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<documento fecha_actualizacion="20231226130338">
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    <identificador>DOUE-L-2013-82464</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20130417</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>582/2013</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Parlamento Europeo, de 17 de abril de 2013, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología para el ejercicio 2011.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20131116</fecha_publicacion>
    <diario_numero>308</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>248</pagina_inicial>
    <pagina_final>252</pagina_final>
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    <materias>
      <materia codigo="2479" orden="">Desarrollo tecnológico</materia>
      <materia codigo="8104" orden="">Organismo y agencia CE</materia>
      <materia codigo="5683" orden="">Presupuestos comunitarios</materia>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">— Vistas las cuentas anuales definitivas del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología relativas al</p>
    <p class="parrafo">ejercicio 2011,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas del Instituto Europeo de</p>
    <p class="parrafo">Innovación y Tecnología relativas al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas del Instituto ( 1 ),</p>
    <p class="parrafo">— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 — C7-0041/2013),</p>
    <p class="parrafo">— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se</p>
    <p class="parrafo">aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,</p>
    <p class="parrafo">en particular, su artículo 185,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de</p>
    <p class="parrafo">octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que</p>
    <p class="parrafo">se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE) n o 294/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2008,</p>
    <p class="parrafo">por el que se crea el Instituto Europeo de Innovación y Tecnología ( 4 ), y, en particular, su artículo 21,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el</p>
    <p class="parrafo">que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del</p>
    <p class="parrafo">Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero</p>
    <p class="parrafo">aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7-0108/2013),</p>
    <p class="parrafo">1. Aprueba la gestión del director del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología en la ejecución del</p>
    <p class="parrafo">presupuesto del Instituto para el ejercicio 2011;</p>
    <p class="parrafo">2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;</p>
    <p class="parrafo">3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de</p>
    <p class="parrafo">la misma al director del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología, al Consejo, a la Comisión y al</p>
    <p class="parrafo">Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Martin SCHULZ</p>
    <p class="parrafo">El Secretario General</p>
    <p class="parrafo">Klaus WELLE</p>
    <p class="parrafo">________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 110.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 97 de 9.4.2008, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.</p>
    <p class="parrafo">RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO</p>
    <p class="parrafo">de 17 de abril de 2013</p>
    <p class="parrafo">que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la</p>
    <p class="parrafo">gestión en la ejecución del presupuesto del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología para el</p>
    <p class="parrafo">ejercicio 2011</p>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">— Vistas las cuentas anuales definitivas del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología relativas al</p>
    <p class="parrafo">ejercicio 2011,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas del Instituto Europeo de</p>
    <p class="parrafo">Innovación y Tecnología relativas al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas del Instituto ( 1 ),</p>
    <p class="parrafo">— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 — C7-0041/2013),</p>
    <p class="parrafo">— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se</p>
    <p class="parrafo">aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,</p>
    <p class="parrafo">en particular, su artículo 185,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de</p>
    <p class="parrafo">octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que</p>
    <p class="parrafo">se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE) n o 294/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2008,</p>
    <p class="parrafo">por el que se crea el Instituto Europeo de Innovación y Tecnología ( 4 ), y, en particular, su artículo 21,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el</p>
    <p class="parrafo">que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del</p>
    <p class="parrafo">Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero</p>
    <p class="parrafo">aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7-0108/2013),</p>
    <p class="parrafo">A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las</p>
    <p class="parrafo">cuentas anuales del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología («el Instituto») correspondientes al</p>
    <p class="parrafo">ejercicio 2011 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares;</p>
    <p class="parrafo">B. Considerando que el Instituto, que está ubicado en Budapest, se creó en virtud del Reglamento (CE) n o</p>
    <p class="parrafo">294/2008;</p>
    <p class="parrafo">C. Considerando que la Comisión otorgó autonomía financiera al Instituto el 8 de junio de 2011;</p>
    <p class="parrafo">D. Considerando que 2011 fue el primer año de funcionamiento del Instituto y que el Tribunal de Cuentas</p>
    <p class="parrafo">publicó un informe sobre sus cuentas anuales; considerando que el período fiscalizado está comprendido</p>
    <p class="parrafo">entre el 8 de junio y el 31 de diciembre de 2011;</p>
    <p class="parrafo">E. Considerando que el presupuesto global asignado al Instituto para el ejercicio 2011 ascendió a</p>
    <p class="parrafo">64 294 640 EUR;</p>
    <p class="parrafo">________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 110.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 97 de 9.4.2008, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.</p>
    <p class="parrafo">F. Considerando que las subvenciones representan cerca del 90 % del presupuesto del Instituto, por lo que</p>
    <p class="parrafo">su impacto en la ejecución presupuestaria es significativo; considerando que las becas concedidas a las</p>
    <p class="parrafo">Comunidades de Conocimiento e Innovación (CCI) ascendieron a 56 847 080 EUR;</p>
    <p class="parrafo">G. Considerando que, de conformidad con su Reglamento constitutivo, el presupuesto del Instituto para el</p>
    <p class="parrafo">ejercicio 2011 se financió a partir de una subvención concedida por la Unión, una contribución de los</p>
    <p class="parrafo">países de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y una contribución del Estado miembro de</p>
    <p class="parrafo">acogida;</p>
    <p class="parrafo">H. Considerando que el Instituto firmó un acuerdo de acogida con el Gobierno de la República de Hungría</p>
    <p class="parrafo">el 23 de marzo de 2010;</p>
    <p class="parrafo">I. Considerando que, a finales de 2011, el Instituto registró un resultado presupuestario negativo de</p>
    <p class="parrafo">1 824 955,81 EUR ( 1 ); considerando que el Instituto reconoce el resultado como activo contingente;</p>
    <p class="parrafo">considerando que, de acuerdo con las directrices emitidas por los servicios de contabilidad de la</p>
    <p class="parrafo">Comisión, el resultado presupuestario negativo no debe imputarse como título de crédito ante la</p>
    <p class="parrafo">Comisión porque los importes prorrogados suelen ser objeto de anulación parcial;</p>
    <p class="parrafo">J. Considerando que, en 2010 y 2011, el Instituto y su Dirección General asociada, la Dirección General</p>
    <p class="parrafo">de Educación y Cultura (DG EAC), colaboraron para establecer las estructuras y los procedimientos</p>
    <p class="parrafo">internos adecuados para que el Instituto pudiera gestionar fondos de la Unión de acuerdo con los</p>
    <p class="parrafo">principios de buena gestión financiera y cumpliendo las condiciones mínimas para su autonomía</p>
    <p class="parrafo">financiera; considerando que se determinó que estas condiciones ( 2 ) debían establecer:</p>
    <p class="parrafo">— la separación efectiva de las funciones de ordenador y de contable,</p>
    <p class="parrafo">— un sistema de contabilidad que permita verificar la correcta utilización de los fondos y plasmarla en</p>
    <p class="parrafo">las cuentas de la Unión,</p>
    <p class="parrafo">— un procedimiento de pagos adecuado para garantizar la buena gestión financiera en la gestión de</p>
    <p class="parrafo">los fondos de la Unión;</p>
    <p class="parrafo">1. Acoge con satisfacción el informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales del Instituto para el</p>
    <p class="parrafo">ejercicio 2011;</p>
    <p class="parrafo">Gestión presupuestaria y financiera</p>
    <p class="parrafo">2. Observa en las cuentas anuales que el presupuesto global del Instituto para 2011 ascendió a</p>
    <p class="parrafo">64 294 640 EUR;</p>
    <p class="parrafo">3. Observa en las cuentas anuales que el presupuesto del Instituto en 2011 correspondiente al período de</p>
    <p class="parrafo">autonomía financiera (de junio a diciembre) ascendió a 9 794 873,70 EUR;</p>
    <p class="parrafo">4. Observa en las cuentas anuales que la contribución de la Unión fue de 8 234 873,70 EUR para el</p>
    <p class="parrafo">período de autonomía financiera; toma nota, asimismo, de que esta contribución comprende</p>
    <p class="parrafo">191 433,87 EUR concedidos por los países de la AELC, importe recaudado por la Comisión, que lo</p>
    <p class="parrafo">transfiere al Instituto junto con la subvención de la Unión;</p>
    <p class="parrafo">5. Recuerda que el Instituto firmó un acuerdo de acogida con el Gobierno de la República de Hungría el</p>
    <p class="parrafo">23 de marzo de 2010; recuerda que, en virtud de dicho acuerdo, el Estado miembro de acogida se</p>
    <p class="parrafo">compromete a contribuir a los costes de personal del Instituto cubriendo los costes salariales de 20</p>
    <p class="parrafo">empleados por un período de cinco años; toma nota, asimismo, de que la contribución correspondiente</p>
    <p class="parrafo">a 2011 es pagadera en cinco tramos anuales de 1 560 000 EUR;</p>
    <p class="parrafo">Sistema contable</p>
    <p class="parrafo">6. Observa en las cuentas anuales que, el 8 de junio de 2011, el Instituto introdujo el flujo de trabajo de la</p>
    <p class="parrafo">contabilidad de ejercicio (ABAC), el sistema contable utilizado por la Comisión para la contabilidad</p>
    <p class="parrafo">presupuestaria; toma nota, además, de que, el 8 de junio de 2011, ABAC Contract proporcionó el</p>
    <p class="parrafo">sistema de gestión de contratos;</p>
    <p class="parrafo">________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) Informe sobre las cuentas anuales, ejercicio 2011, p. 23.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) Decisión C(2009) 10145 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2009.</p>
    <p class="parrafo">7. Observa en las cuentas anuales que, por lo que se refiere a la contabilidad general, el 8 de junio de</p>
    <p class="parrafo">2011 el Instituto aplicó el SAP, el sistema que utiliza la Comisión, que es un sistema directamente</p>
    <p class="parrafo">vinculado a ABAC; toma nota, además, de que, entre el 1 de enero y el 7 de junio de 2011, el Instituto</p>
    <p class="parrafo">utilizó el sistema contable de su DG asociada;</p>
    <p class="parrafo">8. Observa en las cuentas anuales que, a partir del 19 de diciembre de 2011, ABAC Assets proporcionó el</p>
    <p class="parrafo">sistema de gestión de activos;</p>
    <p class="parrafo">Compromisos</p>
    <p class="parrafo">9. Observa en las cuentas anuales ( 1 ) que la tasa de ejecución del ejercicio completo se sitúa en el 97,21 %</p>
    <p class="parrafo">en los créditos de compromiso, en el 83,83 % en los créditos de pago y en el 67,33 % en los pagos</p>
    <p class="parrafo">frente a compromisos;</p>
    <p class="parrafo">10. Observa que la tasa de ejecución correspondiente al período de autonomía financiera se sitúa en el</p>
    <p class="parrafo">92,81 % en los créditos de compromiso, en el 24,70 % en los créditos de pago frente a compromisos y</p>
    <p class="parrafo">en el 11,48 % en los pagos frente a compromisos; pide al Instituto que informe a la autoridad</p>
    <p class="parrafo">competente para la aprobación de la gestión de las medidas que tome para subsanar esta deficiencia,</p>
    <p class="parrafo">ya que la baja tasa de ejecución pone de manifiesto dificultades a la hora de planificar y ejecutar el</p>
    <p class="parrafo">presupuesto;</p>
    <p class="parrafo">11. Observa que la tasa de ejecución de los compromisos del título I (Gastos de personal) correspondiente</p>
    <p class="parrafo">al ejercicio completo representa el 73,28 % y la tasa de ejecución de los pagos frente a créditos</p>
    <p class="parrafo">comprometidos se sitúa en el 92,79 %;</p>
    <p class="parrafo">12. Observa que la tasa de ejecución de los compromisos del título I (Gastos de personal) correspondiente</p>
    <p class="parrafo">al ejercicio completo representa el 63,36 % y la tasa de ejecución de los pagos frente a créditos</p>
    <p class="parrafo">comprometidos se sitúa en el 88,56 %; pide al Instituto que informe a la autoridad competente para</p>
    <p class="parrafo">la aprobación de la gestión de las medidas que tome para subsanar esta deficiencia, ya que la baja tasa</p>
    <p class="parrafo">de ejecución pone de manifiesto dificultades a la hora de planificar y ejecutar el presupuesto;</p>
    <p class="parrafo">13. Observa en las cuentas anuales que la tasa de ejecución de los compromisos del título II (Gastos</p>
    <p class="parrafo">administrativos) fue del 72,41 % a finales de 2011 y que en los créditos de pago, la tasa de ejecución</p>
    <p class="parrafo">fue del 47,77 %; pide al Instituto que informe a la autoridad competente para la aprobación de la</p>
    <p class="parrafo">gestión de las medidas que tome para subsanar esta deficiencia, ya que la baja tasa de ejecución pone de</p>
    <p class="parrafo">manifiesto dificultades a la hora de planificar y ejecutar el presupuesto;</p>
    <p class="parrafo">14. Observa que la tasa de ejecución de los compromisos del título II (Gastos administrativos) correspondiente</p>
    <p class="parrafo">al período de autonomía financiera representa el 70,32 % y la tasa de ejecución de los pagos</p>
    <p class="parrafo">frente a créditos comprometidos se sitúa en el 42,13 %; pide al Instituto que informe a la autoridad</p>
    <p class="parrafo">competente para la aprobación de la gestión de las medidas que tome para subsanar esta deficiencia, ya</p>
    <p class="parrafo">que la baja tasa de ejecución pone de manifiesto dificultades a la hora de planificar y ejecutar el</p>
    <p class="parrafo">presupuesto;</p>
    <p class="parrafo">15. Observa que la tasa de ejecución de los compromisos del título III (Gastos de operaciones) correspondiente</p>
    <p class="parrafo">al ejercicio completo representa el 99,32 % y la tasa de ejecución de los pagos frente a créditos</p>
    <p class="parrafo">comprometidos se sitúa en el 66,39 %; observa, asimismo, que la tasa de ejecución de los compromisos</p>
    <p class="parrafo">relativos a las becas concedidas a las CCI y a la Fundación del Instituto se sitúa en el 100 % y que la</p>
    <p class="parrafo">ratio del 66,39 % de pagos frente a compromisos en gastos de funcionamiento se debe a que no se</p>
    <p class="parrafo">ejecutaron pagos de prefinanciación respecto de las becas adicionales procedentes de la segunda transferencia</p>
    <p class="parrafo">efectuada en agosto;</p>
    <p class="parrafo">16. Observa que la tasa de ejecución de los compromisos del título III (Gastos de operaciones) correspondiente</p>
    <p class="parrafo">al período de autonomía financiera representa el 98,09 % y la tasa de ejecución de los pagos</p>
    <p class="parrafo">frente a créditos comprometidos se sitúa en el 3,46 %; pide al Instituto que informe a la autoridad</p>
    <p class="parrafo">competente para la aprobación de la gestión de las medidas que tome para subsanar esta deficiencia, ya</p>
    <p class="parrafo">que la baja tasa de ejecución pone de manifiesto dificultades a la hora de planificar y ejecutar el</p>
    <p class="parrafo">presupuesto;</p>
    <p class="parrafo">_________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) Informe sobre las cuentas anuales, ejercicio 2011, p. 34.</p>
    <p class="parrafo">17. Toma nota del comentario del Tribunal de cuentas de que la Comisión (DG EAC) y el Instituto firmaron</p>
    <p class="parrafo">sistemáticamente acuerdos de subvención que dieron lugar a pagos en 2011, después de que ya se</p>
    <p class="parrafo">hubiera ejecutado la mayor parte de las actividades; toma nota asimismo de que, entre septiembre y</p>
    <p class="parrafo">diciembre de 2011, el Instituto efectuó pagos finales por un importe de 4 200 000 EUR correspondientes</p>
    <p class="parrafo">a tres acuerdos de subvención que se firmaron bastante tiempo después del inicio de las</p>
    <p class="parrafo">actividades; pide al Instituto que informe a la autoridad competente para la aprobación de la gestión</p>
    <p class="parrafo">de las medidas que tome para subsanar esta deficiencia, ya que se trata de una cuestión de buena</p>
    <p class="parrafo">gestión financiera;</p>
    <p class="parrafo">Prórrogas</p>
    <p class="parrafo">18. Observa que un importe de 4 500 000 EUR en créditos de pago fue prorrogado en la línea 3 100</p>
    <p class="parrafo">(becas a las CCI) de 2010 a 2011; señala, asimismo, que se pagó un importe de 3 780 634,25 EUR, lo</p>
    <p class="parrafo">que supuso una tasa de ejecución de pagos frente a créditos comprometidos del 84,01 % a finales de</p>
    <p class="parrafo">2011;</p>
    <p class="parrafo">19. Observa que se prorrogaron automáticamente de 2011 a 2012 créditos por un importe de</p>
    <p class="parrafo">21 903 441,85 EUR desglosados del modo siguiente: 0,97 %, para gastos de personal; 2,25 %, para</p>
    <p class="parrafo">gastos administrativos, y la mayor parte, un 96,79 %, para gastos de operaciones; pide al Instituto que</p>
    <p class="parrafo">informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria de las medidas adoptadas para</p>
    <p class="parrafo">subsanar esta deficiencia, ya que el elevado nivel de prórrogas contraviene el principio presupuestario de</p>
    <p class="parrafo">anualidad;</p>
    <p class="parrafo">20. Observa que se prorrogaron de forma no automática de 2011 a 2012 créditos de pago por un importe</p>
    <p class="parrafo">de 3 778 942,31 EUR, ya que a finales de 2011 el Instituto tenía varios compromisos correspondientes</p>
    <p class="parrafo">a obligaciones contraídas debidamente para los que no se había ejecutado el pago o un pago parcial en</p>
    <p class="parrafo">2011; pide al Instituto que informe a la autoridad de aprobación de la gestión presupuestaria de las</p>
    <p class="parrafo">medidas que tome para subsanar esta deficiencia;</p>
    <p class="parrafo">Procedimientos de contratación</p>
    <p class="parrafo">21. Observa en el informe anual de actividades que, a finales de 2011, estaban cubiertos 40 puestos (23</p>
    <p class="parrafo">agentes temporales y 17 agentes contractuales), lo que representa un incremento del 66 % en relación</p>
    <p class="parrafo">con los 24 puestos cubiertos a finales de 2010;</p>
    <p class="parrafo">22. Observa que, además del incremento de personal, en septiembre de 2011 se estableció una nueva</p>
    <p class="parrafo">estructura organizativa para asignar un número de efectivos suficiente a reforzar, en particular, cometidos</p>
    <p class="parrafo">administrativos y horizontales, la planificación y la ejecución presupuestarias, la gestión de</p>
    <p class="parrafo">recursos humanos y cometidos de contabilidad y de auditoría interna, creando así una base firme de</p>
    <p class="parrafo">servicios de apoyo para el Instituto;</p>
    <p class="parrafo">23. Observa en el informe anual de actividades que el nuevo director se unió al Instituto el 1 de julio de</p>
    <p class="parrafo">2011;</p>
    <p class="parrafo">24. Remite, en relación con las otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la Decisión de</p>
    <p class="parrafo">aprobación de la gestión, a su Resolución de 17 de abril de 2013 ( 1 ) sobre el rendimiento, la gestión</p>
    <p class="parrafo">financiera y el control de las Agencias.</p>
    <p class="parrafo">_________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) Textos aprobados, P7_TA(2013)0134 (véase la página 374 del presente Diario Oficial).</p>
  </texto>
</documento>
