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    <identificador>DOUE-L-2014-80569</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20131108</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>185/2013</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Comité Mixto del EEE nº 185/2013, de 8 de noviembre de 2013, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20140327</fecha_publicacion>
    <diario_numero>92</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <url_pdf>/doue/2014/092/L00010-00011.pdf</url_pdf>
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      <materia codigo="71" orden="">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="3428" orden="">Espacio Económico Europeo</materia>
      <materia codigo="4020" orden="">Homologación</materia>
      <materia codigo="6500" orden="">Seguridad vial</materia>
      <materia codigo="7116" orden="">Vehículos de motor</materia>
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      <nota codigo="10" orden="200">Entrada en vigor: 9 de noviembre de 2013, si se cumple lo indicado.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1994-80086" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo II del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993.</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) La Decisión del Comité Mixto del EEE n o 6/2012, de 10 de febrero de 2012, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE ( 1 ) ha suprimido el texto del punto 1 del capítulo I del anexo II del Acuerdo EEE.</p>
    <p class="parrafo">(2) La Directiva 2000/40/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2000, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la protección delantera contra el empotramiento de los vehículos de motor y por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE ( 2 ), y la Directiva 2001/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de septiembre de 2001, sobre los sistemas de calefacción de los vehículos de motor y de sus remolques, y por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE del Consejo, y por la que se deroga la Directiva 78/548/CEE del Consejo ( 3 ), ambas incorporadas al Acuerdo EEE como guiones en el punto 1 del capítulo 1 del anexo II fueron derogadas erróneamente por la Decisión n o 6/2012.</p>
    <p class="parrafo">(3) La Directiva 2000/40/CE debe, por lo tanto, incorporarse al Acuerdo EEE.</p>
    <p class="parrafo">(4) La Directiva 2001/56/CE debe, por lo tanto, incorporarse al Acuerdo EEE.</p>
    <p class="parrafo">(5) El Reglamento (CE) n o 661/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 4 ), incorporado al Acuerdo EEE, deroga, con efecto a partir del 1 de noviembre de 2014, las Directivas 2000/40/CE y 2001/56/CE y que, en consecuencia, deben suprimirse del mismo con efecto a partir del 1 de noviembre de 2014.</p>
    <p class="parrafo">(6) Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Después del punto 45zzr [Reglamento (UE) n o 523/2012 de la Comisión] del capítulo I del anexo II del Acuerdo EEE, se insertan los puntos siguientes:</p>
    <p class="parrafo">«45zzs. 32000 L 0040: Directiva 2000/40/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2000, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la protección delantera contra el empotramiento de los vehículos de motor y por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE (DO L 203 de 10.8.2000, p. 9).</p>
    <p class="parrafo">45zzt. 32001 L 0056: Directiva 2001/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de septiembre de 2001, sobre los sistemas de calefacción de los vehículos de motor y de sus remolques, y por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE del Consejo, y por la que se deroga la Directiva 78/548/CEE del Consejo (DO L 292 de 9.11.2001, p. 21).».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El texto de los puntos 45zzs (Directiva 2000/40/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) y 45zzt (Directiva 2001/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) del capítulo I del anexo II del Acuerdo EEE se suprimirá con efecto a partir del 1 de noviembre de 2014.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor el 9 de noviembre de 2013, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*).</p>
    <p class="parrafo">_____</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 161 de 21.6.2012, p. 10.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 203 de 10.8.2000, p. 9.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 292 de 9.11.2001, p. 21.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 200 de 31.7.2009, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(*) No se han indicado preceptos constitucionales.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 8 de noviembre de 2013.</p>
    <p class="parrafo">Por el Comité Mixto del EEE</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Thórir IBSEN</p>
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