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    <identificador>DOUE-L-2013-81039</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20130201</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>23/2013</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Comité Mixto del EEE nº 23/2013, de 1 de febrero de 2013, por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20130530</fecha_publicacion>
    <diario_numero>144</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>29</pagina_inicial>
    <pagina_final>30</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2013/144/L00029-00030.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <materias>
      <materia codigo="71" orden="">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="3428" orden="">Espacio Económico Europeo</materia>
      <materia codigo="5144" orden="">Navegación aérea</materia>
      <materia codigo="6933" orden="">Transportes aéreos</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="10" orden="200">Entrada en vigor: 2 de febrero de 2013, si se cumple lo indicado.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1994-80086" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo XIII del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993.</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) n o 859/2011 de la Comisión, de 25 de agosto de 2011, que modifica en lo que atañe a la carga y al correo aéreos el Reglamento (UE) n o 185/2010, por el que se establecen medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes de seguridad aérea ( 1 ).</p>
    <p class="parrafo">(2) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) n o 173/2012 de la Comisión, de 29 de febrero de 2012, que modifica el Reglamento (UE) n o 185/2010 en lo que atañe a la aclaración y simplificación de determinadas medidas de seguridad aérea ( 2 ).</p>
    <p class="parrafo">(3) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) n o 711/2012 de la Comisión, de 3 de agosto de 2012, que modifica el Reglamento (UE) n o 185/2010, por el que se establecen medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes de seguridad aérea, en lo referente a los métodos utilizados para la inspección de personas que no sean pasajeros y de los objetos transportados por esas personas ( 3 ).</p>
    <p class="parrafo">(4) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución 2011/5862/UE de la Comisión, de 17 de agosto de 2011, que modifica la Decisión 2010/774/UE de la Comisión por la que se establecen medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes de seguridad aérea en lo que atañe a la carga y al correo aéreo.</p>
    <p class="parrafo">(5) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución 2011/9407/UE de la Comisión, de 21 de diciembre de 2011, que modifica la Decisión 2010/774/UE de la Comisión en lo que atañe a la carga y correo aéreo.</p>
    <p class="parrafo">(6) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución 2012/1228/UE de la Comisión, de 29 de febrero de 2012, que modifica la Decisión 2010/774/UE de la Comisión en lo que atañe a la aclaración y simplificación de determinadas medidas de seguridad aérea.</p>
    <p class="parrafo">(7) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución 2012/5672/UE de la Comisión, de 10 de agosto de 2012, que modifica la Decisión 2010/774/UE de la Comisión por la que se establecen medidas detalladas para la aplicación de normas básicas comunes sobre las seguridad aérea en lo que atañe a la carga y al correo aéreo.</p>
    <p class="parrafo">(8) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución 2012/5880/UE de la Comisión, de 23 de agosto de 2012, que modifica la Decisión 2010/774/UE por la que se establecen medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes de seguridad aérea, en lo referente a los métodos utilizados para la inspección de personas que no sean pasajeros y de los objetos transportados por esas personas.</p>
    <p class="parrafo">(9) Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XIII del Acuerdo EEE.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El anexo XIII del Acuerdo EEE queda modificado como sigue:</p>
    <p class="parrafo">1) En el punto 66he [Reglamento (UE) n o 185/2010 de la Comisión], se añaden los siguientes guiones:</p>
    <p class="parrafo">«— 32011 R 0859: Reglamento de Ejecución (UE) n o 859/2011 de la Comisión, de 25 de agosto de 2011 (DO L 220 de 26.8.2011, p. 9).</p>
    <p class="parrafo">— 32012 R 0173: Reglamento de Ejecución (UE) n o 173/2012 de la Comisión, de 29 de febrero de 2012 (DO L 59 de 1.3.2012, p. 1).</p>
    <p class="parrafo">— 32012 R 0711: Reglamento de Ejecución (UE) n o 711/2012 de la Comisión, de 3 de agosto de 2012 (DO L 209 de 4.8.2012, p. 1).».</p>
    <p class="parrafo">2) En el punto 66hf [Decisión C(2010) 774 final de la Comisión], se añaden los siguientes guiones:</p>
    <p class="parrafo">«— 32011 D 5862: Decisión de Ejecución 2011/5862/UE de la Comisión, de 17 de agosto de 2011, que modifica la Decisión 2010/774/UE de la Comisión por la que se establecen medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes de seguridad aérea en lo que atañe a la carga y al correo aéreo.</p>
    <p class="parrafo">_____________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 220 de 26.8.2011, p. 9.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 59 de 1.3.2012, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 209 de 4.8.2012, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">— 32011 D 9407: Decisión de Ejecución 2011/9407/UE de la Comisión, de 21 de diciembre de 2011, que modifica la Decisión 2010/774/UE de la Comisión en lo que atañe a la carga y correo aéreo.</p>
    <p class="parrafo">— 32012 D 1228: Decisión de Ejecución 2012/1228/UE de la Comisión, de 29 de febrero de 2012, que modifica la Decisión 2010/774/UE de la Comisión en lo que atañe a la aclaración y simplificación de determinadas medidas de seguridad aérea.</p>
    <p class="parrafo">— 32012 D 5672: Decisión de Ejecución 2012/5672/UE de la Comisión, de 10 de agosto de 2012, que modifica la Decisión 2010/774/UE de la Comisión por la que se establecen medidas detalladas para la aplicación de normas básicas comunes sobre las seguridad aérea en lo que atañe a la carga y al correo aéreo.</p>
    <p class="parrafo">— 32012 D 5880: Decisión de Ejecución 2012/5880/UE de la Comisión, de 23 de agosto de 2012, que modifica la Decisión 2010/774/UE por la que se establecen medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes de seguridad aérea, en lo referente a los métodos utilizados para la inspección de personas que no sean pasajeros y de los objetos transportados por esas personas.».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los textos de los Reglamentos de Ejecución (CE) n o 859/2011, (UE) n o 173/2012 y (UE) n o 711/2012 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor el 2 de febrero de 2013, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 1 de febrero de 2013.</p>
    <p class="parrafo">Por el Comité Mixto del EEE</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Gianluca GRIPPA</p>
    <p class="parrafo">_________________</p>
    <p class="parrafo">(*) No se han indicado preceptos constitucionales.</p>
  </texto>
</documento>
