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<documento fecha_actualizacion="20241021205626">
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    <identificador>DOUE-L-2010-80655</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20100421</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>327/2010</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (UE) nº 327/2010 de la Comisión, de 21 de abril de 2010, relativo a la autorización de un nuevo uso de 3-fitasa como aditivo en la alimentación animal para todas las especies menores de aves, distintas de los patos, y para las aves ornamentales (titular de la autorización: BASF SE).</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20100422</fecha_publicacion>
    <diario_numero>100</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_derogacion>20200227</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="76" orden="">Aditivos alimentarios</materia>
      <materia codigo="205" orden="">Alimentos para animales</materia>
      <materia codigo="235" orden="">Animales de compañía</materia>
      <materia codigo="397" orden="">Autorizaciones</materia>
      <materia codigo="407" orden="">Aves</materia>
      <materia codigo="998" orden="">Comercialización</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2003-81704" orden="3060">
          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>el Reglamento 1831/2003, de 22 de septiembre</texto>
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          <palabra codigo="210">SE DEROGA</palabra>
          <texto>, por Reglamento 2020/172, de 6 de febrero</texto>
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      <alerta codigo="105" orden="">Comercio</alerta>
      <alerta codigo="117" orden="">Ganadería y animales</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CE) n o 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal ( 1 ), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El Reglamento (CE) n o 1831/2003 regula la autorización del uso de aditivos en la alimentación animal y los motivos y procedimientos para su concesión.</p>
    <p class="parrafo">(2) Se ha presentado una solicitud de autorización del preparado que figura en el anexo del presente Reglamento de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento (CE) n o 1831/2003. Esta solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas en el apartado 3 del citado artículo.</p>
    <p class="parrafo">(3) La solicitud se refiere a la autorización de un nuevo uso de 3-fitasa, un preparado enzimático producido por Aspergillus niger (CBS 101.672), como aditivo en la alimentación animal para las especies menores de aves y las aves ornamentales, que se clasificará en la categoría de «aditivos zootécnicos».</p>
    <p class="parrafo">(4) El uso de ese preparado fue autorizado para lechones destetados, cerdos de engorde y pollos de engorde mediante el Reglamento (CE) n o 243/2007 de la Comisión ( 2 ), para gallinas ponedoras y pavos de engorde mediante el Reglamento (CE) n o 1142/2007 de la Comisión ( 3 ), para patos mediante el Reglamento (CE) n o 165/2008 de la Comisión ( 4 ) y para cerdas mediante el Reglamento (CE) n o 505/2008 de la Comisión ( 5 ).</p>
    <p class="parrafo">(5) Se han presentado nuevos datos en apoyo de la solicitud de autorización para especies menores de aves y aves ornamentales. En su dictamen de 9 de diciembre de 2009 ( 6 ), la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (en lo sucesivo, «la Autoridad») concluyó que la 3-fitasa no tiene efectos adversos para la sanidad animal, la salud humana ni el medio ambiente, y que resulta eficaz para mejorar la digestibilidad de los piensos. La Autoridad no considera que haya necesidad de requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización. Asimismo, verificó el informe sobre el método de análisis del aditivo para alimentación animal en los piensos que presentó el laboratorio comunitario de referencia establecido por el Reglamento (CE) n o 1831/2003.</p>
    <p class="parrafo">(6) La evaluación de la 3-fitasa muestra que se cumplen los requisitos de autorización establecidos en el artículo 5 del Reglamento (CE) n o 1831/2003. En consecuencia, debe autorizarse el uso de este preparado según se especifica en el anexo del presente Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">(7) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal del preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría «aditivos zootécnicos» y al grupo funcional «digestivos», en las condiciones establecidas en dicho anexo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 21 de abril de 2010.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">José Manuel BARROSO</p>
    <p class="parrafo">____________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 73 de 13.3.2007, p. 4.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) DO L 256 de 2.10.2007, p. 20.</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) DO L 50 de 23.2.2008, p. 8.</p>
    <p class="parrafo">( 5 ) DO L 149 de 7.6.2008, p. 33.</p>
    <p class="parrafo">( 6 ) The EFSA Journal 2010; 8 (1):1427.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">Número de identificación del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Nombre del titular de la autorización</p>
    <p class="parrafo">Aditivo</p>
    <p class="parrafo">Composición, fórmula química, descripción y método analítico</p>
    <p class="parrafo">Especie o categoría de animales</p>
    <p class="parrafo">Edad máxima</p>
    <p class="parrafo">Contenido mínimo</p>
    <p class="parrafo">Contenido máximo</p>
    <p class="parrafo">Otras disposiciones</p>
    <p class="parrafo">Final del período de autorización</p>
    <p class="parrafo">Unidades de actividad por kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %</p>
    <p class="parrafo">Categoría de aditivos zootécnicos. Grupo funcional: digestivos.</p>
    <p class="parrafo">4a1600</p>
    <p class="parrafo">BASF SE</p>
    <p class="parrafo">3-fitasa</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo: 3-fitasa (EC 3.1.3.8) producida por Aspergillus niger (CBS 101 672) con una actividad mínima de:</p>
    <p class="parrafo">Forma sólida: 5 000 FTU (1 )/g</p>
    <p class="parrafo">Forma líquida: 5 000 FTU/ml</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa:</p>
    <p class="parrafo">3-fitasa (EC 3.1.3.8) producida por Aspergillus niger (CBS 101 672)</p>
    <p class="parrafo">Método analítico (2 ): Método colorimétrico que mide el fosfato inorgánico liberado por la enzima a partir de sustrato de fitato.</p>
    <p class="parrafo">Aves ornamentales y todas las especies menores de aves distintas de los patos</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">250 FTU</p>
    <p class="parrafo">1. En las instrucciones de uso del aditivo y la premezcla, indíquese la temperatura de almacenamiento, el período de conservación y la estabilidad ante la granulación.</p>
    <p class="parrafo">2. Dosis recomendada por kilogramo de pienso completo para todas las especies: 300-500 FTU.</p>
    <p class="parrafo">3. Indicado para el uso en piensos que contengan más del 0,23 % de fósforo combinado</p>
    <p class="parrafo">con fitina.</p>
    <p class="parrafo">12.5.2020</p>
    <p class="parrafo">_______________</p>
    <p class="parrafo">(1 ) 1 FTU es la cantidad de enzima que libera 1 micromol de fosfato inorgánico por minuto a partir de fitato de sodio, a un pH de 5,5 y una temperatura de 37 °C.</p>
    <p class="parrafo">(2 ) Para mayor información sobre los métodos analíticos, consúltese la siguiente dirección del laboratorio comunitario de referencia: www.irmm.jrc.be/crl-feed-additives</p>
  </texto>
</documento>
