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<documento fecha_actualizacion="20241021212556">
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    <identificador>DOUE-L-2013-82050</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20131010</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>499/2013</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 10 de octubre de 2013, relativa a una medida adoptada por Alemania, de conformidad con el artículo 11 de la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se prohíbe un miniquad eléctrico del modelo HB-ATV49Q-Electric fabricado por Huabao Electric Appliance Co. Ltd [notificada con el número C(2013) 6552].</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20131012</fecha_publicacion>
    <diario_numero>272</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>55</pagina_inicial>
    <pagina_final>55</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2013/272/L00055-00055.pdf</url_pdf>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="6159" orden="">Alemania</materia>
      <materia codigo="294" orden="">Armonización de legislaciones</materia>
      <materia codigo="817" orden="">Certificaciones</materia>
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      <materia codigo="6497" orden="">Seguridad industrial</materia>
      <materia codigo="7116" orden="">Vehículos de motor</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2006-81063" orden="3060">
          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>la Directiva 2006/42, de 17 de mayo</texto>
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      <alerta codigo="105" orden="">Comercio</alerta>
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      <alerta codigo="132" orden="">Transportes y tráfico</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a las máquinas y por la que se modifica la Directiva 95/16/CE ( 1 ), y en particular su artículo 11,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) De conformidad con el artículo 11, apartado 2, de la Directiva 2006/42/CE, las autoridades alemanas han informado a la Comisión y a los demás Estados miembros de una medida por la que se prohíbe la comercialización de un miniquad eléctrico del modelo HB-ATV49Q-Electric fabricado por Huabao Electric Appliance Co. Ltd, Zhiying Street, Guashan Industry Area, Yongkang, Zhejiang, China, importado en la UE por QBB Funsporthandel, Hofstraβe 21, 56841 Traben-Trarbach, Alemania.</p>
    <p class="parrafo">(2) Las autoridades alemanas aducen que la medida viene motivada por la no conformidad del miniquad con los siguientes requisitos esenciales de seguridad y de salud establecidos en el anexo I de la Directiva 2006/42/CE:</p>
    <p class="parrafo">— 1.3.2 – Riesgo de rotura en servicio:</p>
    <p class="parrafo">El bastidor del miniquad podía romperse al utilizarlo, debido a la deficiente calidad de la soldadura;</p>
    <p class="parrafo">— 1.3.7 – Riesgos relacionados con los elementos móviles:</p>
    <p class="parrafo">Se podía acceder a la correa de transmisión, que no estaba protegida;</p>
    <p class="parrafo">— 1.7.3 – Marcado de las máquinas:</p>
    <p class="parrafo">El marcado no incluía la razón social ni la dirección completa del fabricante;</p>
    <p class="parrafo">— 1.7.4 – Manual de instrucciones:</p>
    <p class="parrafo">El miniquad no iba acompañado de un manual de instrucciones en alemán.</p>
    <p class="parrafo">(3) Las autoridades alemanas también observaron que, aunque el producto llevaba el marcado CE, no iba acompañado de una declaración CE de conformidad redactada y firmada por el fabricante o su representante autorizado, tal como establece el artículo 5, apartado 1, letra e), de la Directiva 2006/42/CE.</p>
    <p class="parrafo">(4) La notificación iba acompañada de un informe de inspección elaborado por el Landesamt für Umwelt, Wasserwirtschaft und Gewerbeaufsicht (Servicio regional de Medio Ambiente, Recursos Hídricos e Inspección de Trabajo) de Renania-Palatinado.</p>
    <p class="parrafo">(5) De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 11, apartado 3, de la Directiva 2006/42/CE, la Comisión escribió al fabricante y al importador invitándolos a comentar la medida adoptada por las autoridades alemanas. No se recibió ninguna respuesta.</p>
    <p class="parrafo">(6) El examen de las pruebas aportadas por las autoridades alemanas confirma que el miniquad eléctrico del modelo HB-ATV49Q-Electric fabricado por Huabao Electric Appliance Co. Ltd incumple los requisitos esenciales de seguridad y de salud contemplados en la Directiva 2006/42/CE, y que dicho incumplimiento entraña un riesgo de lesiones a los usuarios.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Está justificada la medida adoptada por las autoridades alemanas por la que se prohíbe la comercialización de un miniquad eléctrico del modelo HB-ATV49Q-Electric fabricado por Huabao Electric Appliance Co. Ltd.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 10 de octubre de 2013.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Antonio TAJANI</p>
    <p class="parrafo">Vicepresidente</p>
    <p class="parrafo">______________________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 157 de 9.6.2006, p. 24.</p>
  </texto>
</documento>
