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    <identificador>DOUE-L-2010-80540</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20100323</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>246/2010</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (UE) nº 246/2010 de la Comisión, de 23 de marzo de 2010, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 989/89 en lo relativo a la clasificación de los chalecos acolchados en la nomenclatura combinada.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20100324</fecha_publicacion>
    <diario_numero>77</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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      <materia codigo="266" orden="">Arancel Aduanero Común</materia>
      <materia codigo="878" orden="">Código Aduanero</materia>
      <materia codigo="4056" orden="">Importaciones</materia>
      <materia codigo="5157" orden="">Nomenclatura</materia>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CEE) n o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común ( 1 ), y, en particular, su artículo 9, apartado 1,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El Reglamento (CEE) n o 989/89 de la Comisión ( 2 ), establece los criterios de clasificación aplicables a los anoraks (incluidas las chaquetas de esquí), cazadoras y artículos similares de los códigos NC 6101, 6102, 6201 y 6202.</p>
    <p class="parrafo">(2) Las prendas incluidas en las partidas mencionadas suelen llevarse sobre otras prendas de vestir y brindan protección contra el frío (véanse las notas explicativas del sistema armonizado correspondientes a las partidas 6101, 6102, 6201 y 6202, primer párrafo) y, por consiguiente, tanto los anoraks (incluidas las chaquetas de esquí), como las cazadoras y artículos similares correspondientes a esas partidas deben ir provistos de manga larga. Ahora bien, pese a no llevar mangas, los chalecos acolchados deben quedar comprendidos en dichas partidas, ya que se utilizan sobre otras prendas como protección contra el frío y debido al acolchado que presentan (véanse asimismo las notas explicativas a la nomenclatura combinada correspondientes a las partidas 6101, 6102, 6201 y 6202,segundo párrafo).</p>
    <p class="parrafo">(3) Con objeto de garantizar una interpretación uniforme de la nomenclatura combinada aneja al Reglamento (CEE) n o 2658/87, por lo que respecta la clasificación de los chalecos acolchados, es por tanto necesario precisar que estas prendas deben clasificarse en la partidas 6101, 6102, 6201 ó 6202, pese a no ir provistas de mangas.</p>
    <p class="parrafo">(4) Por tanto, resulta oportuno modificar en consecuencia el Reglamento (CEE) n o 989/89.</p>
    <p class="parrafo">(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Código Aduanero.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En el artículo 1 del Reglamento (CEE) n o 989/89 se añade el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«No obstante lo dispuesto en el párrafo primero, dichos códigos comprenderán los chalecos acolchados pese a que estos carezcan de mangas.»</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 23 de marzo de 2010.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">en nombre del Presidente</p>
    <p class="parrafo">Algirdas ŠEMETA</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">__________________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 256 de 7.9.1987, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 106 de 18.4.1989, p. 25.</p>
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