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    <identificador>DOUE-L-2014-81104</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20130709</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>305/2014</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 9 de julio de 2013, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea por el que se establece un marco general para el refuerzo de la cooperación.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20140529</fecha_publicacion>
    <diario_numero>160</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>20140530</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="71" orden="">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="1704" orden="">Cooperación internacional</materia>
      <materia codigo="3427" orden="">Espacio aéreo</materia>
      <materia codigo="5144" orden="">Navegación aérea</materia>
      <materia codigo="5295" orden="">Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea</materia>
      <materia codigo="7001" orden="">Unión Europea</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2013-80036" orden="3070">
          <palabra codigo="331">EN RELACIÓN con</palabra>
          <texto>la Decisión 2013/36, de 29 de octubre</texto>
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      <alerta codigo="123" orden="">Relaciones internacionales</alerta>
      <alerta codigo="132" orden="">Transportes y tráfico</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="">Unión Europea</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 100, apartado 2, en relación con su artículo 218, apartado 6, letra a),</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista la aprobación del Parlamento Europeo,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) La Comisión ha negociado en nombre de la Unión el Acuerdo entre la Unión Europea y la Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea por el que se establece un marco general para el refuerzo de la cooperación («el Acuerdo»).</p>
    <p class="parrafo">(2) El Acuerdo fue firmado el 20 de diciembre de 2012, a reserva de su celebración en una fecha posterior.</p>
    <p class="parrafo">(3) Es necesario establecer procedimientos para la participación de la Unión en el Comité Mixto establecido por el Acuerdo.</p>
    <p class="parrafo">(4) Procede que la Unión apruebe el Acuerdo.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Queda aprobado en nombre de la Unión el Acuerdo entre la Unión Europea y la Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea por el que se establece un marco general para el refuerzo de la cooperación (1).</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El Presidente del Consejo, en nombre de la Unión, procederá a la notificación prevista en el punto 13.2 del Acuerdo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La Comisión representará a la Unión en el Comité Mixto establecido por el punto 7 del Acuerdo.</p>
    <p class="parrafo">______</p>
    <p class="parrafo">(1) El Acuerdo ha sido publicado en el DO L 16 de 19.1.2013, p. 2, junto con la Decisión relativa a la firma.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">1. La Comisión, previa consulta al Comité Especial designado por el Consejo, determinará la posición que tomará la Unión en el Comité Mixto, relativa a la aplicación del Acuerdo y en lo que se refiere a la adopción de anexos del Acuerdo y de modificaciones de los mismos.</p>
    <p class="parrafo">2. La Comisión podrá emprender actuaciones pertinentes en virtud de los puntos 5, 6, 8, 9, 10 y 11 del Acuerdo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 5</p>
    <p class="parrafo">La Comisión informará periódicamente al Consejo acerca de la aplicación del Acuerdo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 6</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 9 de julio de 2013.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">R. ŠADŽIUS</p>
  </texto>
</documento>
