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<documento fecha_actualizacion="20231226130338">
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    <identificador>DOUE-L-2013-82468</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20130417</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>586/2013</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Parlamento Europeo, de 17 de abril de 2013, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías para el ejercicio 2011.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20131116</fecha_publicacion>
    <diario_numero>308</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>261</pagina_inicial>
    <pagina_final>265</pagina_final>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <materias>
      <materia codigo="5191" orden="">Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías</materia>
      <materia codigo="5683" orden="">Presupuestos comunitarios</materia>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">— Vistas las cuentas anuales definitivas del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías</p>
    <p class="parrafo">relativas al ejercicio 2011,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas del Observatorio Europeo</p>
    <p class="parrafo">de las Drogas y las Toxicomanías relativas al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas del Observatorio</p>
    <p class="parrafo">( 1 ),</p>
    <p class="parrafo">— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 – C7-0041/2013),</p>
    <p class="parrafo">— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se</p>
    <p class="parrafo">aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,</p>
    <p class="parrafo">en particular, su artículo 185,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de</p>
    <p class="parrafo">octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que</p>
    <p class="parrafo">se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE) n o 1920/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de</p>
    <p class="parrafo">2006, sobre el Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías ( 4 ), y, en particular, su artículo</p>
    <p class="parrafo">15,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el</p>
    <p class="parrafo">que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del</p>
    <p class="parrafo">Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero</p>
    <p class="parrafo">aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Libertades</p>
    <p class="parrafo">Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A7-0071/2013),</p>
    <p class="parrafo">1. Aprueba la gestión del director del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías en la</p>
    <p class="parrafo">ejecución del presupuesto del Observatorio para el ejercicio 2011;</p>
    <p class="parrafo">2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;</p>
    <p class="parrafo">3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de</p>
    <p class="parrafo">la misma al Director del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías, al Consejo, a la</p>
    <p class="parrafo">Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión</p>
    <p class="parrafo">Europea (serie L).</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Martin SCHULZ</p>
    <p class="parrafo">El Secretario General</p>
    <p class="parrafo">Klaus WELLE</p>
    <p class="parrafo">_________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 123.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 376 de 27.12.2006, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.</p>
    <p class="parrafo">RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO</p>
    <p class="parrafo">de 17 de abril de 2013</p>
    <p class="parrafo">que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la</p>
    <p class="parrafo">gestión en la ejecución del presupuesto del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías</p>
    <p class="parrafo">para el ejercicio 2011</p>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">— Vistas las cuentas anuales definitivas del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías</p>
    <p class="parrafo">relativas al ejercicio 2011,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas del Observatorio Europeo</p>
    <p class="parrafo">de las Drogas y las Toxicomanías relativas al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas del Observatorio</p>
    <p class="parrafo">( 1 ),</p>
    <p class="parrafo">— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 – C7-0041/2013),</p>
    <p class="parrafo">— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se</p>
    <p class="parrafo">aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,</p>
    <p class="parrafo">en particular, su artículo 185,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de</p>
    <p class="parrafo">octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que</p>
    <p class="parrafo">se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE) n o 1920/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de</p>
    <p class="parrafo">2006, sobre el Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías ( 4 ), y, en particular, su artículo</p>
    <p class="parrafo">15,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el</p>
    <p class="parrafo">que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del</p>
    <p class="parrafo">Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero</p>
    <p class="parrafo">aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Libertades</p>
    <p class="parrafo">Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A7-0071/2013),</p>
    <p class="parrafo">A. Considerando que el Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías («el Observatorio»), con</p>
    <p class="parrafo">sede en Lisboa, fue creado en virtud del Reglamento (CEE) n o 302/93 del Consejo ( 6 );</p>
    <p class="parrafo">B. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las</p>
    <p class="parrafo">cuentas anuales del Observatorio correspondientes al ejercicio 2011 son fiables y de que las operaciones</p>
    <p class="parrafo">subyacentes son legales y regulares;</p>
    <p class="parrafo">C. Considerando que, el 10 de mayo de 2012, el Parlamento aprobó la gestión del Director del Observatorio</p>
    <p class="parrafo">por lo que se refiere a la ejecución del presupuesto del Observatorio para el ejercicio 2010 ( 7 ), y</p>
    <p class="parrafo">que, en su Resolución aneja a la decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento, en particular:</p>
    <p class="parrafo">_______</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 123.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 376 de 27.12.2006, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.</p>
    <p class="parrafo">( 6 ) DO L 36 de 12.2.1993, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 7 ) DO L 286 de 17.10.2012, p. 206.</p>
    <p class="parrafo">— pidió al Observatorio que tomara medidas inmediatas para incrementar la tasa de ejecución de los</p>
    <p class="parrafo">créditos de pago en el futuro y que mantuviera informada sobre los progresos realizados a la</p>
    <p class="parrafo">autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria,</p>
    <p class="parrafo">— pidió al Observatorio que consolidara su gestión financiera; reconoció que las cuestiones relacionadas</p>
    <p class="parrafo">con las drogas debían plasmarse de manera adecuada en el nuevo marco financiero plurianual (2014-</p>
    <p class="parrafo">2020),</p>
    <p class="parrafo">— instó al Observatorio a que aplicara sin dilación cinco recomendaciones «muy importantes» del</p>
    <p class="parrafo">Servicio de Auditoría Interna (SAI) y a que informara acerca de los progresos realizados a la</p>
    <p class="parrafo">autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria;</p>
    <p class="parrafo">D. Considerando que el presupuesto total del Observatorio para el ejercicio 2011 fue de</p>
    <p class="parrafo">16 274 205,07 EUR, frente a 15 900 323 EUR en 2010, lo que supone un incremento del 2,35 %;</p>
    <p class="parrafo">E. Considerando que la contribución de la Unión al presupuesto del Observatorio para 2011 ascendió a</p>
    <p class="parrafo">15 400 000 EUR;</p>
    <p class="parrafo">F. Considerando que el balance de la cuenta de resultados económicos en 2011 fue negativo y ascendió</p>
    <p class="parrafo">a – 203 404,85 EUR;</p>
    <p class="parrafo">Gestión presupuestaria y financiera</p>
    <p class="parrafo">1. Toma nota de que, según el informe anual de actividades (IAA), la gestión financiera y presupuestaria</p>
    <p class="parrafo">realizada por el Observatorio se tradujo en una ejecución presupuestaria de casi el 100 % en compromisos</p>
    <p class="parrafo">y pagos, desglosada como sigue:</p>
    <p class="parrafo">— título 1: 99,92 % en compromisos y 99,40 % en pagos,</p>
    <p class="parrafo">— título 2: 99,49 % en compromisos y 90,08 % en pagos, y</p>
    <p class="parrafo">— título 3: 97,18 % en compromisos y 99,86 % en pagos;</p>
    <p class="parrafo">2. Observa que, según sus cuentas anuales definitivas, el presupuesto del Observatorio depende de los</p>
    <p class="parrafo">siguientes ingresos:</p>
    <p class="parrafo">— 15 400 000 EUR proceden de la subvención de la Comisión al Observatorio,</p>
    <p class="parrafo">— 379 934,67 EUR son aportados por Noruega por su participación en el Observatorio,</p>
    <p class="parrafo">— 400 000 EUR son ingresos afectados del Instrumento de Ayuda Preadhesión 3;</p>
    <p class="parrafo">3. Deduce del IAA que en 2011 se llevó a cabo una evaluación de los procedimientos de licitación y</p>
    <p class="parrafo">contratación; toma nota, asimismo, de la declaración del Observatorio según la cual llevó a cabo</p>
    <p class="parrafo">acciones con arreglo a los resultados de dicha evaluación sobre, a saber: i) la racionalización de los</p>
    <p class="parrafo">procedimientos de licitación y la reducción de los procedimientos negociados, ii) la aplicación de</p>
    <p class="parrafo">medidas específicas para garantizar la correcta ejecución de los contratos, y iii) la realización de</p>
    <p class="parrafo">procedimientos de licitación antes de 2010;</p>
    <p class="parrafo">4. Toma nota de las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas con respecto al coste aproximado</p>
    <p class="parrafo">de 275 000 EUR correspondiente a oficinas no utilizadas y que corre a cargo del Observatorio;</p>
    <p class="parrafo">toma nota de la respuesta del Observatorio de que está continuando y redoblando sus esfuerzos en este</p>
    <p class="parrafo">ámbito; pide que se le presenten informaciones actualizadas y exhaustivas sobre la evolución de esta</p>
    <p class="parrafo">cuestión; pide que este asunto se solucione urgentemente;</p>
    <p class="parrafo">Resultados</p>
    <p class="parrafo">5. Constata que, según el IAA, en 2011 el Observatorio comenzó a aplicar un sistema de contabilidad</p>
    <p class="parrafo">analítica como parte del desarrollo de un sistema integrado de gestión y presupuestación por actividades;</p>
    <p class="parrafo">observa, por otra parte, que el Observatorio aumentó su capacidad para seguir mejorando su</p>
    <p class="parrafo">sistema de planificación y seguimiento, centrándose especialmente en el desarrollo de indicadores de</p>
    <p class="parrafo">resultados, que continuarán desarrollándose para el período de programación 2013-2015;</p>
    <p class="parrafo">16.11.2013 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 308/263</p>
    <p class="parrafo">6. Observa que la tercera evaluación externa del Observatorio la inició la Comisión en 2011, de conformidad</p>
    <p class="parrafo">con el artículo 23 del Reglamento (CE) n o 1920/2006, y que estaba previsto que concluyera en</p>
    <p class="parrafo">2012; pide al Observatorio que informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria</p>
    <p class="parrafo">de las medidas adoptadas a la luz de las recomendaciones de dicha evaluación externa;</p>
    <p class="parrafo">Créditos prorrogados</p>
    <p class="parrafo">7. Manifiesta su preocupación por el hecho de que el Tribunal de Cuentas detectó 51 casos, por un</p>
    <p class="parrafo">importe total de 90 053 EUR, en los que los créditos prorrogados al ejercicio 2012 no se correspondían</p>
    <p class="parrafo">con los compromisos jurídicos anotados y deberían haberse liberado y reembolsado a la Comisión</p>
    <p class="parrafo">a finales de 2011; observa que el Observatorio puso en marcha el proceso demasiado tarde y que,</p>
    <p class="parrafo">como consecuencia de ello, debido a las restricciones impuestas por el sistema informático, los fondos</p>
    <p class="parrafo">quedarán bloqueados durante un año y no serán liberados y reembolsados hasta el final de 2012; pide</p>
    <p class="parrafo">al Observatorio que mejore su planificación para evitar que se produzcan estas situaciones en el futuro;</p>
    <p class="parrafo">Sede</p>
    <p class="parrafo">8. Constata que, según el informe del Tribunal de Cuentas, el Observatorio corre actualmente con un coste</p>
    <p class="parrafo">anual de aproximadamente 275 000 EUR por oficinas no utilizadas en su antiguo edificio y en su</p>
    <p class="parrafo">nueva sede; pide al Observatorio que siga esforzándose, en colaboración con la Comisión y las</p>
    <p class="parrafo">autoridades nacionales, por encontrar soluciones adecuadas para las oficinas que no utiliza, y que</p>
    <p class="parrafo">mantenga informada a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria;</p>
    <p class="parrafo">Política de tesorería</p>
    <p class="parrafo">9. Manifiesta su preocupación por el hecho de que, según el Tribunal de Cuentas, el Observatorio no ha</p>
    <p class="parrafo">adoptado ni aplicado todavía una política de tesorería destinada a minimizar y diversificar el riesgo</p>
    <p class="parrafo">financiero y al mismo tiempo obtener una rentabilidad adecuada; toma nota de las respuestas del</p>
    <p class="parrafo">Observatorio en las que anuncia que va a tomar medidas sobre todas estas cuestiones; pide al Observatorio</p>
    <p class="parrafo">que adopte sin demora todas las medidas correctoras anunciadas y que informe a la autoridad</p>
    <p class="parrafo">responsable de aprobar la gestión presupuestaria de las medidas adoptadas para corregir esta deficiencia;</p>
    <p class="parrafo">10. Manifiesta su preocupación por el hecho de que el Observatorio no haya adoptado todavía una política</p>
    <p class="parrafo">global sobre excepciones y desviaciones de los procesos y procedimientos establecidos; toma nota de las</p>
    <p class="parrafo">respuestas del Observatorio en las que anuncia que va a tomar medidas sobre todas estas cuestiones;</p>
    <p class="parrafo">pide al Observatorio que adopte sin demora todas las medidas anunciadas y que informe a la autoridad</p>
    <p class="parrafo">responsable de aprobar la gestión presupuestaria de las medidas adoptadas para corregir esta deficiencia;</p>
    <p class="parrafo">Procedimientos de contratación</p>
    <p class="parrafo">11. Toma nota de que, según el Informe del Tribunal de Cuentas, el Observatorio podría mejorar la</p>
    <p class="parrafo">transparencia de los procedimientos de selección de personal; pide al Observatorio que informe a la</p>
    <p class="parrafo">autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria de las medidas adoptadas para mejorar los</p>
    <p class="parrafo">procedimientos de selección de personal; considera que algunas de las disposiciones del Estatuto de los</p>
    <p class="parrafo">funcionarios pueden suponer unas cargas administrativas considerables; anima, por consiguiente, a la</p>
    <p class="parrafo">Comisión a que permita un cierto grado de simplificación respecto a las agencias con arreglo al</p>
    <p class="parrafo">artículo 110 del Estatuto;</p>
    <p class="parrafo">Sistema contable</p>
    <p class="parrafo">12. Constata, basándose en las cuentas anuales definitivas, que el Observatorio ha aplicado una nueva</p>
    <p class="parrafo">estructura de ingresos creada en el sistema de contabilidad de ejercicio (ABAC) con el fin de simplificar</p>
    <p class="parrafo">y mejorar la gestión de las órdenes de ingreso;</p>
    <p class="parrafo">13. Observa asimismo que el Observatorio ha revisado su sistema de gestión por actividades y ha definido</p>
    <p class="parrafo">su sistema de contabilidad basado en los costes; constata, en particular, que se han configurado en</p>
    <p class="parrafo">consecuencia las aplicaciones ABAC y SAP CO correspondientes;</p>
    <p class="parrafo">L 308/264 ES Diario Oficial de la Unión Europea 16.11.2013</p>
    <p class="parrafo">Auditoría interna</p>
    <p class="parrafo">14. Constata que, en 2011, el SAI realizó una auditoría de cumplimiento sobre el IAA y los elementos</p>
    <p class="parrafo">constitutivos de la declaración de fiabilidad; observa que, sobre la base de los resultados de dicha</p>
    <p class="parrafo">auditoría, el SAI formuló ocho recomendaciones, dos de las cuales fueron calificadas como «muy</p>
    <p class="parrafo">importantes» y seis como «importantes»; pide al Observatorio que aplique las recomendaciones del</p>
    <p class="parrafo">SAI para 2011, así como las de anteriores auditorías del SAI todavía pendientes, y que mantenga</p>
    <p class="parrafo">informada a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria;</p>
    <p class="parrafo">15. Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la Decisión de</p>
    <p class="parrafo">aprobación de la gestión, a su Resolución de 17 de abril de 2013 ( 1 ) sobre el rendimiento, la gestión</p>
    <p class="parrafo">financiera y el control de las Agencias.</p>
    <p class="parrafo">__________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) Textos aprobados, P7_TA(2013)0134 (véase la página 374 del presente Diario Oficial).</p>
  </texto>
</documento>
