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<documento fecha_actualizacion="20231226124458">
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    <identificador>DOUE-L-2011-81845</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20110510</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>594/2011</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2011, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo para el ejercicio 2009.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20110927</fecha_publicacion>
    <diario_numero>250</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>201</pagina_inicial>
    <pagina_final>204</pagina_final>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="127" orden="">Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo</materia>
      <materia codigo="5683" orden="">Presupuestos comunitarios</materia>
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      <alerta codigo="127" orden="">Sistema financiero</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="">Unión Europea</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo relativas al ejercicio 2009,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo relativas al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Agencia ( 1 ),</p>
    <p class="parrafo">— Vista la Recomendación del Consejo de 15 de febrero de 2011 (05892/2011 – C7-0052/2011),</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el artículo 276 del Tratado CE y el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y, en particular, su artículo 185,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE) n o 2062/94 del Consejo, de 18 de julio de 1994, por el que se crea una Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo ( 3 ), y, en particular, su artículo 14,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento, — Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales (A7-0104/2011),</p>
    <p class="parrafo">1. Aprueba la gestión del Director de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo en la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2009;</p>
    <p class="parrafo">2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;</p>
    <p class="parrafo">3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al Director de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Jerzy BUZEK</p>
    <p class="parrafo">El Secretario General</p>
    <p class="parrafo">Klaus WELLE</p>
    <p class="parrafo">___________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO C 338 de 14.12.2010, p. 46.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 216 de 20.8.1994, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.</p>
    <p class="parrafo">RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO</p>
    <p class="parrafo">de 10 de mayo de 2011</p>
    <p class="parrafo">que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo para el ejercicio 2009</p>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo relativas al ejercicio 2009,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo relativas al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Agencia ( 1 ),</p>
    <p class="parrafo">— Vista la Recomendación del Consejo de 15 de febrero de 2011 (05892/2011 – C7-0052/2011),</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el artículo 276 del Tratado CE y el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y, en particular, su artículo 185,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE) n o 2062/94 del Consejo, de 18 de julio de 1994, por el que se crea una Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo ( 3 ), y, en particular, su artículo 14,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales (A7-0104/2011),</p>
    <p class="parrafo">A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2009 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares;</p>
    <p class="parrafo">B. Teniendo en cuenta que el 5 de mayo de 2010 el Parlamento aprobó la gestión del Director de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo en la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2008 ( 5 ), y que, en su Resolución aneja a la decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento señaló, en particular, que:</p>
    <p class="parrafo">— la Agencia prorrogó 3 400 000 EUR (es decir, el 44 % de sus créditos operativos), de los cuales, aproximadamente 1 000 000 EUR correspondía a compromisos referidos íntegramente al ejercicio 2009,</p>
    <p class="parrafo">— el Tribunal de Cuentas detectó una irregularidad en un procedimiento de contratación (utilización de un contrato marco por encima de su montante máximo previsto);</p>
    <p class="parrafo">____________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO C 338 de 14.12.2010, p. 46.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 216 de 20.8.1994, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.</p>
    <p class="parrafo">( 5 ) DO L 252 de 25.9.2010, p. 187.</p>
    <p class="parrafo">C. Tomando nota de que el presupuesto de la Agencia relativo al ejercicio 2009 ascendía a 15 100 000 EUR, lo que supuso un incremento del 0,6 % con respecto al ejercicio 2008,</p>
    <p class="parrafo">Resultados</p>
    <p class="parrafo">1. Reitera su petición a la Agencia para que presente, en un esquema adjuntado al próximo informe del Tribunal de Cuentas, un cuadro comparativo entre las operaciones llevadas a cabo durante el ejercicio que nos ocupa y las efectuadas durante el ejercicio precedente, a fin de facilitar a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria la tarea de comparar el rendimiento de la Agencia de un año a otro;</p>
    <p class="parrafo">2. Celebra el plan de la Agencia de elaborar un pronóstico del impacto que las innovaciones tecnológicas en «empleos verdes» tendrán de aquí a 2020 en los ámbitos de la seguridad y la salud; toma nota de la recogida de datos relativos a la seguridad y la salud de las mujeres en el trabajo; Administración de la Agencia</p>
    <p class="parrafo">3. Señala que los costes fijos de gobernanza de la Agencia ascienden al 1,35 % de su presupuesto, toda vez que su Consejo de administración se compone de 84 miembros y la plantilla de 64 empleados (datos del ejercicio 2008); subraya que esta situación se deriva del Reglamento de base (CE) n o 2062/94, que prevé un Consejo de administración tripartito, en la medida en que en él figuran incluidos los interlocutores sociales; señala que, en la práctica, el trabajo cotidiano de la Agencia lo efectúa una mesa de 11 Estados miembros designada por el consejo de administración; Créditos prorrogados</p>
    <p class="parrafo">4. Expresa su preocupación por el hecho de que, una vez más, el Tribunal de Cuentas informe de prórrogas por un montante de 3 500 000 EUR (es decir, el 47 % de los compromisos) de las actividades operativas (título III) del ejercicio 2009 al ejercicio 2010; considera que esta situación indica retrasos en la ejecución de las actividades de la Agencia y que contraviene el principio presupuestario de anualidad; reconoce que el problema se debe en parte al carácter plurianual de los proyectos importantes; reconoce, sin embargo, que a principios de 2010 la Agencia estableció un mecanismo mensual de información para controlar la ejecución de las actividades previstas en su programa de trabajo anual, junto a los aspectos presupuestarios de la misma; 5. Pide a la Agencia que trate de reducir la creciente tasa de cancelaciones e informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria de las medidas adoptadas; acoge con satisfacción la promesa de la Agencia de prestar particular atención a los compromisos pendientes a final de ejercicio y la posibilidad de anular compromisos no necesarios y cubrir las obligaciones financieras y legales correspondientes;</p>
    <p class="parrafo">Auditoría interna</p>
    <p class="parrafo">6. Celebra la iniciativa de la Agencia de facilitar a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria el informe anual de auditoría interna relativo a la Agencia elaborado por el Servicio de Auditoría Interna (SAI); considera que se trata de un indicador de transparencia y un ejemplo de buena práctica que deberían seguir también las demás agencias;</p>
    <p class="parrafo">7. Felicita a la Agencia por este considerable progreso; reconoce que todas las recomendaciones del Servicio de Auditoría Interna a la Agencia calificadas de «muy importantes» se pusieron debidamente en práctica y se cerraron, con excepción de la recomendación relativa a la validación de los planes contables, recalificada como «importante» únicamente, debido a su aplicación parcial; pide al contable de la Agencia que describa la metodología empleada en la validación de su sistema de contabilidad; apoya la idea de impulsar el desarrollo de la cooperación a través de la red de contables de las agencias con el objeto de que formulen requisitos comunes y desarrollen una metodología común para la validación de los planes contables de las agencias;</p>
    <p class="parrafo">8. Pide a la Agencia que revise las listas de control con miras a cerciorarse de que responden a las especificidades de las distintas transacciones financieras y que las haga accesibles a todo el personal;</p>
    <p class="parrafo">9. Pide a la Agencia, asimismo, que concluya/actualice sus procedimientos de documentación; pide a la Agencia, en particular, que elabore una lista exhaustiva de las principales operaciones por conformar a los procedimientos requeridos, y que esta lista se actualice regularmente;</p>
    <p class="parrafo">Papel del coordinador de la red de agencias</p>
    <p class="parrafo">10. Felicita a la Agencia por su eficaz trabajo de coordinación de la red de agencias durante el procedimiento de aprobación de la gestión relativa al año 2009;</p>
    <p class="parrafo">11. Remite, en relación con las demás observaciones de carácter horizontal que acompañan a la decisión de aprobación de la gestión, a su Resolución de 10 de mayo de 2011 ( 1 ) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las Agencias.</p>
    <p class="parrafo">______________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) Textos aprobados, P7_TA (2011)0163 (véase la página 269 del presente Diario Oficial).</p>
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