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<documento fecha_actualizacion="20241021205138">
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    <identificador>DOUE-L-2009-81763</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20090928</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>902/2009</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 902/2009 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2009, relativo a la autorización de un preparado enzimático de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Trichoderma reesei (CBS 114044) como aditivo en piensos para lechones destetados, pollos de engorde, pollos criados para puesta, pavos de engorde y pavos criados para reproducción (titular de la autorización: Roal Oy).</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20090929</fecha_publicacion>
    <diario_numero>256</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>23</pagina_inicial>
    <pagina_final>25</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2009/256/L00023-00025.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <fecha_derogacion>20230720</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="76" orden="">Aditivos alimentarios</materia>
      <materia codigo="205" orden="">Alimentos para animales</materia>
      <materia codigo="397" orden="">Autorizaciones</materia>
      <materia codigo="408" orden="">Aves de corral</materia>
      <materia codigo="5579" orden="">Piensos</materia>
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    <referencias>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2003-81704" orden="3060">
          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>el Reglamento 1831/2003, de 22 de septiembre</texto>
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        <posterior referencia="DOUE-L-2023-80937" orden="">
          <palabra codigo="210">SE DEROGA</palabra>
          <texto>, por Reglamento 2023/1332, de 29 de junio</texto>
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      <alerta codigo="117" orden="">Ganadería y animales</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal ( 1 ), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El Reglamento (CE) no 1831/2003 establece la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización.</p>
    <p class="parrafo">(2) El presente Reglamento autoriza un preparado enzimático de endo-1,4-beta-xilanasa como aditivo en piensos para lechones destetados, pollos de engorde, pollos criados para puesta, pavos de engorde y pavos criados para reproducción.</p>
    <p class="parrafo">(3) De conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) no 1831/2003, se presentó una solicitud de autorización del preparado que figura en el anexo del presente Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">Dicha solicitud estaba acompañada de la información y la documentación exigidas en el apartado 3 del citado artículo.</p>
    <p class="parrafo">(4) La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad ») efectuó la evaluación del riesgo de conformidad con el artículo 8, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1831/2003.</p>
    <p class="parrafo">(5) La solicitud se refiere a la autorización del preparado de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Trichoderma reesei (CBS 114044) como aditivo en piensos para lechones destetados, pollos de engorde, pollos criados para puesta, pavos de engorde y pavos criados para reproducción, que debe clasificarse en la categoría de «aditivos zootécnicos».</p>
    <p class="parrafo">(6) La Autoridad, en sus dictámenes de 21 de mayo de 2008 ( 2 ) y 21 de abril de 2009 ( 3 ), llegó a la conclusión de que el preparado de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Trichoderma reesei (CBS 114044) no tiene efectos adversos para la salud de los animales, la salud humana o el medio ambiente y que la utilización de dicho preparado puede tener efectos beneficiosos significativos en el aumento del peso corporal y en la eficiencia de conversión del pienso. La Autoridad no estimó que fuesen necesarios requisitos específicos de seguimiento consecutivo a la comercialización. Asimismo, verificó el informe sobre el método de análisis de este aditivo para piensos presentado por el laboratorio comunitario de referencia que establece el Reglamento (CE) no 1831/2003.</p>
    <p class="parrafo">(7) La evaluación de dicho preparado muestra que se cumplen las condiciones de autorización establecidas en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 1831/2003. En consecuencia, debe autorizarse el uso de este preparado según se especifica en el anexo del presente Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">(8) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal del preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos zootécnicos» y al grupo funcional de «digestivos», en las condiciones establecidas en el mismo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">__________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) The EFSA Journal (2008) 712, pp. 1-20.</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) The EFSA Journal (2009) 1058, pp. 1-6.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 2009.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Androulla VASSILIOU</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">Número de identificación del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Nombre del titular de la autorización</p>
    <p class="parrafo">Aditivo</p>
    <p class="parrafo">Composición, fórmula química, descripción y método analítico</p>
    <p class="parrafo">Especie animal o categoría de animales</p>
    <p class="parrafo">Edad máxima</p>
    <p class="parrafo">Contenido mínimo</p>
    <p class="parrafo">Contenido máximo</p>
    <p class="parrafo">Otras disposiciones</p>
    <p class="parrafo">Expiración del período de autorización</p>
    <p class="parrafo">Unidades de actividad por kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %</p>
    <p class="parrafo">Categoría de aditivos zootécnicos. Grupo funcional: digestivos</p>
    <p class="parrafo">4a8</p>
    <p class="parrafo">Roal Oy</p>
    <p class="parrafo">Endo-1,4-betaxilanasa</p>
    <p class="parrafo">EC 3.2.1.8</p>
    <p class="parrafo">Composición del aditivo</p>
    <p class="parrafo">Preparado de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Trichoderma reesei (CBS 114044) con una actividad mínima de:</p>
    <p class="parrafo">forma sólida: 4 × 106 BXU (1 )/g</p>
    <p class="parrafo">Forma líquida: 4 × 105 BXU/g</p>
    <p class="parrafo">Caracterización de la sustancia activa</p>
    <p class="parrafo">endo-1,4-beta-xilanasa producida por Trichoderma reesei (CBS 114044)</p>
    <p class="parrafo">Método analítico (2 ):</p>
    <p class="parrafo">En el aditivo y la premezcla: determinación de azúcares reductores para la endo-1,4-beta-xilanasa mediante reacción colorimétrica del ácido dinitrosalicílico como reactivo de los azúcares reductores producidos a un pH de 5,3 y a 50 °C.</p>
    <p class="parrafo">En los piensos: método colorimétrico que mide el tinte hidrosoluble liberado por la enzima a partir de un sustrato de arabinoxilano de trigo con enlaces cruzados con azurina.</p>
    <p class="parrafo">Lechones (destetados)</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">24 000 BXU</p>
    <p class="parrafo">—</p>
    <p class="parrafo">1. En las instrucciones de uso del aditivo y la premezcla, indíquese la temperatura de almacenamiento, el período de conservación y la estabilidad ante la granulación.</p>
    <p class="parrafo">2. Para lechones (destetados) de hasta 35 kg de peso corporal.</p>
    <p class="parrafo">3. Indicado para el uso en piensos compuestos ricos en polisacáridos no amiláceos  (principalmente arabinoxilanos) con, por ejemplo, más de un 20 % de trigo.</p>
    <p class="parrafo">4. Por razones de seguridad, durante la manipulación se utilizará protección respiratoria,</p>
    <p class="parrafo">gafas y guantes.</p>
    <p class="parrafo">19.10.2019</p>
    <p class="parrafo">Pollos de engorde</p>
    <p class="parrafo">8 000 BXU</p>
    <p class="parrafo">Pollos criados para puesta</p>
    <p class="parrafo">8 000 BXU</p>
    <p class="parrafo">Pavos de engorde</p>
    <p class="parrafo">16 000 BXU</p>
    <p class="parrafo">Pavos criados para reproducción</p>
    <p class="parrafo">16 000 BXU</p>
    <p class="parrafo">(1 ) 1 BXU es la cantidad de enzima que libera 1 nmol de azúcares reductores como xilosa por segundo a partir de xilano de abedul a un pH de 5,3 y 50 °C.</p>
    <p class="parrafo">(2 ) En la siguiente dirección del laboratorio comunitario de referencia puede obtenerse más información sobre los métodos analíticos: www.irmm.jrc.be/crl-feed-additives</p>
  </texto>
</documento>
