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<documento fecha_actualizacion="20241021205647">
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    <identificador>DOUE-L-2010-80819</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20100505</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>382/2010</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (UE) nº 382/2010 de la Comisión, de 5 de mayo de 2010, sobre la denegación de autorización de determinadas declaraciones de propiedades saludables en los alimentos, distintas de las relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20100506</fecha_publicacion>
    <diario_numero>113</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="200" orden="">Alimentación</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2006-82775" orden="3060">
          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>el Reglamento 1924/2006, de 20 de diciembre</texto>
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      <alerta codigo="102" orden="">Alimentación</alerta>
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      <alerta codigo="112" orden="">Derecho Mercantil</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CE) n o 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos ( 1 ), y, en particular, su artículo 18, apartado 5,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) En el Reglamento (CE) n o 1924/2006 se establece que están prohibidas las declaraciones de propiedades saludables en los alimentos a no ser que las autorice la Comisión de conformidad con ese mismo Reglamento y las incluya en una lista de declaraciones autorizadas.</p>
    <p class="parrafo">(2) En el Reglamento (CE) n o 1924/2006 también se establece que los explotadores de empresas alimentarias pueden presentar solicitudes de autorización de declaraciones de propiedades saludables a la autoridad nacional competente de un Estado miembro, que, a su vez, las transmitirá a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, EFSA (en lo sucesivo, «la Autoridad»).</p>
    <p class="parrafo">(3) La Autoridad, cuando recibe una solicitud, debe informar sin demora a los demás Estados miembros y a la Comisión al respecto y emitir un dictamen sobre la declaración de propiedades saludables en cuestión.</p>
    <p class="parrafo">(4) La Comisión debe tomar una decisión sobre la autorización de las declaraciones de propiedades saludables teniendo en cuenta el dictamen emitido por la Autoridad.</p>
    <p class="parrafo">(5) A raíz de una solicitud presentada por The Natural Push- Up Company el 28 de noviembre de 2008 con arreglo al artículo 13, apartado 5, del Reglamento (CE) n o 1924/2006, se pidió a la Autoridad que emitiera un dictamen sobre una declaración de propiedades saludables relativa a los efectos de las pastillas Natural Push- Up® y las cápsulas Natural Push-Up® en el aumento del pecho femenino (pregunta n o EFSA-Q-2008-784) ( 2 ). La declaración propuesta por el solicitante estaba redactada de la manera siguiente: «Las pastillas NPU imitan el proceso de aumento del pecho femenino gracias al 8-PN (8- Prenilnaringenino)».</p>
    <p class="parrafo">(6) El 5 de junio de 2009, la Comisión y los Estados miembros recibieron el dictamen científico de la Autoridad, en el que llegaba a la conclusión de que, sobre la base de los datos presentados, no se había establecido una relación de causa-efecto entre el consumo de pastillas Natural Push-Up® y de cápsulas Natural Push-Up® y el efecto declarado. Por lo tanto, la declaración no cumple los requisitos del Reglamento (CE) n o 1924/2006 y no debe autorizarse.</p>
    <p class="parrafo">(7) A raíz de una solicitud presentada por Clasado Ltd. el 29 de diciembre de 2008 con arreglo al artículo 13, apartado 5, del Reglamento (CE) n o 1924/2006, se pidió a la Autoridad que emitiera un dictamen sobre una declaración de propiedades saludables relativa a los efectos de Bimuno BT (BGOS) Prebiótico en el mantenimiento de la función gastro-intestinal sana (pregunta n o EFSA-Q- 2009-00231) ( 3 ). La declaración propuesta por el solicitante estaba redactada de la manera siguiente: «Ayuda a mantener la función gastro-intestinal sana».</p>
    <p class="parrafo">(8) El 7 de julio de 2009, la Comisión y los Estados miembros recibieron el dictamen científico de la Autoridad, en el que llegaba a la conclusión de que, sobre la base de los datos presentados, no se había establecido una relación de causa-efecto entre el consumo de Bimuno BT (BGOS) Prebiótico y el efecto declarado. Por lo tanto, la declaración no cumple los requisitos del Reglamento (CE) n o 1924/2006 y no debe autorizarse.</p>
    <p class="parrafo">_______________________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 404 de 30.12.2006, p. 9.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) The EFSA Journal (2009) 1100, pp. 1-9.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) The EFSA Journal (2009) 1107, pp. 1-10.</p>
    <p class="parrafo">(9) A raíz de una solicitud presentada por Clasado Ltd. el 15 de julio de 2008 con arreglo al artículo 13, apartado 5, del Reglamento (CE) n o 1924/2006, se pidió a la Autoridad que emitiera un dictamen sobre una declaración de propiedades saludables relativa a los efectos de Bimuno BT (BGOS) Prebiótico en el refuerzo del sistema inmunitario (pregunta n o EFSA-Q-2009-00230) ( 1 ). La declaración propuesta por el solicitante estaba redactada de la manera siguiente: «Refuerza tus defensas naturales».</p>
    <p class="parrafo">(10) El 7 de julio de 2009, la Comisión y los Estados miembros recibieron el dictamen científico de la Autoridad, en el que llegaba a la conclusión de que, sobre la base de los datos presentados, no se había establecido una relación de causa-efecto entre el consumo de Bimuno BT (BGOS) Prebiótico y el efecto declarado. Por lo tanto, la declaración no cumple los requisitos del Reglamento (CE) n o 1924/2006 y no debe autorizarse.</p>
    <p class="parrafo">(11) A raíz de una solicitud presentada por Sunstar Suiza SA el 4 de febrero de 2009 con arreglo al artículo 13, apartado 5, del Reglamento (CE) n o 1924/2006, se pidió a la Autoridad que emitiera un dictamen sobre una declaración de propiedades saludables relativa a los efectos de las pastillas y los chicles Gum Periobalance TM en la salud bucodental (pregunta n o EFSA-Q-2009-00373) ( 2 ). La declaración propuesta por el solicitante estaba redactada de la manera siguiente: «Gum Periobalance TM combinado con una correcta higiene bucodental contribuye a reequilibrar la microflora de la boca y a mejorar la salud bucodental ».</p>
    <p class="parrafo">(12) El 20 julio 2009, la Comisión y los Estados miembros recibieron el dictamen científico de la Autoridad, en el que llegaba a la conclusión de que, sobre la base de los datos presentados, no se había establecido una relación de causa-efecto entre el consumo de tabletas y chicles Gum Periobalance TM y el efecto declarado. Por lo tanto, la declaración no cumple los requisitos del Reglamento (CE) n o 1924/2006 y no debe autorizarse.</p>
    <p class="parrafo">(13) Las medidas previstas en el presente Reglamento tienen en cuenta las observaciones de los solicitantes y los miembros del público que ha recibido la Comisión de conformidad con el artículo 16, apartado 6, del Reglamento (CE) n o 1924/2006.</p>
    <p class="parrafo">(14) Las declaraciones de propiedades saludables a que hace referencia el artículo 13, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) n o 1924/2006 están sujetas a las medidas transitorias previstas en el artículo 28, apartado 5, del citado Reglamento siempre y cuando se ajusten a lo establecido en el mismo, entre otras cosas que sean conformes con el Reglamento. En cuanto a las cuatro declaraciones a que se refiere el presente Reglamento, la Autoridad llegó a la conclusión de que no se había demostrado una relación de causa-efecto entre el consumo de los alimentos y los efectos declarados y, por no cumplir lo dispuesto en el Reglamento (CE) n o 1924/2006, no pueden acogerse al período de transición previsto en el artículo 28, apartado 5, de dicho Reglamento. Se prevé un período transitorio de seis meses a fin de que los explotadores de empresas alimentarias puedan adaptarse a los requisitos establecidos en el presente Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">(15) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal, y ni el Parlamento Europeo ni el Consejo se han opuesto a ellas.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Las declaraciones de propiedades saludables que figuran en el anexo del presente Reglamento no se incluirán en la lista comunitaria de declaraciones permitidas a que se refiere el artículo 13, apartado 3, del Reglamento (CE) n o 1924/2006.</p>
    <p class="parrafo">No obstante, podrán seguir utilizándose durante los seis meses siguientes a la entrada en vigor del presente Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 5 de mayo de 2010.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">José Manuel BARROSO</p>
    <p class="parrafo">________________________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) The EFSA Journal (2009) 1106, pp. 1-8.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) The EFSA Journal (2009) 1178, pp. 1-8.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">Declaraciones de propiedades saludables denegadas</p>
    <p class="parrafo">Solicitud: Disposición pertinente del Reglamento (CE) n o 1924/2006</p>
    <p class="parrafo">Nutriente, sustancia, alimento o categoría de alimentos</p>
    <p class="parrafo">Declaración</p>
    <p class="parrafo">Referencia del dictamen de la EFSA</p>
    <p class="parrafo">Artículo 13, apartado 5: declaración de propiedades saludables basada en pruebas científicas recientemente obtenidas o que incluyan una solicitud de protección de los datos sujetos a derechos de propiedad industrial</p>
    <p class="parrafo">Pastillas Natural Push-Up® y cápsulas Natural Push-Up®</p>
    <p class="parrafo">Las tabletas NPU imitan el proceso de aumento del pecho femenino gracias a 8-PN (8-Prenilnaringenino).</p>
    <p class="parrafo">Q-2008-784</p>
    <p class="parrafo">Artículo 13, apartado 5: declaración de propiedades saludables basada en pruebas científicas recientemente obtenidas o que incluyan una solicitud de protección de los datos sujetos a derechos de propiedad industrial Bimuno BT (BGOS) Prebiótico</p>
    <p class="parrafo">Ayuda a mantener la función gastro-intestinal sana.</p>
    <p class="parrafo">Q-2009-00231</p>
    <p class="parrafo">Artículo 13, apartado 5: declaración de propiedades saludables basada en pruebas científicas recientemente obtenidas o que incluyan una solicitud de protección de los datos sujetos a derechos de propiedad industrial Bimuno BT (BGOS) Prebiótico</p>
    <p class="parrafo">Refuerza tus defensas naturales.</p>
    <p class="parrafo">Q-2009-00230</p>
    <p class="parrafo">Artículo 13, apartado 5: declaración de propiedades saludables basada en pruebas científicas recientemente obtenidas o que incluyan una solicitud de protección de los datos sujetos a derechos de propiedad industrial Pastillas y chicles Gum Periobalance TM</p>
    <p class="parrafo">Gum Periobalance TM combinado con una correcta higiene bucodental contribuye a reequilibrar la microflora de la boca y a mejorar la salud bucodental.</p>
    <p class="parrafo">Q-2009-00373</p>
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