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<documento fecha_actualizacion="20241021204212">
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    <identificador>DOUE-L-2008-81516</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1590">Corrección (errores o erratas)</rango>
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    <titulo>Corrección de errores del Segundo Protocolo adicional al Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20080731</fecha_publicacion>
    <diario_numero>202</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>74</pagina_inicial>
    <pagina_final>74</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2008/202/L00074-00074.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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    <materias>
      <materia codigo="67" orden="">Acuerdo de Asociación CE</materia>
      <materia codigo="71" orden="">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="6081" orden="">Bulgaria</materia>
      <materia codigo="6083" orden="">Chile</materia>
      <materia codigo="1003" orden="">Comercio extracomunitario</materia>
      <materia codigo="6120" orden="">Rumanía</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2007-81668" orden="2120">
          <palabra codigo="201">CORRECCIÓN de errores</palabra>
          <texto>de la Decisión 2007/611, de 23 de julio</texto>
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      <alerta codigo="123" orden="">Relaciones internacionales</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="">Unión Europea</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">1. En la página 13, en el anexo III, en el punto I «Compromisos horizontales», en la segunda columna «Personas jurídicas», en el punto 3:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «BG: El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios, incluidas las empresas conjuntas, solamente puede tomar la forma de empresa de responsabilidad limitada o de sociedad anónima con dos accionistas como mínimo. La creación de sucursales está sujeta a autorización. Sin consolidar por lo que se refiere a las oficinas de representación. Las oficinas de representación no pueden dedicarse a una actividad económica. […]»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «BG: El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios, empresas en participación incluidas, solo puede tomar la forma de empresa de responsabilidad limitada o sociedad anónima con un mínimo de dos accionistas. El establecimiento de sucursales está sujeto a autorización. Sin consolidar para oficinas de representación. Las oficinas de representación no pueden dedicarse a la actividad económica. […]».</p>
    <p class="parrafo">2. En la página 82, en el anexo III, en el punto II «Compromisos relativos a sectores específicos», en el punto 5 «Servicios de enseñanza con financiación privada», en la letra B «Servicios de enseñanza secundaria», en la tercera columna, en el punto 3:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «SI: Ninguna salvo: la mayoría de los miembros del consejo de administración debe ser de nacionalidad eslovena.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «SI: Ninguna salvo: la mayoría de los miembros del Consejo debe ser de nacionalidad eslovena.».</p>
    <p class="parrafo">3. En la página 87, en el anexo III, en el punto II «Compromisos relativos a sectores específicos», en el punto 6 «Servicios relacionados con el medio ambiente», en la letra C «Protección del aire ambiental y del clima», en las columnas segunda y tercera, en el punto 1):</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «1) Todos los Estados miembros excepto EE, LT, PL y RO: Sin consolidar. EE, LT, PL: Ninguna.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «1) Todos los Estados miembros excepto EE, LT, PL y RO: Sin consolidar EE, LT, PL, RO: Ninguna.».</p>
    <p class="parrafo">4. En la página 116, en el anexo IV, en el punto I «Compromisos horizontales», en la segunda columna «Personas jurídicas», en el punto 3:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «BG: El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios, incluidas las empresas conjuntas, solamente puede tomar la forma de empresa de responsabilidad limitada o sociedad anónima con por lo menos dos accionistas. El establecimiento de sucursales está sujeto a la autorización. Sin consolidar para oficinas de representación. Las oficinas de representación pueden no dedicarse a la actividad económica. […]»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «BG: El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios, empresas en participación incluidas, sólo puede tomar la forma de empresa de responsabilidad limitada o sociedad anónima con un mínimo de dos accionistas. El establecimiento de sucursales está sujeto a autorización. Sin consolidar para oficinas de representación. Las oficinas de representación no pueden dedicarse a la actividad económica. […]».</p>
    <p class="parrafo">5. En la página 164, en el anexo VI, en el punto 1 «Compromisos horizontales», en la segunda columna «Personas jurídicas»,</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «BG: El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios, incluidas las empresas conjuntas, solamente puede tomar la forma de empresa de responsabilidad limitada o de sociedad anónima con dos accionistas como mínimo. La creación de sucursales está sujeta a autorización. Sin consolidar por lo que se refiere a las oficinas de representación. Las oficinas de representación no pueden dedicarse a una actividad económica.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «BG: El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios, empresas en participación incluidas, solo puede tomar la forma de empresa de responsabilidad limitada o sociedad anónima con un mínimo de dos accionistas. El establecimiento de sucursales está sujeto a autorización. Sin consolidar para oficinas de representación. Las oficinas de representación no pueden dedicarse a la actividad económica. ».</p>
  </texto>
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