<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20250422092601">
  <metadatos>
    <identificador>DOUE-L-2014-80217</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20140204</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>101/2014</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento de Ejecución (UE) nº 101/2014 de la Comisión, de 4 de febrero de 2014, relativo a la autorización de L-tirosina como aditivo en piensos para todas las especies animales.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20140205</fecha_publicacion>
    <diario_numero>34</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>1</pagina_inicial>
    <pagina_final>3</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/doue/2014/034/L00001-00003.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia/>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion/>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>L</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
  </metadatos>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="76" orden="">Aditivos alimentarios</materia>
      <materia codigo="205" orden="">Alimentos para animales</materia>
      <materia codigo="397" orden="">Autorizaciones</materia>
      <materia codigo="998" orden="">Comercialización</materia>
      <materia codigo="5579" orden="">Piensos</materia>
    </materias>
    <notas/>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-2003-81704" orden="3060">
          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>el Reglamento 1831/2003, de 22 de septiembre</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores/>
    </referencias>
    <alertas>
      <alerta codigo="105" orden="">Comercio</alerta>
      <alerta codigo="117" orden="">Ganadería y animales</alerta>
    </alertas>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CE) n o 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal ( 1 ), y, en particular su artículo 9, apartado 2,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El Reglamento (CE) n o 1831/2003 regula el uso de aditivos en la alimentación animal y establece los motivos y procedimientos para su autorización.</p>
    <p class="parrafo">(2) Se ha presentado una solicitud de autorización de L-tirosina como aditivo en piensos en el grupo funcional «aminoácidos, sus sales y análogos», con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) n o 1831/2003. Dicha solicitud va acompañada de la información y la documentación exigidas en el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) n o 1831/2003.</p>
    <p class="parrafo">(3) La solicitud se refiere a la autorización de L-tirosina como aditivo en piensos para todas las especies de animales, que debe clasificarse en la categoría de «aditivos nutricionales».</p>
    <p class="parrafo">(4) En su dictamen de 20 de junio de 2013 ( 2 ), la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») concluyó que, en las condiciones de uso propuestas, la L- tirosina no tiene efectos adversos para la salud animal, la salud humana ni el medio ambiente, y que puede considerarse eficaz en lo que se refiere a su contribución para cumplir los requisitos de contenido en azufre de los aminoácidos en todas las especies animales. La Autoridad no considera sean necesarios requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización. Asimismo, verificó el informe sobre el método de análisis del aditivo para piensos que presentó el laboratorio de referencia establecido en el Reglamento (CE) n o 1831/2003.</p>
    <p class="parrafo">(5) La evaluación de esta sustancia muestra que se cumplen las condiciones de autorización establecidas en el artículo 5 del Reglamento (CE) n o 1831/2003. Por consiguiente, procede autorizar el uso de dicha sustancia según lo especificado en el anexo del presente Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">(6) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal de la sustancia especificada en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos nutricionales» y al grupo funcional «aminoácidos, sus sales y análogos», en las condiciones establecidas en dicho anexo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">_____</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) EFSA Journal 2013, 11(7):3310.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 4 de febrero de 2014.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">José Manuel BARROSO</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">Número de identificación del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Nombre del titular de la autorización</p>
    <p class="parrafo">Aditivo</p>
    <p class="parrafo">Composición, fórmula química, descripción y método analítico</p>
    <p class="parrafo">Especie animal o categoría de animales</p>
    <p class="parrafo">Edad máxima</p>
    <p class="parrafo">Contenido mínimo</p>
    <p class="parrafo">Contenido máximo</p>
    <p class="parrafo">Otras disposiciones</p>
    <p class="parrafo">Final del período de autorización</p>
    <p class="parrafo">mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %</p>
    <p class="parrafo">Categoría de aditivos nutricionales. Grupo funcional: aminoácidos, sus sales y análogos</p>
    <p class="parrafo">3c401</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">L-tirosina</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo Polvo producido por hidrólisis de la queratina de plumas de aves de corral con un contenido mínimo de L- tirosina del 95 % Caracterización de la sustancia activa Denominación IUPAC: ácido (2S)-2- amino-3-(4-hidroxifenil)propanoico Número CAS: 60-18-4 Fórmula química: C 9H 11NO 3 Métodos analíticos (1 ) Para la determinación de la L-tirosina en los aditivos para piensos: Titrimetría, Farmacopea europea (Ph. Eur. 6.0, método 01/2008-1161) Para determinar el contenido de L- tirosina en las premezclas, los piensos compuestos y las materias primas para piensos: Cromatografía de intercambio iónico con derivatización poscolumna y detección por fluorescencia o fotométrica. Reglamento (CE) no 152/2009 de la Comisión (2 ) (anexo III, sección F).</p>
    <p class="parrafo">Todas las especies</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1. Para la seguridad de los usuarios deberá utilizarse protección respiratoria, gafas de seguridad y guantes durante la manipulación. 2. Las instrucciones de uso deberán incluir una recomendación de que el contenido de L-tirosina no supere los 5 g/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 % para los animales productores de carne y los 15 g/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 % para los animales no productores de carne.</p>
    <p class="parrafo">25 de febrero de 2024</p>
    <p class="parrafo">____</p>
    <p class="parrafo">(1 ) Puede hallarse información detallada sobre los métodos analíticos en la siguiente dirección del laboratorio de referencia: http://irmm.jrc.ec.europa.eu/EURLs/EURL_feed_additives/authorisation/evaluation_reports/Pages/index.aspx</p>
    <p class="parrafo">(2 ) DO L 54 de 26.2.2009, p. 1.</p>
  </texto>
</documento>
