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<documento fecha_actualizacion="20231226130338">
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    <identificador>DOUE-L-2013-82472</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20130417</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>590/2013</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Parlamento Europeo, de 17 de abril de 2013, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea para el ejercicio 2011.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20131116</fecha_publicacion>
    <diario_numero>308</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>272</pagina_inicial>
    <pagina_final>275</pagina_final>
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    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="8092" orden="">Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información</materia>
      <materia codigo="5683" orden="">Presupuestos comunitarios</materia>
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    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la</p>
    <p class="parrafo">Unión Europea relativas al ejercicio 2011,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Seguridad</p>
    <p class="parrafo">de las Redes y de la Información correspondientes al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas de la</p>
    <p class="parrafo">Agencia ( 1 ),</p>
    <p class="parrafo">— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 — C7-0041/2013),</p>
    <p class="parrafo">— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se</p>
    <p class="parrafo">aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,</p>
    <p class="parrafo">en particular, su artículo 185,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de</p>
    <p class="parrafo">octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que</p>
    <p class="parrafo">se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE) n o 460/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de 2004,</p>
    <p class="parrafo">por el que se crea la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información ( 4 ), y, en particular,</p>
    <p class="parrafo">su artículo 17,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el</p>
    <p class="parrafo">que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del</p>
    <p class="parrafo">Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero</p>
    <p class="parrafo">aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7-0100/2013),</p>
    <p class="parrafo">1. Aprueba la gestión del director ejecutivo de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de</p>
    <p class="parrafo">la Unión Europea en la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2011;</p>
    <p class="parrafo">2. Presenta sus observaciones en la Resolución que acompaña a la presente Decisión;</p>
    <p class="parrafo">3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de</p>
    <p class="parrafo">la misma al director de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea, al</p>
    <p class="parrafo">Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la</p>
    <p class="parrafo">Unión Europea (serie L).</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Martin SCHULZ</p>
    <p class="parrafo">El Secretario General</p>
    <p class="parrafo">Klaus WELLE</p>
    <p class="parrafo">_________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 135.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 77 de 13.3.2004, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.</p>
    <p class="parrafo">RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO</p>
    <p class="parrafo">de 17 de abril de 2013</p>
    <p class="parrafo">que contiene las observaciones que forman parte integrante de su Decisión por la que se aprueba la</p>
    <p class="parrafo">gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información</p>
    <p class="parrafo">de la Unión Europea para el ejercicio 2011</p>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la</p>
    <p class="parrafo">Unión Europea relativas al ejercicio 2011,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Seguridad</p>
    <p class="parrafo">de las Redes y de la Información correspondientes al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas de la</p>
    <p class="parrafo">Agencia ( 1 ),</p>
    <p class="parrafo">— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 — C7-0041/2013),</p>
    <p class="parrafo">— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se</p>
    <p class="parrafo">aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,</p>
    <p class="parrafo">en particular, su artículo 185,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de</p>
    <p class="parrafo">octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que</p>
    <p class="parrafo">se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE) n o 460/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de 2004,</p>
    <p class="parrafo">por el que se crea una Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información ( 4 ), y, en</p>
    <p class="parrafo">particular su artículo 17,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el</p>
    <p class="parrafo">que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del</p>
    <p class="parrafo">Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero</p>
    <p class="parrafo">aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7-0100/2013),</p>
    <p class="parrafo">A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las</p>
    <p class="parrafo">cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2011 son fiables y de que las operaciones subyacentes son</p>
    <p class="parrafo">legales y regulares;</p>
    <p class="parrafo">B. Considerando que, el 10 de mayo de 2012, el Parlamento aprobó la gestión del director ejecutivo de la</p>
    <p class="parrafo">Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea («la Agencia») por lo que se</p>
    <p class="parrafo">refiere a la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2010 ( 6 ), y que, en su Resolución</p>
    <p class="parrafo">aneja a la decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento, en particular:</p>
    <p class="parrafo">— expresaba su preocupación por el hecho de que el Tribunal de Cuentas señalara que los créditos</p>
    <p class="parrafo">prorrogados al ejercicio siguiente equivalían al 19 % del presupuesto total de la Agencia,</p>
    <p class="parrafo">— pedía a la Agencia:</p>
    <p class="parrafo">_________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 135.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 77 de 13.3.2004, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.</p>
    <p class="parrafo">( 6 ) DO L 286 de 17.10.2012, p. 221.</p>
    <p class="parrafo">— que llevase a cabo un inventario físico exhaustivo y garantizase la corrección de los documentos</p>
    <p class="parrafo">contables,</p>
    <p class="parrafo">— que mejorase la transparencia tanto en lo relativo a las estimaciones como en lo relativo al titular de</p>
    <p class="parrafo">la responsabilidad,</p>
    <p class="parrafo">— que reforzase sus procedimientos de autorización de contratación pública al nivel de la decisión sobre</p>
    <p class="parrafo">financiación y del programa de trabajo,</p>
    <p class="parrafo">— que velase por que en sus informes anuales de actividad las excepciones se presentasen de manera</p>
    <p class="parrafo">completa,</p>
    <p class="parrafo">— que garantizase un seguimiento adecuado de las posibles irregularidades,</p>
    <p class="parrafo">— que desarrollase controles a posteriori y que informase de ellos;</p>
    <p class="parrafo">C. Considerando que el presupuesto general de la Agencia para el ejercicio 2011 ascendía a</p>
    <p class="parrafo">8 102 921 EUR, lo que supone un 0,003 % menos que su presupuesto para 2010 (8 133 188 EUR);</p>
    <p class="parrafo">y que, para 2011, la contribución inicial de la Unión al presupuesto de la Agencia ascendía a</p>
    <p class="parrafo">7 931 858 EUR ( 1 ) frente a los 7 928 200 de 2010;</p>
    <p class="parrafo">Gestión presupuestaria y financiera</p>
    <p class="parrafo">1. Recuerda que la contribución inicial de la Unión para 2011 ascendía a 7 931 858 EUR; observa que la</p>
    <p class="parrafo">ejecución presupuestaria mejoró con respecto al ejercicio anterior;</p>
    <p class="parrafo">2. Deduce de las cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio 2011 que su presupuesto</p>
    <p class="parrafo">inicial ascendía a 7 931 858 EUR; toma nota, sin embargo, de que el consejo de administración modificó</p>
    <p class="parrafo">el presupuesto para reflejar la contribución de 171 063 EUR de los países de la Asociación Europea de</p>
    <p class="parrafo">Libre Comercio;</p>
    <p class="parrafo">3. Deduce de las cuentas anuales que el índice de compromiso de créditos se eleva al 100 % en comparación</p>
    <p class="parrafo">con el 99,95 % de 2010, mientras que el índice de pagos se eleva a un 85,82 % del total de los</p>
    <p class="parrafo">créditos gestionados, frente al 75,46 % de 2010;</p>
    <p class="parrafo">Prórroga de créditos</p>
    <p class="parrafo">4. Deduce de las cuentas anuales de la Agencia que 1 166 895 EUR en créditos comprometidos a finales de</p>
    <p class="parrafo">2011 pero aún no pagados se prorrogaron a 2012; observa asimismo que, en 2011, el total de créditos</p>
    <p class="parrafo">prorrogados anulados (es decir, prorrogados de 2010 y no pagados en 2011) ascendió a 130 133 EUR;</p>
    <p class="parrafo">5. Manifiesta su preocupación por que, una vez más, el Tribunal de Cuentas haya señalado un 33 % de</p>
    <p class="parrafo">prórrogas del presupuesto de operaciones de la Agencia (título III); observa con preocupación que esta</p>
    <p class="parrafo">situación revela demoras en las actividades financiadas con cargo al título III y contraviene el principio</p>
    <p class="parrafo">presupuestario de anualidad; pide, de nuevo, a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la</p>
    <p class="parrafo">gestión de las medidas adoptadas para subsanar esta deficiencia; constata, además, que la situación ha</p>
    <p class="parrafo">mejorado en comparación con el ejercicio anterior (52 %);</p>
    <p class="parrafo">6. Manifiesta su preocupación por que, una vez más, el Tribunal de Cuentas señaló un 34 % de prórrogas</p>
    <p class="parrafo">del presupuesto de gastos administrativos de la Agencia (título II); observa que esta situación es contraria</p>
    <p class="parrafo">al principio presupuestario de anualidad; pide, de nuevo, a la Agencia que informe a la autoridad de</p>
    <p class="parrafo">aprobación de la gestión de las medidas adoptadas para subsanar esta deficiencia;</p>
    <p class="parrafo">Procedimientos de contratación pública</p>
    <p class="parrafo">7. Constata en el Informe del Tribunal de Cuentas que la Agencia tiene que mejorar el procedimiento de</p>
    <p class="parrafo">documentación de los activos fijos, puesto que su adquisición se registra por factura y no por artículo;</p>
    <p class="parrafo">pide a la Agencia que informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión de las medidas adoptadas</p>
    <p class="parrafo">para subsanar esta deficiencia;</p>
    <p class="parrafo">__________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) Cuentas anuales para el ejercicio 2011, p. 20.</p>
    <p class="parrafo">Procedimientos de contratación</p>
    <p class="parrafo">8. Observa que no se tomaron medidas apropiadas para abordar la falta de transparencia de los procedimientos</p>
    <p class="parrafo">de selección de personal señalados por el Tribunal de Cuentas en 2010, y que este ha vuelto a</p>
    <p class="parrafo">indicar que la Agencia tiene que mejorar la transparencia de dichos procedimientos; pide a la Agencia</p>
    <p class="parrafo">que informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión de las medidas adoptadas para subsanar</p>
    <p class="parrafo">esta deficiencia; considera que algunas de las disposiciones del Estatuto de los funcionarios pueden</p>
    <p class="parrafo">suponer considerables cargas administrativas; anima, por consiguiente, a la Comisión a que permita</p>
    <p class="parrafo">un cierto grado de simplificación del artículo 110 del Estatuto de los funcionarios con respecto a las</p>
    <p class="parrafo">Agencias;</p>
    <p class="parrafo">9. Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la decisión de</p>
    <p class="parrafo">aprobación de la gestión, a su Resolución de 17 de abril de 2013 ( 1 ) sobre el rendimiento, la gestión</p>
    <p class="parrafo">financiera y el control de las Agencias.</p>
    <p class="parrafo">__________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) Textos aprobados, P7_TA(2013)0134 (véase la página 374 del presente Diario Oficial).</p>
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