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<documento fecha_actualizacion="20231226130338">
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    <identificador>DOUE-L-2013-82450</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20130417</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>568/2013</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Parlamento Europeo, de 17 de abril de 2013, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades para el ejercicio 2011.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20131116</fecha_publicacion>
    <diario_numero>308</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>203</pagina_inicial>
    <pagina_final>207</pagina_final>
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    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="8156" orden="">Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades</materia>
      <materia codigo="5683" orden="">Presupuestos comunitarios</materia>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">— Vistas las cuentas anuales definitivas del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades</p>
    <p class="parrafo">relativas al ejercicio 2011,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales del Centro Europeo para la Prevención</p>
    <p class="parrafo">y el Control de las Enfermedades correspondientes al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas</p>
    <p class="parrafo">del Centro ( 1 ),</p>
    <p class="parrafo">— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 — C7-0041/2013),</p>
    <p class="parrafo">— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se</p>
    <p class="parrafo">aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,</p>
    <p class="parrafo">en particular, su artículo 185,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de</p>
    <p class="parrafo">octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que</p>
    <p class="parrafo">se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE) n o 851/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004,</p>
    <p class="parrafo">por el que se crea un Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades ( 4 ), y, en</p>
    <p class="parrafo">particular, su artículo 23,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el</p>
    <p class="parrafo">que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del</p>
    <p class="parrafo">Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero</p>
    <p class="parrafo">aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Medio</p>
    <p class="parrafo">Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A7-0082/2013),</p>
    <p class="parrafo">1. Aprueba la gestión del director del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades</p>
    <p class="parrafo">en la ejecución del presupuesto del Centro para el ejercicio 2011;</p>
    <p class="parrafo">2. Presenta sus observaciones en la Resolución que acompaña a la presente Decisión;</p>
    <p class="parrafo">3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de</p>
    <p class="parrafo">la misma al director del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades, al Consejo,</p>
    <p class="parrafo">a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión</p>
    <p class="parrafo">Europea (serie L).</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Martin SCHULZ</p>
    <p class="parrafo">El Secretario General</p>
    <p class="parrafo">Klaus WELLE</p>
    <p class="parrafo">_______</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 66.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 142 de 30.4.2004, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.</p>
    <p class="parrafo">RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO</p>
    <p class="parrafo">de 17 de abril de 2013</p>
    <p class="parrafo">que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la</p>
    <p class="parrafo">gestión en la ejecución del presupuesto del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las</p>
    <p class="parrafo">Enfermedades para el ejercicio 2011</p>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">— Vistas las cuentas anuales definitivas del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades</p>
    <p class="parrafo">relativas al ejercicio 2011,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales del Centro Europeo para la Prevención</p>
    <p class="parrafo">y el Control de las Enfermedades correspondientes al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas</p>
    <p class="parrafo">del Centro ( 1 ),</p>
    <p class="parrafo">— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 — C7-0041/2013),</p>
    <p class="parrafo">— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se</p>
    <p class="parrafo">aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ) («el</p>
    <p class="parrafo">Reglamento Financiero»), y, en particular, su artículo 185,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de</p>
    <p class="parrafo">octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que</p>
    <p class="parrafo">se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE) n o 851/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004,</p>
    <p class="parrafo">por el que se crea un Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades ( 4 ), y, en</p>
    <p class="parrafo">particular, su artículo 23,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el</p>
    <p class="parrafo">que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del</p>
    <p class="parrafo">Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero</p>
    <p class="parrafo">aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Medio</p>
    <p class="parrafo">Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A7-0082/2013),</p>
    <p class="parrafo">A. Considerando que el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (en lo</p>
    <p class="parrafo">sucesivo denominado «el Centro»), con sede en Estocolmo, se creó en virtud del Reglamento (CE) n o</p>
    <p class="parrafo">851/2004;</p>
    <p class="parrafo">B. Considerando que, el 10 de mayo de 2012, el Parlamento aprobó la gestión del director del Centro por</p>
    <p class="parrafo">lo que se refiere a la ejecución del presupuesto del Centro para el ejercicio 2010 ( 6 ), y que, en su</p>
    <p class="parrafo">Resolución aneja a la Decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento, en particular:</p>
    <p class="parrafo">— instaba al Centro a establecer medidas suficientes para garantizar la transparencia de sus procedimientos</p>
    <p class="parrafo">de contratación de personal,</p>
    <p class="parrafo">________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 66.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 142 de 30.4.2004, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.</p>
    <p class="parrafo">( 6 ) DO L 286 de 17.10.2012, p. 184.</p>
    <p class="parrafo">— expresaba su preocupación por este elevado nivel de prórrogas, acompañado por un bajo nivel de</p>
    <p class="parrafo">gastos devengados, que es excesivo e incompatible con el principio de anualidad,</p>
    <p class="parrafo">— consideraba que el Centro es un organismo de la Unión importante para el refuerzo y el desarrollo</p>
    <p class="parrafo">a escala europea de la vigilancia de las enfermedades y para la evaluación y la comunicación de las</p>
    <p class="parrafo">amenazas actuales y emergentes para la salud humana que representan las enfermedades infecciosas,</p>
    <p class="parrafo">y que su importancia se deriva también de su función de puesta en común de los conocimientos en</p>
    <p class="parrafo">materia de salud en Europa;</p>
    <p class="parrafo">C. Considerando que, en su Informe sobre las cuentas anuales del Centro correspondientes al ejercicio</p>
    <p class="parrafo">2011, el Tribunal de Cuentas emitió una reserva en relación con las irregularidades detectadas en la</p>
    <p class="parrafo">gestión de un contrato marco celebrado en 2009 debido a que el Centro lo modificó posteriormente, lo</p>
    <p class="parrafo">que dio lugar a pagos superiores al límite que se consideraron irregulares y que sobrepasaron el umbral</p>
    <p class="parrafo">de importancia relativa;</p>
    <p class="parrafo">D. Considerando que el presupuesto del Centro para el ejercicio 2011 ascendió a 56 656 000 EUR, frente</p>
    <p class="parrafo">a 57 800 000 EUR en 2010, lo que representa una disminución del 2 %;</p>
    <p class="parrafo">E. Considerando que la contribución de la Unión al presupuesto del Centro para 2011 ascendió a</p>
    <p class="parrafo">55 400 000 EUR;</p>
    <p class="parrafo">Gestión presupuestaria y financiera</p>
    <p class="parrafo">1. Señala que 2011 fue el primer ejercicio en el que el Tribunal de Cuentas emitió una opinión con</p>
    <p class="parrafo">reservas sobre las cuentas del Centro;</p>
    <p class="parrafo">2. Señala preocupado las observaciones del Tribunal de Cuentas, en particular, la siguiente: «en 2009, el</p>
    <p class="parrafo">Centro firmó un contrato marco por un importe máximo de 9 millones de euros en virtud del cual</p>
    <p class="parrafo">podía concluir contratos específicos con proveedores seleccionados hasta dicho importe. […] [El valor</p>
    <p class="parrafo">de estos contratos] se incrementó debido a sucesivas modificaciones hasta alcanzar los 14,9 millones de</p>
    <p class="parrafo">euros. Al final de 2011, los pagos efectuados ascendían a 12,2 millones de euros, de los cuales 3,2</p>
    <p class="parrafo">millones de euros se habían realizado en el ejercicio 2011. Los compromisos y los pagos que sobrepasan</p>
    <p class="parrafo">el límite de 9 millones de euros establecido en el contrato marco son irregulares»;</p>
    <p class="parrafo">3. Tiene en cuenta que, según el Centro:</p>
    <p class="parrafo">— en el anuncio del contrato marco publicado figuraba «un mínimo de 3 000 000 EUR al año»,</p>
    <p class="parrafo">mientras que en el contrato que se firmó no constaba ningún valor de los contratos que se iban</p>
    <p class="parrafo">a conceder, y en el artículo I.1, titulado «Objeto», de cada contrato firmado, especificaba: «la firma</p>
    <p class="parrafo">del contrato no impone ninguna obligación de compra por parte del Centro»,</p>
    <p class="parrafo">— se ha comprobado la prestación de los servicios contratados y de las cuentas pagadas de acuerdo</p>
    <p class="parrafo">con los procedimientos establecidos en el Reglamento Financiero, todos los pagos se han realizado</p>
    <p class="parrafo">legalmente por los servicios prestados, y no se han perdido fondos,</p>
    <p class="parrafo">— los contratos marco se concedieron tras un procedimiento de contratación pública que cumplía el</p>
    <p class="parrafo">procedimiento de «convocatoria abierta» definido en el Reglamento Financiero y de conformidad</p>
    <p class="parrafo">con el procedimiento interno del Centro destinado a garantizar la oferta económicamente más</p>
    <p class="parrafo">ventajosa, verdadera competencia y transparencia; además, tiene en cuenta que no pueden detectarse</p>
    <p class="parrafo">partes que hayan resultado desfavorecidas por el procedimiento de contratación o por los contratos</p>
    <p class="parrafo">posteriores;</p>
    <p class="parrafo">4. Señala que el Centro consultó al Tribunal de Cuentas sobre cómo debía actuar una vez descubierta la</p>
    <p class="parrafo">irregularidad, y tomó medidas para rectificar la situación centralizando todos los servicios informáticos</p>
    <p class="parrafo">y tomando medidas adicionales para evitar posibles irregularidades en el futuro;</p>
    <p class="parrafo">5. Recuerda que el presupuesto total del Centro para 2011 ascendió a 56 656 000 EUR, de los cuales</p>
    <p class="parrafo">1 256 000 EUR representaron una contribución de los países de la Asociación Europea de Libre</p>
    <p class="parrafo">Comercio;</p>
    <p class="parrafo">6. Constata en las cuentas anuales de 2011 que la ejecución presupuestaria a fin de 2011 se incrementó</p>
    <p class="parrafo">ligeramente hasta alcanzar el 96 %, frente al 95 % registrado en 2010, en términos de compromiso, lo</p>
    <p class="parrafo">que equivale a 54,5 millones EUR;</p>
    <p class="parrafo">Ejecución</p>
    <p class="parrafo">7. Toma nota de que la ejecución presupuestaria, en términos de pagos, aumentó en un 8 % en relación</p>
    <p class="parrafo">con 2010, hasta alcanzar el 76 % del presupuesto total, frente al 68 % de 2010; considera, no obstante,</p>
    <p class="parrafo">que aun constituyendo una mejora en comparación con el 68 % alcanzado en 2010, el Centro debe</p>
    <p class="parrafo">realizar nuevos esfuerzos a este respecto;</p>
    <p class="parrafo">Sistema contable</p>
    <p class="parrafo">8. Constata en las cuentas anuales que 2010 fue el primer ejercicio completo en el que el Centro ejecutó</p>
    <p class="parrafo">su presupuesto para la totalidad del año utilizando el flujo de trabajo de la contabilidad de ejercicio (el</p>
    <p class="parrafo">sistema presupuestario y contable integrado de la Unión Europea);</p>
    <p class="parrafo">Créditos prorrogados</p>
    <p class="parrafo">9. Expresa su profunda preocupación por el hecho de que el informe del Tribunal de Cuentas ponga de</p>
    <p class="parrafo">manifiesto que, como en el ejercicio anterior, se prorrogó a 2011 un elevado volumen de créditos;</p>
    <p class="parrafo">observa que, del presupuesto total para 2011, se prorrogaron a 2012 11 millones EUR (el 20 %),</p>
    <p class="parrafo">incluido el 38 % de los créditos del título III (Gastos de operaciones); pide al Centro que informe a la</p>
    <p class="parrafo">autoridad responsable de aprobar la gestión de las medidas adoptadas para subsanar esta deficiencia, ya</p>
    <p class="parrafo">que este elevado nivel de prórrogas, acompañado por un bajo nivel de gastos devengados (5,4 millones</p>
    <p class="parrafo">EUR), es contrario al principio presupuestario de anualidad;</p>
    <p class="parrafo">Subvenciones</p>
    <p class="parrafo">10. Toma nota del Informe del Tribunal de Cuentas, según el cual en 2011 se concluyó un acuerdo por un</p>
    <p class="parrafo">importe de 0,2 millones EUR cuando habían transcurrido más de cuatro meses desde el inicio de las</p>
    <p class="parrafo">actividades; se felicita por la mejora de los procedimientos de gestión de licitaciones del Centro;</p>
    <p class="parrafo">Contratación pública</p>
    <p class="parrafo">11. Constata en las cuentas anuales que en 2011 la oficina de contratación tramitó 60 procedimientos</p>
    <p class="parrafo">abiertos, 59 licitaciones y una convocatoria de propuestas, así como la reapertura de 46 procedimientos</p>
    <p class="parrafo">(contratos marco en el ámbito de la informática); observa, además, que se concluyeron 14 procedimientos</p>
    <p class="parrafo">negociados por un valor superior a 25 000 EUR, entre los cuales se encontraba uno cuyo valor</p>
    <p class="parrafo">superaba los 60 000 EUR;</p>
    <p class="parrafo">12. Reconoce, según el informe del director a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión sobre</p>
    <p class="parrafo">las medidas adoptadas a la luz de las observaciones de dicha autoridad para el ejercicio 2010, que de</p>
    <p class="parrafo">los procedimientos de contratación abiertos, todos menos diez dieron lugar a la concesión de uno o</p>
    <p class="parrafo">múltiples contratos, y que de los procedimientos negociados, todos menos cinco dieron lugar a la</p>
    <p class="parrafo">concesión de contratos; pide al Centro que facilite a la autoridad encargada de la aprobación de la</p>
    <p class="parrafo">gestión más resultados relacionados con los procedimientos de contratación;</p>
    <p class="parrafo">Procedimientos de contratación</p>
    <p class="parrafo">13. Observa, a la vista de las cuentas anuales, que el número total de agentes temporales que trabajaban en</p>
    <p class="parrafo">el Centro a 31 de diciembre de 2011 era de 177, sobre los 200 puestos previstos en el cuadro de</p>
    <p class="parrafo">efectivos correspondiente a 2011; considera que algunas de las disposiciones del Estatuto de los</p>
    <p class="parrafo">funcionarios pueden suponer considerables cargas administrativas; anima, por consiguiente, a la Comisión</p>
    <p class="parrafo">a que permita un cierto grado de simplificación del artículo 110 del Estatuto de los funcionarios</p>
    <p class="parrafo">con respecto a las Agencias;</p>
    <p class="parrafo">14. Saluda la introducción en enero de 2012 por parte del Centro del procedimiento interno sobre</p>
    <p class="parrafo">contratación revisado;</p>
    <p class="parrafo">15. Considera importante que el Centro haya revisado sus procedimientos internos de contratación y sus</p>
    <p class="parrafo">procedimientos de selección de personal, que el Tribunal de Cuentas había considerado mejorables;</p>
    <p class="parrafo">anima a la estricta aplicación del nuevo conjunto de normas y señala que seguirá supervisando la</p>
    <p class="parrafo">aplicación;</p>
    <p class="parrafo">16. Pide al Centro información adicional sobre la tasa de vacantes;</p>
    <p class="parrafo">Auditoría interna</p>
    <p class="parrafo">17. Observa que, como parte de los trabajos de preparación del Informe Anual de 2011, se realizó una</p>
    <p class="parrafo">revisión de la aplicación del sistema de control interno; reconoce, en particular, que no se ha aplicado</p>
    <p class="parrafo">una de las normas sobre la evaluación de las actividades, y que otras tres solo se han aplicado en parte,</p>
    <p class="parrafo">mientras que las demás se han aplicado principal o íntegramente; pide al Centro que actúe sin dilación a</p>
    <p class="parrafo">este respecto e informe a la autoridad encargada de aprobar la gestión acerca de los progresos</p>
    <p class="parrafo">realizados;</p>
    <p class="parrafo">18. Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la Decisión de</p>
    <p class="parrafo">aprobación de la gestión, a su Resolución de 17 de abril de 2013 ( 1 ) sobre el rendimiento, la gestión</p>
    <p class="parrafo">financiera y el control de las Agencias.</p>
    <p class="parrafo">________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) Textos aprobados, P7_TA(2013)0134 (véase la página 374 del presente Diario Oficial).</p>
  </texto>
</documento>
