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    <identificador>DOUE-L-2011-81520</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20110802</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>769/2011</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento de Ejecución (UE) nº 769/2011 de la Comisión, de 2 de agosto de 2011, por el que se establece un coeficiente de asignación para las ayudas excepcionales de la Unión, de carácter temporal, al sector de las frutas y hortalizas.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20110803</fecha_publicacion>
    <diario_numero>200</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>18</pagina_inicial>
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    <fecha_vigencia>20110803</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="170" orden="">Agrupaciones de productores agrarios</materia>
      <materia codigo="420" orden="">Ayudas</materia>
      <materia codigo="5741" orden="">Productos hortícolas</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2011-81163" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 585/2011, de 17 de junio</texto>
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      <alerta codigo="101" orden="">Agricultura</alerta>
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    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) ( 1 ),</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento de Ejecución (UE) n o 585/2011 de la Comisión, de 17 de junio de 2011 , que establece, con carácter temporal, medidas excepcionales de apoyo al sector de las frutas y hortalizas ( 2 ), y, en particular, su artículo 7, apartado 3,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El Reglamento de Ejecución (UE) n o 585/2011 de la Comisión estableció medidas de ayuda excepcionales de carácter temporal para el sector de las frutas y hortalizas tras un brote de Escherichia coli (E. coli) en Alemania que provocó una importante perturbación del mercado de las frutas y hortalizas de la Unión.</p>
    <p class="parrafo">(2) De la información notificada por los Estados miembros de conformidad con el artículo 7, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) n o 585/2011 de la Comisión, resulta que las solicitudes de ayudas de la Unión [no] han superado el importe máximo establecido en el artículo 2 de dicho Reglamento. Por lo tanto, tiene que fijarse un coeficiente de asignación del 100 % para dichas solicitudes.</p>
    <p class="parrafo">(3) Por razones de transparencia, debe informarse rápidamente del coeficiente de asignación fijado por la Comisión a las organizaciones de productores y los productores no miembros que hayan solicitado ayudas de la Unión. Por ello, y a fin de asegurar la eficiencia en la gestión de la medida, el presente Reglamento debe entrar en vigor el día de su publicación.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Las solicitudes de ayudas de la Unión recibidas por los Estados miembros en el período comprendido entre el 26 de mayo de 2011 y el 30 de junio de 2011 y notificadas a la Comisión por las autoridades competentes de los Estados miembros con arreglo al artículo 7, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) n o 585/2011 se aceptarán aplicando un coeficiente de asignación del 100 %.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 2 de agosto de 2011.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión, en nombre del Presidente</p>
    <p class="parrafo">José Manuel SILVA RODRÍGUEZ</p>
    <p class="parrafo">Director General de Agricultura y Desarrollo Rural</p>
    <p class="parrafo">_________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 160 de 18.6.2011, p. 71.</p>
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