en la siguiente dirección del laboratorio de referencia: https://ec.europa.eu/jrc/en/eurl/feed-additives/evaluation-reports</p>
  </texto>
</documento>
