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<documento fecha_actualizacion="20231226130338">
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    <identificador>DOUE-L-2013-82480</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20130417</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>598/2013</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Parlamento Europeo, de 17 de abril de 2013, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo para el ejercicio 2011.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20131116</fecha_publicacion>
    <diario_numero>308</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_final>297</pagina_final>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="127" orden="">Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo</materia>
      <materia codigo="5683" orden="">Presupuestos comunitarios</materia>
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    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo</p>
    <p class="parrafo">relativas al ejercicio 2011,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea para</p>
    <p class="parrafo">la Seguridad y la Salud en el Trabajo relativas al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas de la</p>
    <p class="parrafo">Agencia ( 1 ),</p>
    <p class="parrafo">— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 — C7-0041/2013),</p>
    <p class="parrafo">— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se</p>
    <p class="parrafo">aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,</p>
    <p class="parrafo">en particular, su artículo 185,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de</p>
    <p class="parrafo">octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que</p>
    <p class="parrafo">se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículos 208,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE) n o 2062/94 del Consejo, de 18 de julio de 1994, por el que se crea una</p>
    <p class="parrafo">Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo ( 4 ), y, en particular, su artículo 14,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el</p>
    <p class="parrafo">que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del</p>
    <p class="parrafo">Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero</p>
    <p class="parrafo">aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Empleo y</p>
    <p class="parrafo">Asuntos Sociales (A7-0085/2013),</p>
    <p class="parrafo">1. Aprueba la gestión del director de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo en la</p>
    <p class="parrafo">ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2011;</p>
    <p class="parrafo">2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;</p>
    <p class="parrafo">3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de</p>
    <p class="parrafo">la misma al director de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, al Consejo, a la</p>
    <p class="parrafo">Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea</p>
    <p class="parrafo">(serie L).</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Martin SCHULZ</p>
    <p class="parrafo">El Secretario General</p>
    <p class="parrafo">Klaus WELLE</p>
    <p class="parrafo">_________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 219.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 216 de 20.8.1994, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.</p>
    <p class="parrafo">RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO</p>
    <p class="parrafo">de 17 de abril de 2013</p>
    <p class="parrafo">que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la</p>
    <p class="parrafo">gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el</p>
    <p class="parrafo">Trabajo para el ejercicio 2011</p>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo</p>
    <p class="parrafo">relativas al ejercicio 2011,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea para</p>
    <p class="parrafo">la Seguridad y la Salud en el Trabajo relativas al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas de la</p>
    <p class="parrafo">Agencia ( 1 ),</p>
    <p class="parrafo">— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 — C7-0041/2013),</p>
    <p class="parrafo">— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se</p>
    <p class="parrafo">aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,</p>
    <p class="parrafo">en particular, su artículo 185,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de</p>
    <p class="parrafo">octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que</p>
    <p class="parrafo">se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículos 208,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE) n o 2062/94 del Consejo, de 18 de julio de 1994, por el que se crea una</p>
    <p class="parrafo">Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo ( 4 ), y, en particular, su artículo 14,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el</p>
    <p class="parrafo">que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del</p>
    <p class="parrafo">Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero</p>
    <p class="parrafo">aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Empleo y</p>
    <p class="parrafo">Asuntos Sociales (A7-0085/2013),</p>
    <p class="parrafo">A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las</p>
    <p class="parrafo">cuentas anuales de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo («la Agencia»)</p>
    <p class="parrafo">correspondientes al ejercicio 2011 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y</p>
    <p class="parrafo">regulares;</p>
    <p class="parrafo">Gestión presupuestaria y financiera</p>
    <p class="parrafo">1. Toma nota de que, a tenor del informe del Tribunal de Cuentas, el presupuesto de la Agencia para el</p>
    <p class="parrafo">ejercicio 2011 ascendía a 16,4 millones EUR, frente a los 15,5 millones EUR en 2010, lo que supone</p>
    <p class="parrafo">un incremento de un 5,8 %;</p>
    <p class="parrafo">_________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 219.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 216 de 20.8.1994, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.</p>
    <p class="parrafo">2. Lamenta que, al mismo tiempo, el índice de anulación de créditos se duplicara, pasando del 4 % en</p>
    <p class="parrafo">2010 al 8 % (1,3 millones EUR) del presupuesto total para 2011, lo que denota dificultades en la</p>
    <p class="parrafo">ejecución de las acciones previstas en el programa de trabajo anual y en el cumplimiento del principio</p>
    <p class="parrafo">presupuestario de anualidad; solicita que se presente en el futuro un programa más realista y viable;</p>
    <p class="parrafo">3. Reconoce, a tenor de lo indicado por la Agencia, que los niveles de ejecución del presupuesto para el</p>
    <p class="parrafo">ejercicio 2011 fueron, por lo general, mejores que en 2010, en particular, la cancelación de créditos C8</p>
    <p class="parrafo">y la reducción de la prórroga de créditos C1 por lo que respecta al título III «Actividades operativas»;</p>
    <p class="parrafo">toma nota de que el incremento del índice de cancelación de créditos en 2011 se debió, en parte, a la</p>
    <p class="parrafo">existencia de algunos puestos vacantes en la Agencia, así como a la necesidad de no emprender una</p>
    <p class="parrafo">importante actividad (el proyecto OSHwikipedia: una enciclopedia en línea sobre salud y seguridad en el</p>
    <p class="parrafo">trabajo) en tanto no estuviese garantizada la cooperación internacional; insta a la Agencia a que resuelva</p>
    <p class="parrafo">dicha situación y a que informe a la autoridad responsable de la aprobación de la gestión sobre las</p>
    <p class="parrafo">medidas adoptadas;</p>
    <p class="parrafo">4. Observa con preocupación que, en tanto que el Reglamento Financiero de la Agencia y las correspondientes</p>
    <p class="parrafo">normas de desarrollo prevén la realización de un inventario físico al menos una vez cada tres</p>
    <p class="parrafo">años, en la fecha en que el Tribunal de Cuentas realizó la auditoría el último inventario físico se había</p>
    <p class="parrafo">llevado a cabo en 2006;</p>
    <p class="parrafo">5. Reconoce, a tenor de las indicaciones de la Agencia, que el inventario físico se realizó en 2012;</p>
    <p class="parrafo">Acuerdo sobre la sede de la Agencia</p>
    <p class="parrafo">6. Observa con preocupación la constatación del Tribunal de Cuentas de que la Agencia no ha alcanzado</p>
    <p class="parrafo">ningún acuerdo sobre su sede;</p>
    <p class="parrafo">7. Toma nota de la respuesta de la Agencia de que continúan las negociaciones relativas al acuerdo sobre</p>
    <p class="parrafo">su sede y que el proyecto de acuerdo anteriormente negociado es nuevamente objeto de consulta entre</p>
    <p class="parrafo">diversos ministerios; insta a la Agencia a que informe debidamente a la autoridad responsable de la</p>
    <p class="parrafo">aprobación de la gestión sobre los progresos de las negociaciones, e invita al Estado miembro en que</p>
    <p class="parrafo">está ubicada la Agencia a que adopte medidas para acelerar las negociaciones y celebrar en un futuro</p>
    <p class="parrafo">próximo el acuerdo relativo a la sede de aquella;</p>
    <p class="parrafo">Ejecución</p>
    <p class="parrafo">8. Pide a la Comisión que, junto con la Fundación Europea de Formación, el Centro Europeo para el</p>
    <p class="parrafo">Desarrollo de la Formación Profesional, la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida</p>
    <p class="parrafo">y de Trabajo y la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, siga investigando las</p>
    <p class="parrafo">sinergias que existen entre estas agencias y que informe a la autoridad responsable de la aprobación de</p>
    <p class="parrafo">la gestión antes de sopesar cualquier decisión sobre posibles modificaciones de sus competencias</p>
    <p class="parrafo">respectivas o de los métodos de trabajo de estas cuatro agencias y sobre una mayor integración de</p>
    <p class="parrafo">las mismas; pide a esas agencias y a la Comisión que evalúen si una cooperación más estrecha podría</p>
    <p class="parrafo">dar lugar a economías de escala y a optimizar su rendimiento;</p>
    <p class="parrafo">Auditoría interna</p>
    <p class="parrafo">9. Observa que, en 2011, el Servicio de Auditoría Interna elaboró un informe de auditoría titulado «Sitio</p>
    <p class="parrafo">web y comunicaciones externas en la EU-OSHA» que no dio lugar a ninguna recomendación crítica,</p>
    <p class="parrafo">pero sí a dos recomendaciones «muy importantes» y cinco recomendaciones «importantes»; observa que</p>
    <p class="parrafo">la dirección aceptó las siete recomendaciones, que ya se han aplicado (seis de las siete en 2011 y la</p>
    <p class="parrafo">séptima en 2012); observa que la Agencia efectuó una evaluación de las tareas informáticas en la EUOSHA,</p>
    <p class="parrafo">elaboró el informe correspondiente y revisó el estado de las recomendaciones de auditorías</p>
    <p class="parrafo">anteriores;</p>
    <p class="parrafo">10. Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la Decisión de</p>
    <p class="parrafo">aprobación de la gestión, a su Resolución de 17 de abril de 2013 ( 1 ) sobre el rendimiento, la gestión</p>
    <p class="parrafo">financiera y el control de las Agencias.</p>
    <p class="parrafo">__________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) Textos aprobados, P7_TA(2013)0134 (véase la página 374 del presente Diario Oficial).</p>
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</documento>
