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<documento fecha_actualizacion="20241021213118">
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    <identificador>DOUE-L-2014-80567</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20131108</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>183/2013</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Comité Mixto del EEE nº 183/2013, de 8 de noviembre de 2013, por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20140327</fecha_publicacion>
    <diario_numero>92</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/2014/092/L00007-00008.pdf</url_pdf>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="71" orden="">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="76" orden="">Aditivos alimentarios</materia>
      <materia codigo="205" orden="">Alimentos para animales</materia>
      <materia codigo="3428" orden="">Espacio Económico Europeo</materia>
      <materia codigo="5579" orden="">Piensos</materia>
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      <nota codigo="10" orden="200">Entrada en vigor: 9 de noviembre de 2013, si se cumple lo indicado.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1994-80086" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo I del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993.</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) n o 230/2013 de la Comisión, de 14 de marzo de 2013, sobre la retirada del mercado de determinados aditivos para piensos pertenecientes al grupo «sustancias aromatizantes y saborizantes» ( 1 ).</p>
    <p class="parrafo">(2) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) n o 306/2013 de la Comisión, de 2 de abril de 2013, relativo a la autorización de un preparado de Bacillus subtilis (ATCC PTA-6737) para lechones destetados y suidos destetados distintos de Sus scrofa domesticus (titular de la autorización Kemin Europa N.V.) ( 2 ).</p>
    <p class="parrafo">(3) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) n o 308/2013 de la Comisión, de 3 de abril de 2013, relativo a la autorización de un preparado de Lactobacillus plantarum (NCIMB 30083) y un preparado de Lactobacillus plantarum (NCIMB 30084) como aditivos en los piensos para todas las especies animales ( 3 ).</p>
    <p class="parrafo">(4) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) n o 357/2013 de la Comisión, de 18 de abril de 2013, por el que se modifican el Reglamento (CE) n o 903/2009 y el Reglamento de Ejecución (UE) n o 373/2011 en lo que respecta al contenido mínimo del preparado de Clostridium butyricum (FERM BP-2789) como aditivo de piensos para pollos de engorde y especies menores de aves (excepto aves de puesta) (titular de la autorización: Miyarisan Pharmaceutical Co. Ltd, representado por Miyarisan Pharmaceutical Europe S.L.U.) ( 4 ).</p>
    <p class="parrafo">(5) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) n o 403/2013 de la Comisión, de 2 de mayo de 2013, relativo a la autorización de un preparado de endo-1,4-beta-xilanasa, endo-1,3(4)-beta- glucanasa y endo-1,4-beta-glucanasa producido por Trichoderma reesei (ATCC 74444) como aditivo para la alimentación de aves de engorde y ponedoras y para lechones destetados, y por el que se modifican el Reglamento (CE) n o 1259/2004, el Reglamento (CE) no 1206/2005 y el Reglamento (CE) n o 1876/2006 (titular de la autorización: DSM Nutritional Products) ( 5 ).</p>
    <p class="parrafo">(6) Debe incorporase al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) n o 413/2013 de la Comisión, de 6 de mayo de 2013, relativo a la autorización de un preparado de Pediococcus acidilactici CNCM MA 18/5M como aditivo en la alimentación animal para su uso en el agua potable destinada a lechones destetados, cerdos de engorde, gallinas ponedoras y pollos de engorde (titular de la autorización: Lallemand SAS) ( 6 ).</p>
    <p class="parrafo">(7) La presente Decisión se refiere a legislación relativa a cuestiones de alimentación animal. Dicha legislación no se debe aplicar a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza relativo al comercio de productos agrícolas incluya a dicho país, como se recoge en las adaptaciones sectoriales del anexo I del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein.</p>
    <p class="parrafo">(8) Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo I del Acuerdo EEE.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El capítulo II del anexo I del Acuerdo EEE queda modificado como sigue:</p>
    <p class="parrafo">1) En el punto 1zzzf [Reglamento (CE) n o 1876/2006 de la Comisión], se añade el siguiente guion:</p>
    <p class="parrafo">«— 32013 R 0403: Reglamento de Ejecución (UE) n o 403/2013 de la Comisión, de 2 de mayo de 2013 (DO L 121 de 3.5.2013, p. 26).».</p>
    <p class="parrafo">_____</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 80 de 21.3.2013, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 91 de 3.4.2013, p. 5.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 94 de 4.4.2013, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 109 de 19.4.2013, p. 22.</p>
    <p class="parrafo">( 5 ) DO L 121 de 3.5.2013, p. 26.</p>
    <p class="parrafo">( 6 ) DO L 125 de 7.5.2013, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">2) En los puntos 1zs [Reglamento (CE) n o 1259/2004 de la Comisión] y 1zzn [Reglamento (CE) n o 1206/2005 de la Comisión] se añade el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«, modificado por:</p>
    <p class="parrafo">— 32013 R 0403: Reglamento de Ejecución (UE) n o 403/2013 de la Comisión, de 2 de mayo de 2013 (DO L 121 de 3.5.2013, p. 26).».</p>
    <p class="parrafo">3) En el punto 1zzzzzn [Reglamento (CE) n o 903/2009 de la Comisión], se añade el siguiente guion:</p>
    <p class="parrafo">«— 32013 R 0357: Reglamento de Ejecución (UE) n o 357/2013 de la Comisión, de jueves, 18 de abril de 2013 (DO L 109 de 19.4.2013, p. 22).».</p>
    <p class="parrafo">4) En el punto 2zb [Reglamento de Ejecución (UE) n o 373/2011 de la Comisión], se añade el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«, modificado por:</p>
    <p class="parrafo">— 32013 R 0357: Reglamento de Ejecución (UE) n o 357/2013 de la Comisión, de 18 de abril de 2013 (DO L 109 de 19.4.2013, p. 22).».</p>
    <p class="parrafo">5) Después del punto 78 [Reglamento de Ejecución (UE) n o 161/2013 de la Comisión], se insertan los siguientes puntos:</p>
    <p class="parrafo">«79. 32013 R 0230: Reglamento de Ejecución (UE) n o 230/2013 de la Comisión, de 14 de marzo de 2013, sobre la retirada del mercado de determinados aditivos para piensos pertenecientes al grupo «sustancias aromatizantes y saborizantes» (DO L 80 de 21.3.2013, p. 1).</p>
    <p class="parrafo">80. 32013 R 0306: Reglamento de Ejecución (UE) n o 306/2013 de la Comisión, de 2 de abril de 2013, relativo a la autorización de un preparado de Bacillus subtilis (ATCC PTA-6737) para lechones destetados y suidos destetados distintos de Sus scrofa domesticus (titular de la autorización Kemin Europa N.V.) (DO L 91 de 3.4.2013, p. 5).</p>
    <p class="parrafo">81. 32013 R 0308: Reglamento de Ejecución (UE) n o 308/2013 de la Comisión, de 3 de abril de 2013, relativo a la autorización de un preparado de Lactobacillus plantarum (NCIMB 30083) y un preparado de Lactobacillus plantarum (NCIMB 30084) como aditivos en los piensos para todas las especies animales (DO L 94 de 4.4.2013, p. 1).</p>
    <p class="parrafo">82. 32013 R 0403: Reglamento de Ejecución (UE) n o 403/2013 de la Comisión, de 2 de mayo de 2013, relativo a la autorización de un preparado de endo-1,4- beta-xilanasa, endo-1,3(4)-beta-glucanasa y endo-1,4- beta-glucanasa producido por Trichoderma reesei (ATCC 74444) como aditivo para la alimentación de aves de engorde y ponedoras y para lechones destetados, y por el que se modifican el Reglamento (CE) n o 1259/2004, el Reglamento (CE) n o 1206/2005 y el Reglamento (CE) n o 1876/2006 (titular de la autorización: DSM Nutritional Products) (DO L 121 de 3.5.2013, p. 26).</p>
    <p class="parrafo">83. 32013 R 0413: Reglamento de Ejecución (UE) n o 413/2013 de la Comisión, de 6 de mayo de 2013, relativo a la autorización de un preparado de Pediococcus acidilactici CNCM MA 18/5M como aditivo en la alimentación animal para su uso en el agua potable destinada a lechones destetados, cerdos de engorde, gallinas ponedoras y pollos de engorde (titular de la autorización: Lallemand SAS) (DO L 125 de 7.5.2013, p. 1).».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los textos de los Reglamentos de Ejecución (UE) n o 230/2013, (UE) n o 306/2013, (UE) n o 308/2013, (UE) n o 357/2013, (UE) n o 403/2013 y (UE) n o 413/2013 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor el 9 de noviembre de 2013, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*).</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 8 de noviembre de 2013.</p>
    <p class="parrafo">Por el Comité Mixto del EEE</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Thórir IBSEN</p>
    <p class="parrafo">____</p>
    <p class="parrafo">(*) No se han indicado preceptos constitucionales.</p>
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</documento>
