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    <identificador>DOUE-L-2012-81431</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20120330</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>55/2012</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Comité Mixto del EEE nº 55/2012, de 30 de marzo de 2012, por la que se modifica el anexo XII (Libre circulación de capitales) del Acuerdo EEE.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20120802</fecha_publicacion>
    <diario_numero>207</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>35</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/2012/207/L00035-00035.pdf</url_pdf>
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      <materia codigo="71" orden="">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="1664" orden="">Contratos</materia>
      <materia codigo="3428" orden="">Espacio Económico Europeo</materia>
      <materia codigo="5343" orden="">Pagos</materia>
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      <nota codigo="10" orden="200">Entrada en vigor: 31 de marzo de 2012, si se cumple lo indicado.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1994-80086" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo XIII del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El anexo XII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 50/2010, de 30 de abril de 2010 ( 1 ).</p>
    <p class="parrafo">(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2011/7/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales ( 2 ).</p>
    <p class="parrafo">(3) La Directiva 2011/7/UE deroga, con efecto a partir del 16 de marzo de 2013, la Directiva 2000/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 3 ), incorporada al Acuerdo, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo con efecto a partir del 16 de marzo de 2013.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En el anexo XII del Acuerdo, el texto del punto 2 (Directiva 2000/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) se sustituye por el siguiente con efecto a partir del 16 de marzo de 2013:</p>
    <p class="parrafo">«32011 L 0007: Directiva 2011/7/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (DO L 48 de 23.2.2011, p. 1).».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los textos de la Directiva 2011/7/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento del EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor el 31 de marzo de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 30 de marzo de 2012.</p>
    <p class="parrafo">Por el Comité Mixto del EEE</p>
    <p class="parrafo">El Presidente en funciones</p>
    <p class="parrafo">Gianluca GRIPPA</p>
    <p class="parrafo">_________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 181 de 15.7.2010, p. 18.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 48 de 23.2.2011, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 200 de 8.8.2000, p. 35.</p>
    <p class="parrafo">(*) Se han indicado preceptos constitucionales.</p>
  </texto>
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