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<documento fecha_actualizacion="20241021203946">
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    <identificador>DOUE-L-2008-80730</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1590">Corrección (errores o erratas)</rango>
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    <titulo>Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 2073/2005 de la Comisión, de 15 de noviembre de 2005, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20080429</fecha_publicacion>
    <diario_numero>115</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>48</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/2008/115/L00048-00048.pdf</url_pdf>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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  <analisis>
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      <materia codigo="230" orden="">Análisis</materia>
      <materia codigo="8155" orden="">Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria</materia>
      <materia codigo="1632" orden="">Contaminación de los alimentos</materia>
      <materia codigo="3493" orden="">Etiquetas</materia>
      <materia codigo="4157" orden="">Industrias</materia>
      <materia codigo="5723" orden="">Producción alimentaria</materia>
      <materia codigo="5729" orden="">Productos alimenticios</materia>
      <materia codigo="6021" orden="">Reglamentaciones técnico sanitarias</materia>
      <materia codigo="6278" orden="">Sanidad</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2005-82539" orden="2120">
          <palabra codigo="201">CORRECCIÓN de errores</palabra>
          <texto>del Reglamento 2073/2005, de 15 de noviembre</texto>
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    <alertas>
      <alerta codigo="102" orden="">Alimentación</alerta>
      <alerta codigo="118" orden="">Industria</alerta>
      <alerta codigo="124" orden="">Sanidad</alerta>
    </alertas>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">En la página 6, en el artículo 7, en el apartado 2:</p>
    <p class="parrafo">— en la segunda frase:</p>
    <p class="parrafo">en lugar de: «No obstante, los productos comercializados que todavía no se hallen a nivel de comercio minorista y que no cumplan los criterios de seguridad alimentaria podrán ser sometidos a una transformación ulterior mediante un tratamiento que elimine el riesgo en cuestión.»,</p>
    <p class="parrafo">léase: «No obstante, los productos comercializados que todavía no se hallen a nivel de comercio al por menor y que no cumplan los criterios de seguridad alimentaria podrán ser sometidos a una transformación ulterior mediante un tratamiento que elimine el riesgo en cuestión.»,</p>
    <p class="parrafo">— en la tercera frase:</p>
    <p class="parrafo">en lugar de: «Dicho tratamiento sólo podrán realizarlo explotadores de empresas alimentarias que no sean vendedores al por menor.»,</p>
    <p class="parrafo">léase: «Dicho tratamiento sólo podrán realizarlo explotadores de empresas alimentarias que no sean comercio al por menor.»</p>
    <p class="parrafo">En la página 12, en la nota 17:</p>
    <p class="parrafo">en lugar de: « (17) Se podrán tomar muestras simples a nivel de comercio minorista»,</p>
    <p class="parrafo">léase: « (17) Se podrán tomar muestras simples a nivel de comercio al por menor».</p>
    <p class="parrafo">En la página 13, «Interpretación de los resultados de las pruebas, L. monocytogenes en otros alimentos listos para el consumo y E. coli en moluscos bivalvos», en la la segunda viñeta:</p>
    <p class="parrafo">en lugar de: «— insatisfactorio, si todos los valores observados son &gt; al límite.»,</p>
    <p class="parrafo">léase: «— insatisfactorio, si alguno los valores observados son &gt; al límite.».</p>
    <p class="parrafo">En la página 16, en la nota 7:</p>
    <p class="parrafo">en lugar de: « (7) Este criterio no se aplica a la carne picada producida al por menor cuando la vida […]»,</p>
    <p class="parrafo">léase: « (7) Este criterio no se aplica a la carne picada producida comercio al por menor cuando la vida […]».</p>
  </texto>
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