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<documento fecha_actualizacion="20241021205125">
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    <identificador>DOUE-L-2009-81658</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="25">Directiva</rango>
    <fecha_disposicion>20090914</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>121/2009</numero_oficial>
    <titulo>Directiva 2009/121/CE de la Comisión, de 14 de septiembre de 2009, por la que se modifican, a efectos de su adaptación al progreso técnico, los anexos I y V de la Directiva 2008/121/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las denominaciones textiles.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20090915</fecha_publicacion>
    <diario_numero>242</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>13</pagina_inicial>
    <pagina_final>13</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2009/242/L00013-00013.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>20091005</fecha_vigencia>
    <estatus_derogacion>S</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion>20111107</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <vigencia_agotada>S</vigencia_agotada>
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    <url_eli>http://data.europa.eu/eli/dir/2009/121/spa</url_eli>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="294" orden="">Armonización de legislaciones</materia>
      <materia codigo="998" orden="">Comercialización</materia>
      <materia codigo="3493" orden="">Etiquetas</materia>
      <materia codigo="3684" orden="">Fibras textiles</materia>
      <materia codigo="5749" orden="">Productos textiles</materia>
    </materias>
    <notas>
      <nota codigo="26" orden="300">Cumplimiento a más tardar el el 15 de septiembre de 2010.</nota>
      <nota codigo="149" orden="900">Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Reglamento 1007/2011, de 27 de septiembre DOUE-L-2011-82120</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-2009-80062" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>los anexos I y V de la Directiva 2008/121, de 14 de enero</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores>
        <posterior referencia="BOE-A-2011-3584" orden="">
          <palabra codigo="426">SE TRANSPONE</palabra>
          <texto>, por Orden PRE/348/2011, de 21 de febrero</texto>
        </posterior>
      </posteriores>
    </referencias>
    <alertas>
      <alerta codigo="105" orden="">Comercio</alerta>
      <alerta codigo="106" orden="">Consumidores y usuarios</alerta>
      <alerta codigo="118" orden="">Industria</alerta>
    </alertas>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista la Directiva 2008/121/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de enero de 2009, relativa a las denominaciones textiles ( 1 ), y, en particular, su artículo 15, apartado 1,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) En la Directiva 2008/121/CE se establecen normas que rigen el etiquetado o marcado de los productos en lo que respecta a su contenido en fibras textiles, al objeto de garantizar la protección de los intereses de los consumidores.</p>
    <p class="parrafo">Los productos textiles únicamente pueden comercializarse en la Comunidad si cumplen lo dispuesto en dicha Directiva.</p>
    <p class="parrafo">(2) A raíz de los resultados obtenidos recientemente por un grupo de trabajo técnico, a fin de adaptar la Directiva 2008/121/CE al progreso técnico, es necesario añadir la fibra melamina a la lista de fibras establecida en los anexos I y V de la Directiva mencionada.</p>
    <p class="parrafo">(3) La Directiva 2008/121/CE debe modificarse en consecuencia.</p>
    <p class="parrafo">(4) Las medidas previstas en la presente Directiva se ajustan al dictamen del Comité para el sector de las directivas relativas a las denominaciones y al etiquetado de los productos textiles.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">La Directiva 2008/121/CE se modifica del siguiente modo:</p>
    <p class="parrafo">1) En el anexo I se añade la línea 48 siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«48./ Melamina / fibra formada por al menos 85 % de masa de macromoléculas reticuladas compuestas por derivados de melamina»</p>
    <p class="parrafo">2) En el anexo V se añade la línea 48 siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«48. / Melamina / 7,00»</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Transposición</p>
    <p class="parrafo">1. Los Estados miembros adoptarán las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir la presente Directiva a más tardar el 15 de septiembre de 2010.</p>
    <p class="parrafo">Comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto de dichas disposiciones, así como una tabla de correspondencias entre las mismas y la presente Directiva.</p>
    <p class="parrafo">Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, estas harán referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.</p>
    <p class="parrafo">2. Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las disposiciones básicas de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La presente Directiva entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 14 de septiembre de 2009.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Günter VERHEUGEN</p>
    <p class="parrafo">Vicepresidente</p>
    <p class="parrafo">_______________</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) DO L 19 de 23.1.2009, p. 29.</p>
  </texto>
</documento>
