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<documento fecha_actualizacion="20241021213307">
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    <identificador>DOUE-L-2014-81057</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20131213</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>222/2013</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Comité Mixto del EEE nº 222/2013, de 13 de diciembre de 2013, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20140522</fecha_publicacion>
    <diario_numero>154</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>17</pagina_inicial>
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      <materia codigo="71" orden="">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="76" orden="">Aditivos alimentarios</materia>
      <materia codigo="817" orden="">Certificaciones</materia>
      <materia codigo="3428" orden="">Espacio Económico Europeo</materia>
      <materia codigo="5729" orden="">Productos alimenticios</materia>
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      <nota codigo="10" orden="200">Entrada en vigor: 14 de diciembre de 2013, si se cumple lo indicado.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1994-80086" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>los anexos I y II del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993.</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1)</p>
    <p class="parrafo">Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) no 438/2013 de la Comisión, de 13 de mayo de 2013, por el que se modifica y corrige el anexo II del Reglamento (CE) no 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la utilización de determinados aditivos alimentarios (1).</p>
    <p class="parrafo">(2)</p>
    <p class="parrafo">Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) no 497/2013 de la Comisión, de 29 de mayo de 2013, que modifica y corrige el Reglamento (UE) no 231/2012, por el que se establecen especificaciones para los aditivos alimentarios que figuran en los anexos II y III del Reglamento (CE) no 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (2).</p>
    <p class="parrafo">(3)</p>
    <p class="parrafo">Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) no 509/2013 de la Comisión, de 3 de junio de 2013, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) no 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la utilización de diversos aditivos en determinadas bebidas alcohólicas (3).</p>
    <p class="parrafo">(4)</p>
    <p class="parrafo">Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) no 510/2013 de la Comisión, de 3 de junio de 2013, por el que se modifican los anexos I, II y III del Reglamento (CE) no 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la utilización de óxidos e hidróxidos de hierro (E 172), hidroxipropil-metil-celulosa (E 464) y polisorbatos (E 432-436) para marcar determinadas frutas (4).</p>
    <p class="parrafo">(5)</p>
    <p class="parrafo">Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) no 536/2013 de la Comisión, de 11 de junio de 2013, que modifica el Reglamento (UE) no 432/2012, por el que se establece una lista de declaraciones autorizadas de propiedades saludables de los alimentos distintas de las relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños (5).</p>
    <p class="parrafo">(6)</p>
    <p class="parrafo">Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) no 545/2013 de la Comisión, de 14 de junio de 2013, que modifica el anexo I del Reglamento (CE) no 1334/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la sustancia aromatizante 3-acetil-2,5-dimetiltiofeno (6).</p>
    <p class="parrafo">(7)</p>
    <p class="parrafo">Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) no 609/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, relativo a los alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad, los alimentos para usos médicos especiales y los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso y por el que se derogan la Directiva 92/52/CEE del Consejo, las Directivas 96/8/CE, 1999/21/CE, 2006/125/CE y 2006/141/CE de la Comisión, la Directiva 2009/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y los Reglamentos (CE) no 41/2009 y (CE) no 953/2009 de la Comisión (7).</p>
    <p class="parrafo">(8)</p>
    <p class="parrafo">Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) no 718/2013 de la Comisión, de 25 de julio de 2013, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 608/2004, relativo al etiquetado de alimentos e ingredientes alimentarios con fitosteroles, ésteres de fitosterol, fitostanoles o ésteres de fitostanol añadidos (8).</p>
    <p class="parrafo">(9)</p>
    <p class="parrafo">El Reglamento (UE) no 609/2013 deroga, con efecto a partir del 20 de julio de 2016, el Reglamento (CE) no 41/2009 de la Comisión (9) y la Directiva 2009/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (10), incorporados al Acuerdo EEE, y que, en consecuencia, deben suprimirse del mismo con efecto a partir del 20 de julio de 2016.</p>
    <p class="parrafo">(10)</p>
    <p class="parrafo">El Reglamento (UE) no 609/2013 deroga, con efecto a partir de la fecha de aplicación de los actos delegados a que se refiere su artículo 11, apartado 1, el Reglamento (CE) no 953/2009 de la Comisión (11) y las Directivas 96/8/CE (12), 1999/21/CE (13), 2006/125/CE (14) y 2006/141/CE (15) de la Comisión, incorporados al Acuerdo EEE y que, en consecuencia, deben suprimirse del mismo con efecto a partir de la fecha de aplicación en el Acuerdo EEE de los actos delegados a que se refiere el citado artículo 11, apartado 1 del Reglamento (UE) no 609/2013.</p>
    <p class="parrafo">(11)</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión se refiere a legislación relativa a productos alimenticios. Dicha legislación no se aplicará a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas incluya a dicho país, tal y como recoge la introducción del capítulo XII del anexo II del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein.</p>
    <p class="parrafo">(12)</p>
    <p class="parrafo">Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El capítulo XII del anexo II del Acuerdo EEE queda modificado como sigue:</p>
    <p class="parrafo">1)En el punto 54zzo [Reglamento (CE) no 608/2004 de la Comisión], se añade el siguiente punto:</p>
    <p class="parrafo">«, modificado por:</p>
    <p class="parrafo">—32013 R 0718: Reglamento (UE) no 718/2013 de la Comisión, de 25 de julio de 2013 (DO L 201 de 26.7.2013, p. 49).».</p>
    <p class="parrafo">2)En el punto 54zzzzr [Reglamento (CE) no 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo] se añaden los siguientes guiones:</p>
    <p class="parrafo">«—32013 R 0438: Reglamento (UE) no 438/2013 de la Comisión, de 13 de mayo de 2013 (DO L 129 de 14.5.2013, p. 28);</p>
    <p class="parrafo">—32013 R 0509: Reglamento (UE) no 509/2013 de la Comisión, de 3 de junio de 2013 (DO L 150 de 4.6.2013, p. 13);</p>
    <p class="parrafo">—32013 R 0510: Reglamento (UE) no 510/2013 de la Comisión, de 3 de junio de 2013 (DO L 150 de 4.6.2013, p. 17).».</p>
    <p class="parrafo">3)En el punto 54zzzzs [Reglamento (CE) no 1334/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo] se añade el siguiente guion:</p>
    <p class="parrafo">«—32013 R 0545: Reglamento (UE) no 545/2013 de la Comisión, de 14 de junio de 2013 (DO L 163 de 15.6.2013, p. 15).».</p>
    <p class="parrafo">4)En el punto 54zzzzzp [Reglamento (UE) no 432/2012 de la Comisión], se añade el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«, modificado por:</p>
    <p class="parrafo">—32013 R 0536: Reglamento (UE) no 536/2013 de la Comisión, de 11 de junio de 2013 (DO L 160 de 12.6.2013, p. 4).».</p>
    <p class="parrafo">5)En el punto 69 [Reglamento (UE) no 231/2012 de la Comisión], se añade el siguiente guion:</p>
    <p class="parrafo">«—32013 R 0497: Reglamento (UE) no 497/2013 de la Comisión, de 29 de mayo de 2013 (DO L 143 de 30.5.2013, p. 20).».</p>
    <p class="parrafo">6)Después del punto 75 [Reglamento de Ejecución (UE) no 208/2013 de la Comisión], se insertan los siguientes puntos:</p>
    <p class="parrafo">«76.</p>
    <p class="parrafo">32013 R 0545: Reglamento (UE) no 545/2013 de la Comisión, de 14 de junio de 2013, que modifica el anexo I del Reglamento (CE) no 1334/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la sustancia aromatizante 3-acetil-2,5-dimetiltiofeno (DO L 163 de 15.6.2013, p. 15).</p>
    <p class="parrafo">77.</p>
    <p class="parrafo">32013 R 0609: Reglamento (UE) no 609/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, relativo a los alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad, los alimentos para usos médicos especiales y los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso y por el que se derogan la Directiva 92/52/CEE del Consejo, las Directivas 96/8/CE, 1999/21/CE, 2006/125/CE y 2006/141/CE de la Comisión, la Directiva 2009/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y los Reglamentos (CE) no 41/2009 y (CE) no 953/2009 de la Comisión (DO L 181 de 29.6.2013, p. 35).».</p>
    <p class="parrafo">7)Se suprime el texto de los puntos 54zzzza [Reglamento (CE) no 41/2009] y 54zzzzj (Directiva 2009/39/CE) con efecto a partir del 20 de julio de 2016.</p>
    <p class="parrafo">8)Se suprime el texto de los puntos 54p (Directiva 96/8/CE), 54w (Directiva 1999/21/CE), 54zzza (Directiva 2006/125/CE), 54zzzv (Directiva 2006/141/CE), 54zzzzl [Reglamento (CE) no 953/2009] con efecto a partir de la fecha de aplicación de los actos delegados a que se refiere el artículo 11, apartado 1, del Reglamento (UE) no 609/2013 en el Acuerdo EEE.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los textos de los Reglamentos (UE) no 438/2013, (UE) no 497/2013, (UE) no 509/2013, (UE) no 510/2013, (UE) no 536/2013, (UE) no 545/2013, (UE) no 609/2013 y (UE) no 718/2013 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor el 14 de diciembre de 2013, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (16).</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 13 de diciembre de 2013.</p>
    <p class="parrafo">Por el Comité Mixto del EEE</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Thórir IBSEN</p>
    <p class="parrafo">____________________________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 129 de 14.5.2013, p. 28.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 143 de 30.5.2013, p. 20.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO L 150 de 4.6.2013, p. 13.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO L 150 de 4.6.2013, p. 17.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO L 160 de 12.6.2013, p. 4.</p>
    <p class="parrafo">(6) DO L 163 de 15.6.2013, p. 15.</p>
    <p class="parrafo">(7) DO L 181 de 29.6.2013, p. 35.</p>
    <p class="parrafo">(8) DO L 201 de 26.7.2013, p. 49.</p>
    <p class="parrafo">(9) DO L 16 de 21.1.2009, p. 3.</p>
    <p class="parrafo">(10) DO L 124 de 20.5.2009, p. 21.</p>
    <p class="parrafo">(11) DO L 269 de 14.10.2009, p. 9.</p>
    <p class="parrafo">(12) DO L 55 de 6.3.1996, p. 22.</p>
    <p class="parrafo">(13) DO L 91 de 7.4.1999, p. 29.</p>
    <p class="parrafo">(14) DO L 339 de 6.12.2006, p. 16.</p>
    <p class="parrafo">(15) DO L 401 de 30.12.2006, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(16) No se han indicado preceptos constitucionales.</p>
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