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<documento fecha_actualizacion="20241021205138">
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    <identificador>DOUE-L-2009-81760</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20090925</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>899/2009</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 899/2009 de la Comisión, de 25 de septiembre de 2009, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1290/2008 con respecto al nombre del titular de la autorización de un preparado de Lactobacillus rhamnosus (CNCM-I-3698) y Lactobacillusfarciminis (CNCM-I-3699) (Sorbiflore).</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20090929</fecha_publicacion>
    <diario_numero>256</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <url_pdf>/doue/2009/256/L00011-00011.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>20090930</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="76" orden="">Aditivos alimentarios</materia>
      <materia codigo="205" orden="">Alimentos para animales</materia>
      <materia codigo="397" orden="">Autorizaciones</materia>
      <materia codigo="5579" orden="">Piensos</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2008-82542" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo del Reglamento 1290/2008, de 18 de diciembre</texto>
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      <alerta codigo="117" orden="">Ganadería y animales</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal ( 1 ), y, en particular, su artículo 13, apartado 3,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) Mediante el Reglamento (CE) no 1290/2008 de la Comisión ( 2 ) se autorizó como aditivo para la alimentación animal un preparado de Lactobacillus rhamnosus (CNCMI3698) y Lactobacillus farciminis (CNCM-I-3699) (Sorbiflore), perteneciente a la categoría de «aditivos zootécnicos » y al grupo funcional «otros aditivos zootécnicos» para el titular de la autorización Sorbial SAS.</p>
    <p class="parrafo">(2) El Reglamento (CE) no 1831/2003 establece la posibilidad de modificar la autorización de un aditivo a petición del titular de la autorización y previo dictamen de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria. Sorbial SAS ha presentado una solicitud de cambio de nombre del titular de la autorización, de Sorbial SAS a Danisco France SAS, por lo que se refiere al Reglamento (CE) no 1290/2008.</p>
    <p class="parrafo">(3) El solicitante alega que Sorbial SAS se convirtió en Danisco France SAS con efectos a partir del 18 de mayo de 2009. Danisco France SAS posee actualmente los derechos de comercialización del aditivo. El solicitante ha presentado los documentos pertinentes para apoyar su solicitud.</p>
    <p class="parrafo">(4) La propuesta de cambio de los términos de la autorización tiene carácter puramente administrativo y no implica una nueva evaluación del aditivo en cuestión. Se ha informado de la solicitud a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria.</p>
    <p class="parrafo">(5) Para que el solicitante pueda explotar sus derechos de comercialización con el nombre de Danisco France SAS, es necesario modificar los términos de las autorizaciones.</p>
    <p class="parrafo">(6) Procede, por tanto, modificar el Reglamento (CE) no 1290/2008 en consecuencia.</p>
    <p class="parrafo">(7) Es conveniente establecer un período transitorio durante el cual puedan agotarse las existencias.</p>
    <p class="parrafo">(8) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En la columna 2 del anexo del Reglamento (CE) no 1290/2008, el nombre «Sorbial SAS» se sustituye por «Danisco France SAS».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Las existencias que se ajusten a las disposiciones aplicables con anterioridad a la fecha la entrada en vigor del presente Reglamento podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta seis meses después de dicha fecha.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 25 de septiembre de 2009.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Androulla VASSILIOU</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">__________________________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) DO L 340 de 19.12.2008, p. 20.</p>
  </texto>
</documento>
