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<documento fecha_actualizacion="20231226130338">
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    <identificador>DOUE-L-2013-82462</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20130417</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>580/2013</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Parlamento Europeo, de 17 de abril de 2013, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación para el ejercicio 2011.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20131116</fecha_publicacion>
    <diario_numero>308</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_final>246</pagina_final>
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      <materia codigo="4555" orden="">Jubilación</materia>
      <materia codigo="8104" orden="">Organismo y agencia CE</materia>
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    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación</p>
    <p class="parrafo">relativas al ejercicio 2011,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas de la Autoridad Europea</p>
    <p class="parrafo">de Seguros y Pensiones de Jubilación relativas al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas de la</p>
    <p class="parrafo">Autoridad ( 1 ),</p>
    <p class="parrafo">— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 – C7-0041/2013),</p>
    <p class="parrafo">— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se</p>
    <p class="parrafo">aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,</p>
    <p class="parrafo">en particular, su artículo 185,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de</p>
    <p class="parrafo">octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que</p>
    <p class="parrafo">se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (UE) n o 1094/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de</p>
    <p class="parrafo">2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Seguros y</p>
    <p class="parrafo">Pensiones de Jubilación), se modifica la Decisión n o 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/79/CE</p>
    <p class="parrafo">de la Comisión ( 4 ), y, en particular, su artículo 64,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el</p>
    <p class="parrafo">que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del</p>
    <p class="parrafo">Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero</p>
    <p class="parrafo">aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Asuntos</p>
    <p class="parrafo">Económicos y Monetarios (A7-0114/2013),</p>
    <p class="parrafo">1. Aprueba la gestión del director ejecutivo de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación</p>
    <p class="parrafo">en la ejecución del presupuesto de la Autoridad para el ejercicio 2011;</p>
    <p class="parrafo">2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;</p>
    <p class="parrafo">3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de</p>
    <p class="parrafo">la misma al director ejecutivo de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación, al Consejo,</p>
    <p class="parrafo">a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión</p>
    <p class="parrafo">Europea (serie L).</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Martin SCHULZ</p>
    <p class="parrafo">El Secretario General</p>
    <p class="parrafo">Klaus WELLE</p>
    <p class="parrafo">________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 104.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 331 de 15.12.2010, p. 48.</p>
    <p class="parrafo">( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.</p>
    <p class="parrafo">RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO</p>
    <p class="parrafo">de 17 de abril de 2013</p>
    <p class="parrafo">que contiene las observaciones que forman parte integrante de su Decisión por la que se aprueba la</p>
    <p class="parrafo">gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de</p>
    <p class="parrafo">Jubilación para el ejercicio 2011</p>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación</p>
    <p class="parrafo">relativas al ejercicio 2011,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas de la Autoridad Europea</p>
    <p class="parrafo">de Seguros y Pensiones de Jubilación relativas al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas de la</p>
    <p class="parrafo">Autoridad ( 1 ),</p>
    <p class="parrafo">— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 – C7-0041/2013),</p>
    <p class="parrafo">— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se</p>
    <p class="parrafo">aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,</p>
    <p class="parrafo">en particular, su artículo 185,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de</p>
    <p class="parrafo">octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que</p>
    <p class="parrafo">se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (UE) n o 1094/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de</p>
    <p class="parrafo">2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Seguros y</p>
    <p class="parrafo">Pensiones de Jubilación), se modifica la Decisión n o 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/79/CE</p>
    <p class="parrafo">de la Comisión ( 4 ), y, en particular, su artículo 64,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el</p>
    <p class="parrafo">que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del</p>
    <p class="parrafo">Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero</p>
    <p class="parrafo">aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Asuntos</p>
    <p class="parrafo">Económicos y Monetarios (A7-0114/2013),</p>
    <p class="parrafo">A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las</p>
    <p class="parrafo">cuentas anuales de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación («la Autoridad») correspondientes</p>
    <p class="parrafo">al ejercicio 2011 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares;</p>
    <p class="parrafo">B. Considerando que la Autoridad, agencia de reciente creación y cuya sede se encuentra en Fráncfort del</p>
    <p class="parrafo">Meno, se creó en virtud del Reglamento (UE) n o 1094/2010 y empezó a funcionar oficialmente el 1 de</p>
    <p class="parrafo">enero de 2011 como autoridad independiente;</p>
    <p class="parrafo">C. Considerando que la Autoridad se ha de examinar en el contexto de su transición jurídica de su</p>
    <p class="parrafo">predecesor, el Comité Europeo de Supervisores de Seguros y Pensiones de Jubilación (CESSPJ), y que,</p>
    <p class="parrafo">como resultado de ello, aparte de su nuevo mandato, ha asumido todos los cometidos y todas las</p>
    <p class="parrafo">responsabilidades, en vigor y pendientes, del CESSPJ (todos los activos, pasivos y todas las operaciones</p>
    <p class="parrafo">pendientes del CESSPJ se transfirieron automáticamente a la Autoridad recién creada);</p>
    <p class="parrafo">_________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 104.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 331 de 15.12.2010, p. 48.</p>
    <p class="parrafo">( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.</p>
    <p class="parrafo">D. Considerando que la Autoridad forma parte integrante del Sistema Europeo de Supervisores Financieros</p>
    <p class="parrafo">y trabaja en estrecha colaboración con las autoridades asociadas a él, a saber la Autoridad Bancaria</p>
    <p class="parrafo">Europea y la Autoridad Europea de Valores y Mercados, en el marco de un Comité Mixto, y la Junta</p>
    <p class="parrafo">Europea de Riesgo Sistémico;</p>
    <p class="parrafo">E. Considerando que el presupuesto global asignado a la Autoridad para el ejercicio 2011 ascendió a</p>
    <p class="parrafo">10 667 000 EUR;</p>
    <p class="parrafo">F. Considerando que, de conformidad con su Reglamento constitutivo ( 1 ), el 55 % del presupuesto de 2011</p>
    <p class="parrafo">se financió a partir de las contribuciones de los Estados miembros y de los países de la Asociación</p>
    <p class="parrafo">Europea de Libre Comercio (AELC) y el 45 % con cargo al presupuesto de la Unión;</p>
    <p class="parrafo">G. Considerando que, a finales de 2011, la Autoridad registró un saldo presupuestario positivo de</p>
    <p class="parrafo">2 804 969,81 EUR ( 2 ), tras la deducción de las diferencias en el tipo de cambio por valor de</p>
    <p class="parrafo">2 437,59 EUR, lo que se contabilizó en aquel entonces como pasivo frente a la Comisión;</p>
    <p class="parrafo">Gestión presupuestaria y financiera</p>
    <p class="parrafo">1. Toma nota de que en el informe presupuestario ( 3 ) figura que la contribución inicial de la Unión al</p>
    <p class="parrafo">presupuesto de la Autoridad para 2011 fue de 4 267 000 EUR; toma nota de que este fue el primer</p>
    <p class="parrafo">año de funcionamiento de la Autoridad;</p>
    <p class="parrafo">2. Observa en las cuentas anuales que el presupuesto global asignado a la Autoridad para 2011 ascendió a</p>
    <p class="parrafo">10 667 000 EUR; observa asimismo que los ingresos presupuestarios totales representaron</p>
    <p class="parrafo">9 387 070,78 EUR (incluidos 5 120 035,36 EUR, correspondientes al 80 % del presupuesto de los</p>
    <p class="parrafo">Estados miembros percibido en 2011);</p>
    <p class="parrafo">3. Recuerda, con arreglo a las cuentas anuales, que la contribución asignada con cargo a las autoridades</p>
    <p class="parrafo">nacionales de supervisión ascendió a 6 400 200 EUR, mientras que la contribución realmente percibida</p>
    <p class="parrafo">ascendió a 5 120 035,36 EUR; pide a los Estados miembros que informen a la autoridad responsable de</p>
    <p class="parrafo">aprobar la gestión de los motivos por los que las contribuciones se limitaron a un 80 % de lo</p>
    <p class="parrafo">inicialmente previsto; pide a los Estados miembros que en el futuro presten su plena contribución,</p>
    <p class="parrafo">cuando la Autoridad esté totalmente creada, ya que de no ser así se obstaculizaría su capacidad para</p>
    <p class="parrafo">llevar a cabo correctamente las tareas que se le han asignado;</p>
    <p class="parrafo">4. Observa con preocupación que las disposiciones del Reglamento Financiero no se adaptan plenamente</p>
    <p class="parrafo">al sistema financiero de la Autoridad, ya que el 55 % del presupuesto se financia a partir de las</p>
    <p class="parrafo">contribuciones de los Estados miembros y de los países de la AELC; considera que esta cuestión</p>
    <p class="parrafo">debe abordarse, a más tardar, durante la próxima revisión del Reglamento Financiero en lo que se</p>
    <p class="parrafo">refiere a las agencias, y pide a la Comisión que evalúe esta situación e informe de ello a la autoridad</p>
    <p class="parrafo">responsable de aprobar la gestión presupuestaria;</p>
    <p class="parrafo">5. Pide a la Comisión que examine todas las opciones para una nueva financiación de la Autoridad, viable</p>
    <p class="parrafo">a largo plazo, que preserve su independencia en el marco de la próxima revisión que la Comisión lleve</p>
    <p class="parrafo">a cabo de las actividades de las agencias y las modalidades para su financiación, que ha de presentarse a</p>
    <p class="parrafo">más tardar el 2 de enero de 2014;</p>
    <p class="parrafo">6. Pide a la Comisión que evalúe la posibilidad de presentar una propuesta que permita que los presupuestos</p>
    <p class="parrafo">de las tres Autoridades Europeas de Supervisión se financien íntegramente con cargo al</p>
    <p class="parrafo">presupuesto de la Unión;</p>
    <p class="parrafo">7. Observa en las cuentas anuales que los principales temas en los que se centró la Autoridad en 2011</p>
    <p class="parrafo">fueron su establecimiento y su posterior ampliación;</p>
    <p class="parrafo">8. Subraya la importancia de que el presupuesto asignado se corresponda adecuadamente con los puestos</p>
    <p class="parrafo">disponibles, por una parte, y con las funciones encomendadas a la Autoridad, por otra, puesto que, de</p>
    <p class="parrafo">lo contrario, podría producirse un desequilibrio en la dotación de personal en lo que se refiere a la</p>
    <p class="parrafo">contratación de personal de la Autoridad, por una parte, y a la participación de expertos nacionales, por</p>
    <p class="parrafo">otra; manifiesta su preocupación por el hecho de que la Comisión modificara la plantilla de personal,</p>
    <p class="parrafo">con arreglo a lo propuesto por la Autoridad, sin indicarlo claramente; pide a la Comisión que sea</p>
    <p class="parrafo">totalmente transparente con respecto a esta y otras cuestiones;</p>
    <p class="parrafo">9. Señala los motivos de preocupación planteados en las conclusiones preliminares de la evaluación del</p>
    <p class="parrafo">sector financiero del FMI de diciembre de 2012 sobre la Unión, en las que se recomienda que se</p>
    <p class="parrafo">incrementen los recursos y las competencias de las Autoridades Europeas de Supervisión para que</p>
    <p class="parrafo">puedan ejercer sus respectivos mandatos de manera satisfactoria, fortaleciendo al mismo tiempo su</p>
    <p class="parrafo">independencia operativa;</p>
    <p class="parrafo">_________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 331 de 15.12.2010, p. 12, artículo 62, apartado 1.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) Cuentas anuales 2011, p. 36.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) Informe presupuestario 2011, p. 2.</p>
    <p class="parrafo">10. Observa en las cuentas anuales que, en la reunión inaugural celebrada el 10 de enero de 2011, el</p>
    <p class="parrafo">Consejo de Administración adoptó y aprobó las normas financieras y el Reglamento financiero de la</p>
    <p class="parrafo">Autoridad con objeto de que pudiera ejercer sus competencias como autoridad europea;</p>
    <p class="parrafo">Sistema contable</p>
    <p class="parrafo">11. Observa en las cuentas anuales ( 1 ) que la estructura presupuestaria general y la estructura estándar</p>
    <p class="parrafo">adoptadas por la Autoridad a principios de 2011 se han de adaptar a sus necesidades reales;</p>
    <p class="parrafo">12. Observa en las cuentas anuales que, el 19 de abril de 2011, la Autoridad introdujo la contabilidad de</p>
    <p class="parrafo">ejercicio (ABAC), el sistema contable utilizado por la Comisión para la contabilidad presupuestaria;</p>
    <p class="parrafo">toma nota, además, de que durante el período de transición, del 1 de enero al 19 de abril de 2011, la</p>
    <p class="parrafo">Autoridad utilizó un instrumento basado en Excel para su contabilidad presupuestaria y de que en el</p>
    <p class="parrafo">momento de la transición se elaboró un informe con los compromisos y los pagos introducidos en</p>
    <p class="parrafo">ABAC;</p>
    <p class="parrafo">13. Toma nota de que los pagos efectuados antes de la aplicación de ABAC se reflejan únicamente en el</p>
    <p class="parrafo">sistema de transición y no en ABAC; toma nota de que, cada vez que se rastrea un informe sobre la</p>
    <p class="parrafo">utilización y la ejecución del presupuesto a partir de ABAC, se realiza una adición manual en una hoja</p>
    <p class="parrafo">de cálculo Excel para reflejar plenamente el presupuesto inicial y la utilización de compromisos y pagos</p>
    <p class="parrafo">durante todo el ejercicio financiero;</p>
    <p class="parrafo">14. Observa en las cuentas anuales que desde 2012 todas las transacciones financieras se reflejan en ABAC;</p>
    <p class="parrafo">15. Observa en las cuentas anuales que, por lo que se refiere a la contabilidad general, la Autoridad aplicó el</p>
    <p class="parrafo">SAP el 19 de abril de 2011, un sistema directamente vinculado a ABAC, que es el sistema que utiliza la</p>
    <p class="parrafo">Comisión; observa asimismo que hasta esa fecha la Autoridad utilizó SAGE ( 2 ), el sistema creado por el</p>
    <p class="parrafo">CESSPJ para la contabilidad financiera, y que se estableció un balance de transición el 19 de abril de</p>
    <p class="parrafo">2011;</p>
    <p class="parrafo">16. Toma nota de que en septiembre de 2011 la Autoridad estableció el sistema de registro de activos de la</p>
    <p class="parrafo">Comisión (activos ABAC) para rastrear físicamente las partidas individuales de los activos inmovilizados</p>
    <p class="parrafo">(los activos ABAC están integrados en el sistema contable de la Autoridad);</p>
    <p class="parrafo">17. Se felicita de la validación del sistema contable de la Autoridad por parte del auditor externo, Deloitte</p>
    <p class="parrafo">Consulting ( 3 ); observa que la revisión del sistema contable de la Autoridad se efectuó en octubre de</p>
    <p class="parrafo">2012;</p>
    <p class="parrafo">18. Observa en el informe de Deloitte que, sobre la base de los procedimientos de validación del cumplimiento</p>
    <p class="parrafo">efectuados, el sistema contable de la Autoridad cumple en términos generales los criterios</p>
    <p class="parrafo">fijados por la Comisión (DG Presupuesto);</p>
    <p class="parrafo">19. Observa que el informe de Deloitte hace referencia a una serie de ámbitos susceptibles de mejora (por</p>
    <p class="parrafo">ejemplo, la inadecuación de los derechos de acceso de los usuarios a las responsabilidades actuales de la</p>
    <p class="parrafo">Autoridad en ABAC, el procedimiento de gestión del acceso de los usuarios y los aspectos relacionados</p>
    <p class="parrafo">con la formación sobre ABAC), y que la Autoridad abordará estos aspectos en 2013; toma nota,</p>
    <p class="parrafo">además, de que aquellas mejoras no tienen un impacto significativo en el cumplimiento general constatado;</p>
    <p class="parrafo">Ejecución del presupuesto</p>
    <p class="parrafo">20. Constata en las cuentas anuales que, a finales de 2011, la Autoridad registró un porcentaje de ejecución</p>
    <p class="parrafo">presupuestaria del 61,68 % en el caso de los compromisos y del 58,84 % en el de los pagos;</p>
    <p class="parrafo">21. Observa que el porcentaje de ejecución de los compromisos del título I (gastos de personal) fue de un</p>
    <p class="parrafo">92,79 % y que este aspecto constituye el principal factor del porcentaje de ejecución; observa, además,</p>
    <p class="parrafo">que el elevado porcentaje de ejecución presupuestaria en el título I, en particular durante el primer año</p>
    <p class="parrafo">de funcionamiento de la Autoridad, refleja la relación que existe entre sus solicitudes de personal y sus</p>
    <p class="parrafo">objetivos, y refuerza los argumentos a favor de las solicitudes de personal en 2012 y 2013;</p>
    <p class="parrafo">_________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) Cuentas anuales 2011, p. 31.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) SAGE es un sistema contable adaptado a las empresas, organizaciones e instituciones de pequeñas y medianas</p>
    <p class="parrafo">dimensiones.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) Autoridad Bancaria Europea (ABE), Validación de sistemas contables, 19.11. 2012.</p>
    <p class="parrafo">22. Observa en las cuentas anuales que el principal factor desencadenante del elevado porcentaje de</p>
    <p class="parrafo">ejecución presupuestaria fue la cobertura al 100 % de la plantilla de personal en 2011;</p>
    <p class="parrafo">23. Constata en las cuentas anuales el escaso porcentaje de ejecución de los compromisos, a saber de un</p>
    <p class="parrafo">60,41 % en el título II (gastos administrativos); observa que 2011 fue un año de transición del CESSPJ a</p>
    <p class="parrafo">la Autoridad y un año de preparación para los nuevos procedimientos y las nuevas solicitudes; pide a la</p>
    <p class="parrafo">Autoridad que informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión de las medidas adoptadas para</p>
    <p class="parrafo">corregir esta deficiencia; pide a la Autoridad que informe a la autoridad responsable de aprobar la</p>
    <p class="parrafo">gestión presupuestaria de las acciones emprendidas para mejorar los porcentajes de ejecución, ya que el</p>
    <p class="parrafo">hecho de que sean tan bajos pone de manifiesto dificultades a la hora de planificar y aplicar el</p>
    <p class="parrafo">presupuesto;</p>
    <p class="parrafo">24. Toma nota de que, según la Autoridad, se espera que a partir de 2012 haya que tratar un importante</p>
    <p class="parrafo">volumen de traducciones, reglamentos y procedimientos en todas las lenguas; toma nota, además, de</p>
    <p class="parrafo">que la Autoridad ha reducido, cuando ello ha sido posible, los gastos relacionados con la organización</p>
    <p class="parrafo">de reuniones, en particular de la Junta de Supervisores y el Consejo de Administración, y que este</p>
    <p class="parrafo">mismo fue el enfoque que se siguió con respecto a los gastos de información y publicación (el Informe</p>
    <p class="parrafo">Anual del CESSPJ para 2010 solo se publicó en su página web, con objeto de abaratar aún más los</p>
    <p class="parrafo">costes);</p>
    <p class="parrafo">25. Toma nota de que, según la Autoridad, el porcentaje de ejecución de los compromisos para el título II</p>
    <p class="parrafo">se mantuvo en un punto medio, ya que la idea de la Autoridad era encontrar sectores en los que los</p>
    <p class="parrafo">gastos pudieran reducirse, idea que prevaleció sobre el hecho de que existieran recursos disponibles;</p>
    <p class="parrafo">26. Constata en las cuentas anuales el porcentaje de ejecución sumamente bajo de los compromisos, a saber</p>
    <p class="parrafo">de un 11,73 %, para el título III (gastos operativos); pide a la Autoridad que informe a la autoridad</p>
    <p class="parrafo">responsable de aprobar la gestión presupuestaria de las acciones emprendidas para mejorar este porcentaje,</p>
    <p class="parrafo">ya que el hecho de que sea tan bajo pone de manifiesto dificultades a la hora de planificar y</p>
    <p class="parrafo">aplicar el presupuesto;</p>
    <p class="parrafo">27. Toma nota de que, según la Autoridad, el porcentaje de ejecución de los compromisos para el título III</p>
    <p class="parrafo">fue muy bajo debido a la decisión de no empezar a gastar, ni prorrogar, los recursos destinados a los</p>
    <p class="parrafo">proyectos en el ámbito de las tecnologías de la información (TI) en estos sectores clave sin contar con</p>
    <p class="parrafo">una decisión estratégica clara del Consejo de Administración; observa, además, que en octubre de 2011</p>
    <p class="parrafo">el Consejo de Administración adoptó el informe sobre las especificaciones en materia de datos de la</p>
    <p class="parrafo">Autoridad, incluido el intercambio de informaciones individuales para necesidades identificadas, y</p>
    <p class="parrafo">encargó al Comité de tecnología y datos de la información (ITDC en sus siglas en inglés) que siguiera</p>
    <p class="parrafo">desarrollando el informe sobre especificaciones en materia de datos;</p>
    <p class="parrafo">28. Constata que, según las cuentas anuales, el ITDC tuvo que empezar a adjudicar y aplicar sus sistemas TI</p>
    <p class="parrafo">en febrero de 2012;</p>
    <p class="parrafo">29. Observa que, según el Informe Anual de la Autoridad ( 1 ), en 2011 los compromisos ascendieron a</p>
    <p class="parrafo">6 579 663 EUR, o un 62 %, del presupuesto 2011, de los cuales 6 276 158,59 EUR fueron abonados y</p>
    <p class="parrafo">303 504,79 EUR prorrogados automáticamente a 2012;</p>
    <p class="parrafo">Procedimientos de contratación pública</p>
    <p class="parrafo">30. Constata en el Informe del Tribunal de Cuentas que los procedimientos de contratación pública</p>
    <p class="parrafo">auditados no eran plenamente conformes con lo dispuesto en el Reglamento Financiero general;</p>
    <p class="parrafo">pide a la Autoridad que vele por que todos los nuevos contratos se adjudiquen en el pleno respeto</p>
    <p class="parrafo">de la normativa de la UE en materia de contratación pública;</p>
    <p class="parrafo">31. Toma nota de que, el 1 de junio de 2012, la Autoridad contrató a un agente encargado de la</p>
    <p class="parrafo">contratación pública y de que se han establecido flujos de adjudicación de contratos, el personal ha</p>
    <p class="parrafo">recibido cursos de sensibilización y de formación sobre las normas de contratación de la UE, se han</p>
    <p class="parrafo">desarrollado plantillas al respecto, y todos los procedimientos se han llevado a cabo con arreglo a la</p>
    <p class="parrafo">normativa pertinente de la UE en materia de contratación;</p>
    <p class="parrafo">Procedimientos de contratación</p>
    <p class="parrafo">32. Toma nota de que la Autoridad ha adaptado sus procedimientos de selección del personal a las</p>
    <p class="parrafo">recomendaciones del Tribunal de Cuentas; pide a la Autoridad que informe a la autoridad responsable</p>
    <p class="parrafo">de aprobar la gestión presupuestaria de cualquier medida que piense adoptar para mejorar los procedimientos</p>
    <p class="parrafo">de selección de personal; considera que algunas de las disposiciones del Estatuto de los</p>
    <p class="parrafo">funcionarios pueden suponer considerables cargas administrativas; anima, por consiguiente, a la Comisión</p>
    <p class="parrafo">a que permita un cierto grado de simplificación del artículo 110 del Estatuto de los funcionarios</p>
    <p class="parrafo">con respecto a las Agencias;</p>
    <p class="parrafo">________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) Informe anual 2011, p. 38.</p>
    <p class="parrafo">33. Toma nota en las cuentas anuales ( 1 ) de que 2011 fue un año crucial para la Autoridad en el</p>
    <p class="parrafo">establecimiento y la ampliación del equipo de recursos humanos con el fin de equiparse adecuadamente</p>
    <p class="parrafo">para desempeñar sus nuevas funciones y tareas; observa que, a 31 de diciembre de 2012, la plantilla de</p>
    <p class="parrafo">personal de la Autoridad contaba con 46 agentes temporales, 6 agentes contractuales y 4 expertos</p>
    <p class="parrafo">nacionales en comisión de servicio, lo que asciende a un total de 56 agentes;</p>
    <p class="parrafo">34. Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la decisión de</p>
    <p class="parrafo">aprobación de la gestión, a su Resolución de 17 de abril de 2013 ( 2 ) sobre el rendimiento, la gestión</p>
    <p class="parrafo">financiera y el control de las Agencias.</p>
    <p class="parrafo">_________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) Informe sobre las cuentas anuales-Ejercicio 2011, p. 47.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) Textos Aprobados, P7_TA(2013)0134 (véase la página 374 del presente Diario Oficial).</p>
  </texto>
</documento>
