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<documento fecha_actualizacion="20241021213019">
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    <identificador>DOUE-L-2014-80328</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20131008</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>154/2013</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Comité Mixto del EEE nº 154/2013, de 8 de octubre de 2013, por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) y el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20140227</fecha_publicacion>
    <diario_numero>58</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="71" orden="">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="3428" orden="">Espacio Económico Europeo</materia>
      <materia codigo="6284" orden="">Sanidad veterinaria</materia>
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      <nota codigo="10" orden="200">Entrada en vigor: 9 de octubre de 2013, si se cumple lo indicado.</nota>
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    <referencias>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1994-80086" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>los anexos I y II del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993</texto>
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        <posterior referencia="DOUE-L-2014-81632" orden="">
          <palabra codigo="201">CORRECCIÓN de errores</palabra>
          <texto>en DOUE L 211, de 17 de julio de 2014.</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) n o 1012/2012 de la Comisión, de 5 de noviembre de 2012, que modifica el Reglamento (CE) n o 2074/2005 y el Reglamento (CE) n o 1251/2008 en cuanto a la lista de las especies portadoras, los requisitos zoosanitarios y los requisitos de certificación del síndrome ulceroso epizoótico y en cuanto a la entrada correspondiente a Tailandia en la lista de terceros países desde los que se autorizan las importaciones en la Unión de determinados peces y productos de pesca ( 1 ).</p>
    <p class="parrafo">(2) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) n o 101/2013 de la Comisión, de 4 de febrero de 2013, relativo a la utilización de ácido láctico para reducir la contaminación de superficie de las canales de bovino ( 2 ).</p>
    <p class="parrafo">(3) La presente Decisión se refiere a la legislación relativa a cuestiones veterinarias, piensos y productos alimenticios. La legislación relativa a cuestiones veterinarias, piensos y productos alimenticios no se debe aplicar a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza relativo al comercio de productos agrícolas incluya a dicho país, como se recoge en las adaptaciones sectoriales del anexo I y la introducción del capítulo XII del anexo II del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein.</p>
    <p class="parrafo">(4) Procede, por tanto, modificar en consecuencia los anexos I y II del Acuerdo EEE.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El capítulo I del anexo I del Acuerdo EEE queda modificado como sigue:</p>
    <p class="parrafo">1) En el punto 134 [Reglamento (CE) n o 2074/2005 de la Comisión] de la parte 1.2 y el punto 53 [Reglamento (CE) n o 2074/2005 de la Comisión] de la parte 6.2, se añade el guion siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«— 32012 R 1012: Reglamento de Ejecución (UE) n o 1012/2012 de la Comisión, de 5 de noviembre de 2012 (DO L 306 de 6.11.2012, p. 1).».</p>
    <p class="parrafo">2) En el punto 86 [Reglamento (CE) n o 1251/2008 de la Comisión] de la parte 4.2, se añade el guion siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«— 32012 R 1012: Reglamento de Ejecución (UE) n o 1012/2012 de la Comisión, de 5 de noviembre de 2012 (DO L 306 de 6.11.2012, p. 1).».</p>
    <p class="parrafo">3) Después del punto 18 (Directiva 2004/41/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) de la parte 6.1, se inserta el punto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«19. 32013 R 0101: Reglamento (UE) n o 101/2013 de la Comisión, de 4 de febrero de 2013, relativo a la utilización de ácido láctico para reducir la contaminación de superficie de las canales de bovino (DO L 34 de 5.2.2013, p. 1).».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">En el punto 31k [Reglamento (CE) n o 2074/2005 de la Comisión] del capítulo II del anexo I del Acuerdo EEE, se añade el guion siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«— 32012 R 1012: Reglamento de Ejecución (UE) n o 1012/2012 de la Comisión, de 5 de noviembre de 2012 (DO L 306 de 6.11.2012, p. 1).».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">En el punto 54zzzk [Reglamento (CE) n o 2074/2005 de la Comisión] del capítulo XII del anexo II del Acuerdo EEE, se añade el guion siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«— 32012 R 1012: Reglamento de Ejecución (UE) n o 1012/2012 de la Comisión, de 5 de noviembre de 2012 (DO L 306 de 6.11.2012, p. 1).».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">Los textos del Reglamento de Ejecución (UE) n o 1012/2012 y del Reglamento (UE) n o 101/2013 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 5</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor el 9 de octubre de 2013, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*).</p>
    <p class="parrafo">Artículo 6</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 8 de octubre de 2013.</p>
    <p class="parrafo">Por el Comité Mixto del EEE</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Thórir IBSEN</p>
    <p class="parrafo">_______________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 306 de 6.11.2012, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 34 de 5.2.2013, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">_________________________________________</p>
    <p class="parrafo">(*) No se han indicado preceptos constitucionales.</p>
  </texto>
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