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    <identificador>DOUE-L-2011-82598</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20111209</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1288/2011</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento de Ejecución (UE) nº 1288/2011 de la Comisión, de 9 de diciembre de 2011, relativo a la notificación de los precios al por mayor de los plátanos en el marco de la organización común de mercados agrícolas.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20111210</fecha_publicacion>
    <diario_numero>328</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>42</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/2011/328/L00042-00042.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>20111217</fecha_vigencia>
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    <fecha_derogacion>20170711</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="4056" orden="">Importaciones</materia>
      <materia codigo="5622" orden="">Plátanos</materia>
      <materia codigo="5665" orden="">Precios</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde el 1 de enero de 2012.</nota>
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    <referencias>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2011-81142" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 792/2009, de 31 de agosto</texto>
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        <posterior referencia="DOUE-L-2017-81319" orden="">
          <palabra codigo="210">SE DEROGA</palabra>
          <texto>, por Reglamento 2017/1185, de 20 de abril</texto>
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    <alertas>
      <alerta codigo="102" orden="">Alimentación</alerta>
      <alerta codigo="105" orden="">Comercio</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento Único para las OCM) ( 1 ), y, en particular, su artículo 192, leído en relación con su artículo 4,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El Reglamento (CE) n o 2014/2005 de la Comisión, de 9 de diciembre de 2005, relativo a los certificados en el ámbito del régimen a la importación de plátanos en la Comunidad para los plátanos despachados a libre práctica con el derecho arancelario establecido en el arancel aduanero común ( 2 ) ha sido derogado por el Reglamento de Ejecución (UE) n o 1287/2011 de la Comisión ( 3 ) a partir del 1 de enero de 2012. El Reglamento (CE) n o 2014/2005 contiene en su artículo 2, apartado 1, letra a), disposiciones relativas a la notificación de los precios al por mayor de los plátanos amarillos.</p>
    <p class="parrafo">(2) A fin de continuar la supervisión del mercado del plátano, conviene prever que los Estados miembros notifiquen a la Comisión los precios al por mayor de los plátanos amarillos del código NC 0803 90 10, de conformidad con el Reglamento (CE) n o 792/2009 de la Comisión, de 31 de agosto de 2009, que establece las disposiciones de aplicación de la notificación a la Comisión por los Estados miembros de la información y los documentos relacionados con la ejecución de la organización común de mercados, el régimen de pagos directos, la promoción de los productos agrícolas y los regímenes aplicables a las regiones ultraperiféricas y a las islas menores del Mar Egeo ( 4 ).</p>
    <p class="parrafo">(3) En aras de la coherencia con el sector de las frutas y hortalizas, conviene registrar los precios al por mayor de plátanos amarillos en los mercados representativos indicados en el anexo XVII del Reglamento (UE) n o 543/2011 de la Comisión, de 7 de junio de 2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas ( 5 ).</p>
    <p class="parrafo">(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de Gestión de la Organización Común de Mercados Agrícolas.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Los Estados miembros notificarán a la Comisión, a más tardar el miércoles de cada semana, los precios al por mayor de los plátanos amarillos del código NC 0803 90 10, desglosados por país de origen o grupos de países de origen, registrados la semana anterior en los mercados representativos indicados en el anexo XVII del Reglamento (UE) n o 543/2011.</p>
    <p class="parrafo">Las notificaciones contempladas en el párrafo primero se realizarán de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) n o 792/2009.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Será aplicable a partir del 1 de enero de 2012.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, 9 de diciembre de 2011.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">José Manuel BARROSO</p>
    <p class="parrafo">_________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 324 de 10.12.2005, p. 3.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) Véase la página 41 del presente Diario Oficial.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 228 de 1.9.2009, p. 3.</p>
    <p class="parrafo">( 5 ) DO L 157 de 15.6.2011, p. 1.</p>
  </texto>
</documento>
