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<documento fecha_actualizacion="20241021212215">
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    <identificador>DOUE-L-2013-80766</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20130423</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>374/2013</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento de Ejecución (UE) nº 374/2013 de la Comisión, de 23 de abril de 2013, relativo a la autorización de un preparado de Clostridium butyricum (FERM BP-2789) como aditivo en piensos destinados a pollitas para puesta (el titular de la autorización es Miyarisan Pharmaceutical Co. Ltd., representado por Miyarisan Pharmaceutical Europe S.L.U.).</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20130424</fecha_publicacion>
    <diario_numero>112</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>13</pagina_inicial>
    <pagina_final>14</pagina_final>
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    <fecha_derogacion>20210919</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="76" orden="">Aditivos alimentarios</materia>
      <materia codigo="205" orden="">Alimentos para animales</materia>
      <materia codigo="397" orden="">Autorizaciones</materia>
      <materia codigo="408" orden="">Aves de corral</materia>
      <materia codigo="5579" orden="">Piensos</materia>
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    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-2003-81704" orden="3060">
          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>el Reglamento 1831/2003, de 22 de septiembre</texto>
        </anterior>
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        <posterior referencia="DOUE-L-2021-81192" orden="">
          <palabra codigo="210">SE DEROGA</palabra>
          <texto>, por Reglamento 2021/1411, de 27 de agosto</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-2017-81226" orden="">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>Título y anexo, por Reglamento 2017/1126, de 23 de junio</texto>
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    </referencias>
    <alertas>
      <alerta codigo="105" orden="">Comercio</alerta>
      <alerta codigo="117" orden="">Ganadería y animales</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CE) n o 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal ( 1 ), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El Reglamento (CE) n o 1831/2003 regula la autorización de aditivos en la alimentación animal y establece los motivos y procedimientos para dicha autorización.</p>
    <p class="parrafo">(2) El uso del preparado de Clostridium butyricum (FERM BP- 2789), perteneciente a la categoría «aditivos zootécnicos», fue autorizado durante diez años como aditivo para piensos destinados a pollos de engorde mediante el Reglamento (CE) n o 903/2009 de la Comisión ( 2 ), y a especies menores de aves (excepto aves de puesta), lechones destetados y especies porcinas menores (destetadas), mediante el Reglamento de Ejecución (UE) n o 373/2011 de la Comisión ( 3 ).</p>
    <p class="parrafo">(3) De conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) n o 1831/2003, se presentó una solicitud relativa a un nuevo uso del preparado de Clostridium butyricum (FERM BP- 2789) destinado a pollitas para puesta, en la que se pedía que el aditivo se clasificara en la categoría de «aditivos zootécnicos».</p>
    <p class="parrafo">(4) La solicitud estaba acompañada de la información y documentación exigidas en el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) n o 1831/2003, así como de la información de apoyo pertinente.</p>
    <p class="parrafo">(5) En su dictamen de 11 de diciembre de 2012 ( 4 ), la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») concluyó que, en las condiciones de uso propuestas, el preparado de Clostridium butyricum (FERM BP-2789) no tiene ningún efecto adverso para la salud animal, la salud humana o el medio ambiente. También concluyó que el aditivo puede mejorar el rendimiento de las pollitas para puesta. La Autoridad no considera que sean necesarios requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización. Asimismo, ha verificado el informe sobre el método de análisis del aditivo en los piensos presentado por el laboratorio de referencia establecido por el Reglamento (CE) n o 1831/2003.</p>
    <p class="parrafo">(6) La evaluación del preparado de Clostridium butyricum (FERM BP-2789) muestra que se cumplen los requisitos de autorización establecidos en el artículo 5 del Reglamento (CE) n o 1831/2003. En consecuencia, debe autorizarse el uso de este preparado tal como se especifica en el anexo del presente Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">(7) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Se autoriza el uso como aditivo para alimentación animal del preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos zootécnicos» y al grupo funcional «estabilizadores de la flora intestinal», en las condiciones establecidas en el mismo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 23 de abril de 2013.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">José Manuel BARROSO</p>
    <p class="parrafo">__________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 256 de 29.9.2009, p. 26.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 102 de 16.4.2011, p. 10.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) EFSA Journal 2013; 11 (1):3040.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">Número de identificación del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Nombre del titular de la autorización</p>
    <p class="parrafo">Aditivo</p>
    <p class="parrafo">Composición, fórmula química, descripción y método analítico</p>
    <p class="parrafo">Especie animal o categoría de animales</p>
    <p class="parrafo">Edad máxima</p>
    <p class="parrafo">Contenido mínimo</p>
    <p class="parrafo">Contenido máximo</p>
    <p class="parrafo">Otras disposiciones</p>
    <p class="parrafo">Expiración del período de autorización</p>
    <p class="parrafo">UFC/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %</p>
    <p class="parrafo">Categoría de aditivos zootécnicos. Grupo funcional: estabilizadores de la flora intestinal</p>
    <p class="parrafo">4b1830</p>
    <p class="parrafo">Miyarisan Pharmaceutical Co.Ltd., representado por Miyarisan Pharmaceutical Europe S.L.U.</p>
    <p class="parrafo">Clostridium butyricum (FERM BP-2789)</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Preparado de Clostridium butyricum (FERM BP-2789) con un contenido mínimo de forma sólida: 5 × 108 UFC/g de aditivo</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">Esporas viables de Clostridium butyricum FERM BP-2789</p>
    <p class="parrafo">Método analítico (1 ) Cuantificación: método de vertido en placa basado en la norma ISO 15213. Identificación: método de electroforesis en gel de campo pulsado (PFGE).</p>
    <p class="parrafo">Pollitas para puesta</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">2,5 × 108</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1. En las instrucciones de uso del aditivo y la premezcla, indíquense la temperatura de almacenamiento, el período de conservación y la estabilidad ante la granulación.</p>
    <p class="parrafo">2. Se autoriza el uso en piensos que contengan los coccidiostáticos permitidos: monensina sódica, diclazurilo, salinomicida de sodio o lasalocid de sodio.</p>
    <p class="parrafo">3. Seguridad: utilizar protección respiratoria, gafas y guantes durante la manipulación.</p>
    <p class="parrafo">14 de mayo de 2023</p>
    <p class="parrafo">_______________________</p>
    <p class="parrafo">(1 ) Para mayor información sobre los métodos analíticos, consúltese la siguiente dirección del laboratorio de referencia de los aditivos para piensos de la Unión Europea: http:www.irmm.jrc.be/crl-feed-additives</p>
  </texto>
</documento>
