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    <identificador>DOUE-L-2008-81039</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20080508</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>423/2008</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 8 de mayo de 2008, por la que se establece un nuevo plazo para la presentación de los expedientes relativos a determinadas sustancias que deben examinarse en el marco del programa de trabajo de diez años mencionado en el artículo 16, apartado 2, de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2008) 1736].</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20080607</fecha_publicacion>
    <diario_numero>149</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>79</pagina_inicial>
    <pagina_final>80</pagina_final>
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      <materia codigo="998" orden="">Comercialización</materia>
      <materia codigo="4918" orden="">Medio ambiente</materia>
      <materia codigo="5746" orden="">Productos químicos</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2007-82263" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 1451/2007, de 4 de diciembre</texto>
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      <alerta codigo="118" orden="">Industria</alerta>
      <alerta codigo="119" orden="">Medio ambiente</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CE) no 1451/2007 de la Comisión, de 4 de diciembre de 2007, relativo a la segunda fase del programa de trabajo de diez años contemplado en el artículo 16, apartado 2, de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la comercialización de biocidas (1), y, en particular, su artículo 12, apartado 3,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El Reglamento (CE) no 1451/2007 establece una lista de sustancias activas que deben evaluarse con vistas a su posible inclusión en los anexos I, IA o IB de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2).</p>
    <p class="parrafo">(2) En relación con determinadas combinaciones de sustancias y tipos de producto incluidas en la citada lista, todos los participantes se han retirado o el Estado miembro informante designado para la evaluación no ha recibido ningún expediente en los plazos especificados en el artículo 9 del Reglamento (CE) no 1451/2007.</p>
    <p class="parrafo">(3) Por consiguiente, de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1451/2007, la Comisión informó al respecto a los Estados miembros. Esa información también se dio a conocer mediante procedimientos electrónicos el 22 de junio de 2007.</p>
    <p class="parrafo">(4) En el plazo de los tres meses siguientes a la publicación electrónica de esa información, algunas personas manifestaron su interés en encargarse de la función de participantes en relación con algunas de las sustancias y algunos de los tipos de producto afectados, de conformidad con el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1451/2007.</p>
    <p class="parrafo">(5) Por consiguiente, debe establecerse un nuevo plazo para la presentación de los expedientes correspondientes a estas sustancias y estos tipos de producto.</p>
    <p class="parrafo">(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de biocidas.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En relación con las sustancias y los tipos de producto enumerados en el anexo, el nuevo plazo para la presentación de expedientes será el 30 de junio de 2009.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 8 de mayo de 2008.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Stavros DIMAS</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 325 de 11.12.2007, p. 3.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 123 de 24.4.1998, p. 1. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2008/31/CE (DO L 81 de 20.3.2008, p. 57).</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">Sustancias y tipos de producto en relación con los cuales el nuevo plazo para la presentación de expedientes es el 30 de junio de 2009</p>
    <p class="parrafo">(Tabla omitida)</p>
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