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    <identificador>DOUE-L-2012-80649</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20120418</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>200/2012</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 18 de abril de 2012, que modifica la Decisión 2004/452/CE, por la que se establece una lista de organismos cuyos investigadores pueden acceder, con fines científicos, a datos confidenciales [notificada con el número C(2012) 2291].</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20120420</fecha_publicacion>
    <diario_numero>108</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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      <materia codigo="35" orden="">Acceso a la información</materia>
      <materia codigo="1026" orden="">Comisión Europea</materia>
      <materia codigo="3473" orden="">Estados Unidos de América</materia>
      <materia codigo="4521" orden="">Investigación científica</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2004-81131" orden="2050">
          <palabra codigo="245">SUSTITUYE</palabra>
          <texto>el anexo de la DECISION 2004/452, de 29 de abril</texto>
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      <alerta codigo="129" orden="">Tecnología e investigación</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CE) n o 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativo a la estadística europea ( 1 ), y, en particular, su artículo 23,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El Reglamento (CE) n o 831/2002 de la Comisión, de 17 de mayo de 2002, por el que se aplica el Reglamento (CE) n o 322/97 del Consejo sobre la estadística comunitaria en lo relativo al acceso con fines científicos a datos confidenciales ( 2 ), establece, con objeto de permitir extraer conclusiones estadísticas con fines científicos, las condiciones en que puede concederse el acceso a datos confidenciales transmitidos a la autoridad de la UE y las reglas de cooperación entre la Unión y las autoridades nacionales para facilitar este acceso.</p>
    <p class="parrafo">(2) La Decisión 2004/452/CE de la Comisión ( 3 ) establece una lista de organismos cuyos investigadores pueden acceder, con fines científicos, a datos confidenciales.</p>
    <p class="parrafo">(3) La University of Johannesburg (Sudáfrica); la University of Massachusetts (Massachusetts, Estados Unidos de América); el presidente y los demás miembros de la dirección del Harvard College (Massachusetts, Estados Unidos de América); la Unidad de Economía del Cambio Climático, del Instituto de Energía y Transporte de la Dirección General del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea; la Unidad de la Sociedad de la Información de la Dirección General del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea; la Unidad de Agricultura y Biología en la Economía de la Dirección General del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea; la Unidad de Producción y Consumo Sostenibles de la Dirección General del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea, y la Unidad de Análisis Social de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión de la Comisión Europea deben considerarse organismos que cumplen las condiciones requeridas y, por tanto, deben incluirse en la lista de agencias, organizaciones e instituciones mencionada en el artículo 3, apartado 1, letra e), del Reglamento (CE) n o 831/2002.</p>
    <p class="parrafo">(4) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité del sistema estadístico europeo.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El anexo de la Decisión 2004/452/CE se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 18 de abril de 2012.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Algirdas ŠEMETA</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">_______________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 87 de 31.3.2009, p. 164.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 133 de 18.5.2002, p. 7.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 156 de 30.4.2004, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">«ANEXO</p>
    <p class="parrafo">ORGANISMOS CUYOS INVESTIGADORES PUEDEN ACCEDER, CON FINES CIENTÍFICOS, A DATOS CONFIDENCIALES</p>
    <p class="parrafo">Banco Central Europeo</p>
    <p class="parrafo">Banco Central de España</p>
    <p class="parrafo">Banco Central de Italia</p>
    <p class="parrafo">Cornell University (Nueva York, Estados Unidos de América)</p>
    <p class="parrafo">Department of Political Science, Baruch College, New York City University (Nueva York, Estados Unidos de América)</p>
    <p class="parrafo">Banco Central de Alemania</p>
    <p class="parrafo">Unidad de Análisis del Empleo de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades de la Comisión Europea</p>
    <p class="parrafo">Tel Aviv University (Israel)</p>
    <p class="parrafo">Banco Mundial</p>
    <p class="parrafo">Center of Health and Wellbeing (CHW), Woodrow Wilson School of Public and International Affairs, Princeton University (Nueva Jersey, Estados Unidos de América)</p>
    <p class="parrafo">The University of Chicago, UofC (Illinois, Estados Unidos de América)</p>
    <p class="parrafo">Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE)</p>
    <p class="parrafo">Family and Labour Studies Division, Statistics Canada, Ottawa (Ontario, Canadá)</p>
    <p class="parrafo">Unidad de Econometría y Apoyo Estadístico a la Lucha contra el Fraude (ESAF) del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea</p>
    <p class="parrafo">Unidad de Apoyo al Espacio Europeo de la Investigación (SERA) del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea</p>
    <p class="parrafo">Canada Research Chair, School of Social Science, Atkinson Faculty of Liberal and Professional Studies at York University (Ontario, Canadá)</p>
    <p class="parrafo">University of Illinois at Chicago, UIC (Illinois, Estados Unidos de América)</p>
    <p class="parrafo">Rady School of Management at the University of California, San Diego (California, Estados Unidos de América)</p>
    <p class="parrafo">Direction de l’Animation de la Recherche, des Études et des Statistiques, DARES, Ministerio de Trabajo, Relaciones Sociales y Solidaridad (París, Francia)</p>
    <p class="parrafo">The Research Foundation of State University of New York, RFSUNY, Albany (Nueva York, Estados Unidos de América)</p>
    <p class="parrafo">Eläketurvakeskus, ETK (Finlandia)</p>
    <p class="parrafo">Direction de la Recherche, des Études, de l’Évaluation et des Statistiques, DREES, bajo la autoridad conjunta del Ministerio de Diálogo Social y Solidaridad, el Ministerio de Sanidad, Juventud y Deporte y el Ministerio del Presupuesto, las Cuentas Públicas y la Reforma del Estado (París, Francia)</p>
    <p class="parrafo">Duke University, DUKE (Carolina del Norte, Estados Unidos)</p>
    <p class="parrafo">Kansaneläkelaitos, KELA (Finlandia)</p>
    <p class="parrafo">Hebrew University of Jerusalem, HUJI (Israel)</p>
    <p class="parrafo">Federal Public Service Social Security (Bélgica)</p>
    <p class="parrafo">Sabanci University (Tuzla/Estambul,Turquía)</p>
    <p class="parrafo">McGill University, Montreal (Québec, Canadá)</p>
    <p class="parrafo">Dirección de Servicio Económico y Reformas Estructurales de la Dirección General de Asuntos Económicos y Financieros de la Comisión Europea</p>
    <p class="parrafo">Unidad de Protección Social y Estrategia de Protección e Inclusión Social de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión de la Comisión Europea</p>
    <p class="parrafo">Instituto de Estudios Fiscales (IEF) (Madrid, España)</p>
    <p class="parrafo">University of Johannesburg (Sudáfrica)</p>
    <p class="parrafo">University of Massachusetts (Massachusetts, Estados Unidos de América)</p>
    <p class="parrafo">Presidente y demás miembros de la dirección del Harvard College (Massachusetts, Estados Unidos de América)</p>
    <p class="parrafo">Unidad de Economía del Cambio Climático del Instituto de Energía y Transporte de la Dirección General del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea</p>
    <p class="parrafo">Unidad de la Sociedad de la Información de la Dirección General del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea</p>
    <p class="parrafo">Unidad de Agricultura y Biología en la Economía de la Dirección General del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea</p>
    <p class="parrafo">Unidad de Producción y Consumo Sostenibles de la Dirección General del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea</p>
    <p class="parrafo">Unidad de Análisis Social de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión de la Comisión Europea»</p>
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