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<documento fecha_actualizacion="20241021212136">
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    <identificador>DOUE-L-2013-80509</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20121207</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>218/2012</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Comité Mixto del EEE nº 218/2012, de 7 de diciembre de 2012, por la que se modifican el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) y el anexo IV (Energía) del Acuerdo EEE.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20130321</fecha_publicacion>
    <diario_numero>81</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>18</pagina_inicial>
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      <materia codigo="71" orden="">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="253" orden="">Aparatos de uso doméstico</materia>
      <materia codigo="1625" orden="">Consumo de energía</materia>
      <materia codigo="3428" orden="">Espacio Económico Europeo</materia>
      <materia codigo="3493" orden="">Etiquetas</materia>
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      <nota codigo="10" orden="200">Entrada en vigor: 8 de diciembre de 2012, si se cumple lo indicado.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1994-80086" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>los anexos II y IV del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE») y, en particular, su artículo 98,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento Delegado (UE) n o 1059/2010 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2010, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los lavavajillas domésticos ( 1 ).</p>
    <p class="parrafo">(2) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento Delegado (UE) n o 1060/2010 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2010, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los aparatos de refrigeración domésticos ( 2 ).</p>
    <p class="parrafo">(3) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento Delegado (UE) n o 1061/2010 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2010, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al etiquetado energético de las lavadoras domésticas ( 3 ), corregido en el DO L 249 de 27.9.2011, p. 21, y en el DO L 297 de 16.11.2011, p. 72.</p>
    <p class="parrafo">(4) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento Delegado (UE) n o 1062/2010 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2010, por el que se desarrolla la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto del etiquetado energético de las televisiones ( 4 ).</p>
    <p class="parrafo">(5) El Reglamento Delegado (UE) n o 1059/2010 deroga la Directiva 97/17/CE de la Comisión ( 5 ), incorporada al Acuerdo EEE, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo.</p>
    <p class="parrafo">(6) El Reglamento Delegado (UE) n o 1060/2010 deroga la Directiva 94/2/CE de la Comisión ( 6 ), incorporada al Acuerdo EEE, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo.</p>
    <p class="parrafo">(7) El Reglamento Delegado (UE) n o 1061/2010 deroga la Directiva 95/12/CE de la Comisión ( 7 ), incorporada al Acuerdo EEE, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo.</p>
    <p class="parrafo">(8) Procede, por tanto, modificar en consecuencia los anexos II y IV del Acuerdo EEE.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El anexo II del Acuerdo EEE se modifica como sigue:</p>
    <p class="parrafo">1) El texto de los puntos 4a (Directiva 94/2/CE de la Comisión), 4b (Directiva 95/12/CE de la Comisión) y 4f (Directiva 97/17/CE) del capítulo IV se suprime.</p>
    <p class="parrafo">2) Después del punto 4h (Directiva 2002/31/CE de la Comisión) del capítulo IV, se insertan los siguientes puntos:</p>
    <p class="parrafo">«4i. 32010 R 1059: Reglamento Delegado (UE) n o 1059/2010 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2010, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los lavavajillas domésticos (DO L 314 de 30.11.2010, p. 1).</p>
    <p class="parrafo">4j. 32010 R 1060: Reglamento Delegado (UE) n o 1060/2010 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2010, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los aparatos de refrigeración domésticos (DO L 314 de 30.11.2010, p. 17).</p>
    <p class="parrafo">4k. 32010 R 1061: Reglamento Delegado (UE) n o 1061/2010 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2010, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al etiquetado energético de las lavadoras domésticas (DO L 314 de 30.11.2010, p. 47), corregido en el DO L 249 de 27.9.2011, p. 21, y en el DO L 297 de 16.11.2011, p. 72.</p>
    <p class="parrafo">4l. 32010 R 1062: Reglamento Delegado (UE) n o 1062/2010 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2010, por el que se desarrolla la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto del etiquetado energético de las televisiones (DO L 314 de 30.11.2010, p. 64).».</p>
    <p class="parrafo">3) El texto de la sección 1 (Directiva 94/2/CE de la Comisión), sección 2 (Directiva 95/12/CE de la Comisión) y sección 5 (Directiva 97/17/CE de la Comisión) del apéndice I se suprime.</p>
    <p class="parrafo">4) El texto de la sección 1 (Directiva 94/2/CE de la Comisión), sección 2 (Directiva 95/12/CE de la Comisión) y sección 5 (Directiva 97/17/CE de la Comisión) del apéndice 2 se suprime.</p>
    <p class="parrafo">_______________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 314 de 30.11.2010, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 314 de 30.11.2010, p. 17.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 314 de 30.11.2010, p. 47.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 314 de 30.11.2010, p. 64.</p>
    <p class="parrafo">( 5 ) DO L 118 de 7.5.1997, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 6 ) DO L 45 de 17.2.1994, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 7 ) DO L 136 de 21.6.1995, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El anexo IV del Acuerdo EEE se modifica como sigue:</p>
    <p class="parrafo">1) El texto de los puntos 11a (Directiva 94/2/CE de la Comisión), 11b (Directiva 95/12/CE de la Comisión) y 11f (Directiva 97/17/CE de la Comisión) se suprime.</p>
    <p class="parrafo">2) Después del punto 11h (Directiva 2002/31/CE de la Comisión) se insertan los siguientes puntos:</p>
    <p class="parrafo">«11i. 32010 R 1059: Reglamento Delegado (UE) n o 1059/2010 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2010, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los lavavajillas domésticos (DO L 314 de 30.11.2010, p. 1) ( 1 ).</p>
    <p class="parrafo">11j. 32010 R 1060: Reglamento Delegado (UE) n o 1060/2010 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2010, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los aparatos de refrigeración domésticos (DO L 314 de 30.11.2010, p. 17) ( 1 ).</p>
    <p class="parrafo">11k. 32010 R 1061: Reglamento Delegado (UE) n o 1061/2010 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2010, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al etiquetado energético de las lavadoras domésticas (DO L 314 de 30.11.2010, p. 47), corregido en el DO L 249 de 27.9.2011, p. 21, y en el DO L 297 de 16.11.2011, p. 72 ( 1 ).</p>
    <p class="parrafo">11l. 32010 R 1062: Reglamento Delegado (UE) n o 1062/2010 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2010, por el que se desarrolla la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto del etiquetado energético de las televisiones (DO L 314 de 30.11.2010, p. 64) ( 1 ).</p>
    <p class="parrafo">___________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) Enumerado aquí exclusivamente a título informativo, para su aplicación véase el anexo II sobre reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación.».</p>
    <p class="parrafo">3) El texto de la sección 1 (Directiva 94/2/CE de la Comisión), sección 2 (Directiva 95/12/CE de la Comisión) y sección 5 (Directiva 97/17/CE) del apéndice 5 se suprime.</p>
    <p class="parrafo">4) El texto de la sección 1 (Directiva 94/2/CE de la Comisión), sección 2 (Directiva 95/12/CE de la Comisión) y sección 5 (Directiva 97/17/CE) del apéndice 6 se suprime.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Los textos de los Reglamentos Delegados (UE) n o 1059/2010, (UE) n o 1060/2010, (UE) n o 1061/2010, corregidos en el DO L 249 de 27.9.2011, p. 21, y en el DO L 297 de 16.11.2011, p. 72, y (UE) n o 1060/2010, en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor el 8 de diciembre de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE, o en la fecha de la entrada en vigor de la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 217/2012, de 7 de diciembre de 2012 ( 1 ), si esta fuese posterior.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 5</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 7 de diciembre de 2012.</p>
    <p class="parrafo">Por el Comité Mixto del EEE</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Atle LEIKVOLL</p>
    <p class="parrafo">_______________</p>
    <p class="parrafo">(*) No se han indicado preceptos constitucionales.</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) Véase la página 17 del presente Diario Oficial.</p>
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