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    <identificador>DOUE-L-2013-82190</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20130503</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>89/2013</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Comité Mixto del EEE nº 89/2013, de 3 de mayo de 2013, por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20131031</fecha_publicacion>
    <diario_numero>291</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>55</pagina_inicial>
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      <materia codigo="71" orden="">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="530" orden="">Buques</materia>
      <materia codigo="3428" orden="">Espacio Económico Europeo</materia>
      <materia codigo="3806" orden="">Formalidades aduaneras</materia>
      <materia codigo="5801" orden="">Puertos</materia>
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      <nota codigo="10" orden="200">Entrada en vigor: 4 de mayo de 2013, si se cumple lo indicado.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1994-80086" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo XIII del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993.</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Directiva 2010/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de octubre de 2010, sobre las formalidades informativas exigibles a los buques a su llegada o salida de los puertos de los Estados miembros y por la que se deroga la Directiva 2002/6/CE ( 1 ).</p>
    <p class="parrafo">(2) La Directiva 2010/65/UE deroga la Directiva 2002/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 2 ), que está incorporada al Acuerdo EEE y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo.</p>
    <p class="parrafo">(3) Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XIII del Acuerdo EEE.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El texto del punto 56l (Directiva 2002/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) del anexo XIII del Acuerdo EEE se sustituye por el siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«32010 L 0065: Directiva 2010/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de octubre de 2010, sobre las formalidades informativas exigibles a los buques a su llegada o salida de los puertos de los Estados miembros y por la que se deroga la Directiva 2002/6/CE (DO L 283 de 29.10.2010, p. 1).</p>
    <p class="parrafo">A efectos del presente Acuerdo EEE, las disposiciones de la Directiva se entenderán con las siguientes adaptaciones:</p>
    <p class="parrafo">a) en el artículo 9, después de los términos “territorio aduanero de la Unión”, se añade “o en el territorio de los Estados de la AELC”;</p>
    <p class="parrafo">b) en el artículo 9, los términos “dicho territorio” se sustituyen por las palabras “dichos territorios”;</p>
    <p class="parrafo">c) al final del artículo 9, se inserta el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">“Esta exención no se aplicará a las formalidades informativas relativas a cuestiones aduaneras.”;</p>
    <p class="parrafo">d) las referencias a otros actos que figuran en el Reglamento se considerarán pertinentes en la medida y según la forma en que esos actos hayan sido incorporados al Acuerdo EEE.».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los textos de la Directiva 2010/65/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor el 4 de mayo de 2013, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (*) las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 3 de mayo de 2013.</p>
    <p class="parrafo">Por el Comité Mixto del EEE</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Gianluca GRIPPA</p>
    <p class="parrafo">________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 283 de 29.10.2010, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 67 de 9.3.2002, p. 31.</p>
    <p class="parrafo">(*) Se han indicado preceptos constitucionales.</p>
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