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<documento fecha_actualizacion="20241021211918">
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    <identificador>DOUE-L-2012-82540</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20121213</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1195/2012</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento de Ejecución (UE) nº 1195/2012 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2012, relativo a la autorización de un preparado de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Trichoderma koningii (MUCL 39203) para pavos de engorde y pavos criados para reproducción (titular de la autorización Lyven).</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20121214</fecha_publicacion>
    <diario_numero>342</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>23</pagina_inicial>
    <pagina_final>24</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2012/342/L00023-00024.pdf</url_pdf>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="76" orden="">Aditivos alimentarios</materia>
      <materia codigo="205" orden="">Alimentos para animales</materia>
      <materia codigo="397" orden="">Autorizaciones</materia>
      <materia codigo="408" orden="">Aves de corral</materia>
      <materia codigo="998" orden="">Comercialización</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2003-81704" orden="3060">
          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>el Reglamento 1831/2003, de 22 de septiembre</texto>
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      <alerta codigo="117" orden="">Ganadería y animales</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CE) n o 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal ( 1 ), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El Reglamento (CE) n o 1831/2003 regula la autorización de aditivos en la alimentación animal y establece los motivos y procedimientos para su concesión.</p>
    <p class="parrafo">(2) El uso de un preparado de endo-1,4-beta-xilanasa (EC 3.2.1.8) producida por Trichoderma koningii (MUCL 39203) fue autorizado sin límite de tiempo para los pollos de engorde mediante el Reglamento (CE) n o 828/2007 de la Comisión ( 2 ).</p>
    <p class="parrafo">(3) De conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) n o 1831/2003, se presentó una solicitud relativa a un nuevo uso del preparado de endo-1,4-beta-xilanasa (EC 3.2.1.8) producida por Trichoderma koningii (MUCL 39203) para pavos de engorde y pavos criados para reproducción, en la que se pedía que los aditivos se clasificaran en la categoría de «aditivos zootécnicos». Dicha solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas con arreglo al artículo 7, apartado 3, del citado Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">(4) La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») concluyó, en su dictamen de 4 de julio de 2012 ( 3 ), que el preparado de endo-1,4-beta-xilanasa (EC 3.2.1.8) producida por Trichoderma koningii (MUCL 39203), en las condiciones de uso propuestas, no tiene efectos adversos para la salud animal, la salud humana ni el medio ambiente, y que puede mejorar el índice de conversión de los pavos de engorde. También consideró que puede extenderse esta conclusión a los pavos criados para reproducción. La Autoridad no considera que sean necesarios requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización. Asimismo, verificó el informe sobre el método de análisis del aditivo para alimentación animal presentado por el laboratorio de referencia contemplado en el Reglamento (CE) n o 1831/2003.</p>
    <p class="parrafo">(5) La evaluación del preparado de endo-1,4-beta-xilanasa (EC 3.2.1.8) producida por Trichoderma koningii (MUCL 39203) muestra que se cumplen las condiciones de autorización establecidas en el artículo 5 del Reglamento (CE) n o 1831/2003. En consecuencia, debe autorizarse el uso de este preparado tal como se especifica en el anexo del presente Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">(6) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal del preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría de los «aditivos zootécnicos» y al grupo funcional de los «digestivos», en las condiciones establecidas en dicho anexo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 13 de diciembre de 2012.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">José Manuel BARROSO</p>
    <p class="parrafo">___________________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 184 de 14.7.2007, p. 12.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) EFSA Journal (2012); 10 (7):2843.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">Número de identificación del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Nombre del titular de la autorización</p>
    <p class="parrafo">Aditivo</p>
    <p class="parrafo">Composición, fórmula química, descripción y método analítico</p>
    <p class="parrafo">Especie o categoría de animales</p>
    <p class="parrafo">Edad máxima</p>
    <p class="parrafo">Contenido mínimo</p>
    <p class="parrafo">Contenido máximo</p>
    <p class="parrafo">Otras disposiciones</p>
    <p class="parrafo">Expiración del período de autorización</p>
    <p class="parrafo">Unidades de actividad por kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %</p>
    <p class="parrafo">Categoría de aditivos zootécnicos. Grupo funcional: digestivos</p>
    <p class="parrafo">4a1642</p>
    <p class="parrafo">Lyven</p>
    <p class="parrafo">Endo-1,4-beta-xilanasa EC 3.2.1.8</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo Preparado de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Trichoderma koningii (MUCL 39203) con una actividad mínima de: forma sólida: 1 500 AXC (1 )/g forma líquida: 200 AXC/ml Caracterización de la sustancia activa endo-1,4-beta-xilanasa producida por Trichoderma koningii (MUCL 39203) Método analítico (2 ) Para la cuantificación de la actividad de endo- 1,4-beta-xilanasa producida por Trichoderma koningii (MUCL 39203) en el pienso: Método colorimétrico basado en la cuantificación de oligómeros coloreados producidos por la acción de endo-1,4-beta-xilanasa en azul brillante de Remazol de xilano a un pH de 4,7 y una temperatura de 30 °C.</p>
    <p class="parrafo">Pavos de engorde</p>
    <p class="parrafo">Pavos criados para reproducción</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">75 AXC</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1. En las instrucciones de uso del aditivo y la premezcla, indíquense la temperatura de almacenamiento, el período de conservación y la estabilidad ante la granulación.</p>
    <p class="parrafo">2. Dosis máxima recomendada por kilogramo de pienso completo para pavos de engorde y pavos criados para reproducción: 100 AXC.</p>
    <p class="parrafo">3. Indicado para su empleo en piensos ricos en polisacáridos no amiláceos (principalmente arabinoxilanos).</p>
    <p class="parrafo">4. Por motivos de seguridad: durante la manipulación es preciso utilizar protección respiratoria, gafas y guantes.</p>
    <p class="parrafo">3 de enero de 2023</p>
    <p class="parrafo">___________________________</p>
    <p class="parrafo">(1 ) 1 AXC es la cantidad de enzima que liberan 17,2 micromoles de azúcares reductores (en equivalentes de maltosa) por minuto a partir de xilano de avena, a un pH de 4,7 y una temperatura de 30 °C.</p>
    <p class="parrafo">(2 ) Puede hallarse información detallada sobre los métodos analíticos en la siguiente dirección del laboratorio de referencia: http://irmm.jrc.ec.europa.eu/EURLs/EURL_feed_additives/Pages/index.aspx</p>
  </texto>
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