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<documento fecha_actualizacion="20241021205642">
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    <identificador>DOUE-L-2010-80712</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20100426</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>244/2010</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 26 de abril de 2010, por la que se reconoce, en principio, la conformidad documental de los expedientes presentados para su examen detallado con vistas a la posible inclusión del 1,4-dimetilnaftaleno y el ciflumetofeno en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo [notificada con el número C(2010) 2518].</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20100429</fecha_publicacion>
    <diario_numero>107</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>22</pagina_inicial>
    <pagina_final>23</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2010/107/L00022-00023.pdf</url_pdf>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="998" orden="">Comercialización</materia>
      <materia codigo="5739" orden="">Productos fitosanitarios</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1991-81174" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Directiva 91/414, de 15 de julio</texto>
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      <alerta codigo="101" orden="">Agricultura</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista la Directiva 91/414/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, relativa a la comercialización de productos fitosanitarios ( 1 ), y, en particular, su artículo 6, apartado 3,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) La Directiva 91/414/CEE establece la elaboración de una lista de la Unión Europea de sustancias activas autorizadas para su uso en productos fitosanitarios.</p>
    <p class="parrafo">(2) El 25 de junio de 2009, la empresa DormFresh Ltd presentó a las autoridades de los Países Bajos un expediente relativo a la sustancia activa 1,4-dimetilnaftaleno, junto con una solicitud de inclusión de dicha sustancia en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE.</p>
    <p class="parrafo">(3) El 21 julio 2009, la empresa Otsuka Chemical Co. Ltd presentó a las autoridades de los Países Bajos un expediente relativo a la sustancia activa ciflumetofeno, junto con una solicitud de inclusión de dicha sustancia en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE.</p>
    <p class="parrafo">(4) Las autoridades de los Países Bajos han notificado a la Comisión que, tras un examen preliminar, parece que los expedientes de estas sustancias activas cumplen los requisitos sobre datos e información establecidos en el anexo II de la Directiva 91/414/CEE. Asimismo, parece que los expedientes presentados cumplen los requisitos sobre datos e información establecidos en el anexo III de la Directiva 91/414/CEE por lo que respecta a un producto fitosanitario que contenga las sustancias activas en cuestión.</p>
    <p class="parrafo">Posteriormente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2, apartado 6, de la Directiva 91/414/CEE, los expedientes fueron transmitidos por los respectivos solicitantes a la Comisión y a los demás Estados miembros, y se sometieron a la consideración del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.</p>
    <p class="parrafo">(5) Mediante la presente Decisión procede confirmar oficialmente a nivel de la Unión Europea que, en principio, los expedientes cumplen los requisitos sobre datos e información establecidos en el anexo II de la Directiva 91/414/CEE, así como, al menos en relación con un producto fitosanitario que contenga las sustancias activas correspondientes, los requisitos establecidos en el anexo III de dicha Directiva.</p>
    <p class="parrafo">(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Los expedientes relativos a las sustancias activas recogidas en el anexo de la presente Decisión, presentados a la Comisión y los Estados miembros con vistas a la inclusión de dichas sustancias en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE, cumplen en principio los requisitos sobre datos e información establecidos en el anexo II de dicha Directiva.</p>
    <p class="parrafo">Los expedientes cumplen asimismo los requisitos sobre información establecidos en el anexo III de la Directiva 91/414/CEE en relación con un producto fitosanitario que contiene la sustancia activa, habida cuenta de los usos propuestos.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El Estado miembro ponente proseguirá con el examen detallado de los expedientes mencionados en el artículo 1 y comunicará a la Comisión, con la mayor brevedad y a más tardar el 30 de abril de 2011, las conclusiones de sus exámenes, así como las recomendaciones sobre la inclusión o no inclusión en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE de las sustancias activas mencionadas en el artículo 1 y las condiciones para dicha inclusión.</p>
    <p class="parrafo">____________________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 230 de 19.8.1991, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 26 de abril de 2010.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">John DALLI</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">SUSTANCIAS ACTIVAS CONTEMPLADAS EN LA PRESENTE DECISIÓN</p>
    <p class="parrafo">N o</p>
    <p class="parrafo">Denominación común y número de identificación del CICAP</p>
    <p class="parrafo">Solicitante</p>
    <p class="parrafo">Fecha de la solicitud</p>
    <p class="parrafo">Estado miembro ponente</p>
    <p class="parrafo">1</p>
    <p class="parrafo">1,4-dimetilnaftaleno N o CICAP: sin asignar DormFresh Ltd</p>
    <p class="parrafo">25 de junio de 2009</p>
    <p class="parrafo">NL</p>
    <p class="parrafo">2</p>
    <p class="parrafo">Ciflumetofeno N o CICAP: 821</p>
    <p class="parrafo">Otsuka Chemical Co. Ltd</p>
    <p class="parrafo">21 de julio de 2009</p>
    <p class="parrafo">NL</p>
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</documento>
