<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20241021212509">
  <metadatos>
    <identificador>DOUE-L-2013-81717</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20130829</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>831/2013</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento de Ejecución (UE) nº 831/2013 de la Comisión, de 29 de agosto de 2013, que modifica por 199a vez el Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20130831</fecha_publicacion>
    <diario_numero>233</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>1</pagina_inicial>
    <pagina_final>2</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/doue/2013/233/L00001-00002.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>20130901</fecha_vigencia>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion/>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>L</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
  </metadatos>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="6077" orden="">Afganistán</materia>
      <materia codigo="1773" orden="">Cuentas bloqueadas</materia>
      <materia codigo="6273" orden="">Sanciones</materia>
      <materia codigo="6875" orden="">Terrorismo</materia>
    </materias>
    <notas/>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-2002-80901" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo I del Reglamento 881/2002, de 27 de mayo</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores/>
    </referencias>
    <alertas>
      <alerta codigo="123" orden="">Relaciones internacionales</alerta>
      <alerta codigo="126" orden="">Seguridad y Defensa</alerta>
      <alerta codigo="127" orden="">Sistema financiero</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="">Unión Europea</alerta>
    </alertas>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CE) n o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida ( 1 ) y, en particular sus artículos 7, apartado 1, letra a), y 7 bis, apartado 5,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) En el anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 figura la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de acuerdo con ese mismo Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">(2) El 19 de agosto de 2013, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) decidió retirar a una persona física de su lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos, tras considerar las peticiones de exclusión de esa lista presentadas por esta persona y el informe exhaustivo del Defensor del Pueblo realizado con arreglo a la Resolución 1904 (2009) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Además, el 5 de agosto de 2013, el Comité de Sanciones del CSNU decidió modificar tres entradas de la lista.</p>
    <p class="parrafo">(3) En vista de ello, el anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 debe modificarse en consecuencia.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 queda modificado de acuerdo con lo establecido en el anexo del presente Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 29 de agosto de 2013.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión, en nombre del Presidente</p>
    <p class="parrafo">Director del Servicio de Instrumentos de Política Exterior</p>
    <p class="parrafo">________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">El anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 queda modificado como sigue:</p>
    <p class="parrafo">1) En el epígrafe «Personas físicas» se suprime la entrada siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Mohammed Daki. Dirección: Casablanca, Marruecos. Fecha de nacimiento: 29.3.1965. Lugar de nacimiento: Casablanca, Marruecos. Nacionalidad: marroquí. Pasaporte n o : a) G 482731 (pasaporte marroquí), b) L446524 (pasaporte marroquí). Número de identificación nacional: BE-400989 (documento nacional de identidad marroquí). Otros datos: a) el nombre de su padre es Lahcen; b) el nombre de su madre es Izza Brahim; c) deportado de Italia a Marruecos el 10.12.2005. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 12.11.2003.».</p>
    <p class="parrafo">2) La entrada «Ata Abdoulaziz Rashid [alias a) Ata Abdoul Aziz Barzingy, b) Abdoulaziz Ata Rashid]. Fecha de nacimiento: 1.12.1973. Lugar de nacimiento: Suleimaniya, Iraq. Nacionalidad: iraquí. Pasaporte n o : documento internacional de viaje alemán («Reiseausweis») A 0020375. Otros datos: a) en prisión en Alemania; b) miembro de Ansar Al-Islam. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 6.12.2005.» del epígrafe «Personas físicas» se sustituye por el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Ata Abdoulaziz Rashid [alias a) Ata Abdoul Aziz Barzingy, b) Abdoulaziz Ata Rashid]. Fecha de nacimiento: 1.12.1973. Lugar de nacimiento: Suleimaniya, Iraq. Nacionalidad: iraquí. Dirección: Alemania. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 6.12.2005.».</p>
    <p class="parrafo">3) La entrada «Ibrahim Mohamed Khalil [alias a) Khalil Ibrahim Jassem, b) Khalil Ibrahim Mohammad, c) Khalil Ibrahim Al Zafiri, d) Khalil]. Fecha de nacimiento: a) 2.7.1975, b) 2.5.1972, c) 3.7.1975, d) 1972, e) 2.5.1975. Lugar de nacimiento: a) Mosul, Iraq; b) Bagdad, Iraq. Nacionalidad: iraquí. Pasaporte n o : Documento internacional de viaje alemán («Reiseausweis») A 0003900. Dirección: Alemania. Otros datos: en prisión en Alemania. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 6.12.2005.» del epígrafe «Personas físicas» se sustituye por el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Ibrahim Mohamed Khalil [alias a) Khalil Ibrahim Jassem, b) Khalil Ibrahim Mohammad, c) Khalil Ibrahim Al Zafiri, d) Khalil]. Fecha de nacimiento: a) 2.7.1975, b) 2.5.1972, c) 3.7.1975, d) 1972, e) 2.5.1975. Lugar de nacimiento: a) Day Az-Zawr, Siria; b) Bagdad, Iraq, c) Mosul, Iraq. Nacionalidad: siria. Pasaporte n o : T04338017 (suspensión temporal de deportación expedida por la Oficina de Extranjeros de la ciudad de Maguncia, expirada el 8.5.2013). Dirección: Centro de Acogida de Refugiados Alte Ziegelei, 55128 Maguncia, Alemania. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 6.12.2005.».</p>
    <p class="parrafo">4) La entrada «Atilla Selek (alias Muaz). Dirección: Kauteräckerweg 5, 89077 Ulm, Alemania. Fecha de nacimiento: 28.2.1985. Lugar de nacimiento: Ulm, Alemania. Nacionalidad: alemana. Pasaporte n o : 7020142921 (pasaporte alemán expedido en Ulm, Alemania, que expiró el 3.12.2011). Número de identificación nacional: 702092811 (documento de identidad alemán, Bundespersonalausweis, expedido en Ulm, Alemania, que expiró el 6.4.2010). Otros datos: a) miembro de la Unión de la Jihad Islámica (UJI), también conocida como Grupo islámico Jihad; b) detenido en Alemania en junio de 2010. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 18.6.2009.» del epígrafe «Personas físicas» se sustituye por el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Atilla Selek (alias Muaz). Fecha de nacimiento: 28.2.1985. Lugar de nacimiento: Ulm, Alemania. Número de identificación nacional: L1562682 (documento de identidad expedido por la Autoridad para los Extranjeros de Friburgo, Alemania). Dirección: Kurwaldweg 1, 75365 Calw, Alemania. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 18.6.2009.».</p>
  </texto>
</documento>
