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<documento fecha_actualizacion="20241021203913">
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    <identificador>DOUE-L-2008-80620</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1590">Corrección (errores o erratas)</rango>
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    <titulo>Corrección de errores de la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20080404</fecha_publicacion>
    <diario_numero>93</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>28</pagina_inicial>
    <pagina_final>32</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2008/093/L00028-00032.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="4021" orden="">Homologación de títulos académicos</materia>
      <materia codigo="4779" orden="">Libre circulación de trabajadores</materia>
      <materia codigo="6893" orden="">Títulos académicos y profesionales</materia>
      <materia codigo="7090" orden="">Universidades</materia>
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    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-2005-81828" orden="2120">
          <palabra codigo="201">CORRECCIÓN de errores</palabra>
          <texto>de la Directiva 2005/36, de 7 de septiembre</texto>
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      <alerta codigo="131" orden="">Trabajo y empleo</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">En la página 31, en el artículo 10, en la letra d):</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «d) no obstante lo dispuesto en el artículo 21, apartado 1, y en los artículos 23 y 27, a los médicos, enfermeros, odontólogos, veterinarios, matronas, farmacéuticos y arquitectos que posean de títulos de formación de especialista, y tengan que seguir una formación para obtener uno de los títulos …»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «d) no obstante lo dispuesto en el artículo 21, apartado 1, y en los artículos 23 y 27, a los médicos, enfermeros, odontólogos, veterinarios, matronas, farmacéuticos y arquitectos que posean títulos de formación como especialista y que deberán haber seguido una formación para obtener uno de los títulos …».</p>
    <p class="parrafo">En la página 31, en el artículo 10, en la letra e):</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «e) a los enfermeros responsables de cuidados generales y enfermeros especialistas que posean títulos de formación como especialista y sigan una formación para obtener uno de los títulos …»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «e) a los enfermeros responsables de cuidados generales y enfermeros especialistas que posean títulos de formación como especialista y que deberán haber seguido una formación para obtener uno de los títulos …».</p>
    <p class="parrafo">En la página 31, en el artículo 10, en la letra f):</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «f) a los enfermeros especializados … en el que las actividades profesionales de que se trate sean ejercidas por enfermeros responsables de cuidados generales, enfermeros especialistas sin formación en materia de cuidados generales o enfermeros especialistas que poseen de un título de formación como especialista y siguen la formación para obtener uno de los títulos enumerados en el punto 5.2.2 del anexo V;»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «f) a los enfermeros especializados … en el que las actividades profesionales de que se trate sean ejercidas por enfermeros responsables de cuidados generales, enfermeros especialistas sin formación en materia de cuidados generales o enfermeros especialistas que posean títulos de formación como especialista y que deberán haber seguido la formación para obtener uno de los títulos enumerados en el punto 5.2.2 del anexo V;».</p>
    <p class="parrafo">En la página 33, en el artículo 14, en el apartado 3, en el párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «Lo anterior también se aplicará a los casos … en lo que respecta a los médicos y odontólogos … cuando el migrante solicite el reconocimiento en otro Estado miembro en el que las actividades profesionales de que se trate sean ejercidas por enfermeros responsables de cuidados generales o enfermeros especialistas que posean un título de formación como especialista y sigan la formación …»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «Lo anterior también se aplicará a los casos … en lo que respecta a los médicos y odontólogos … cuando el migrante solicite el reconocimiento en otro Estado miembro en el que las actividades profesionales de que se trate sean ejercidas por enfermeros responsables de cuidados generales o enfermeros especialistas que posean títulos de formación como especialista y que deberán haber seguido la formación …».</p>
    <p class="parrafo">En la página 41, en el artículo 33, en el apartado 2, en la letra a):</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «a) título de formación de enfermero de nivel equivalente a una licenciatura (“dyplom licencjata pielęgniarstwa”):</p>
    <p class="parrafo">al menos tres años consecutivos en el transcurso de los cinco años anteriores a la fecha de expedición del certificado;»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «a) título de formación de enfermero de nivel equivalente a una diplomatura (“dyplom licencjata pielęgniarstwa”):</p>
    <p class="parrafo">al menos tres años consecutivos en el transcurso de los cinco años anteriores a la fecha de expedición del certificado;».</p>
    <p class="parrafo">En la página 42, en el artículo 33, en el apartado 3:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «3. Los Estados miembros reconocerán los títulos de enfermería expedidos en Polonia, a enfermeros que completaron su formación antes del 1 de mayo de 2004 —que no se ajustaba a los requisitos de formación mínimos establecidos en el artículo 31—, sancionada con un título de licenciado …»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «3. Los Estados miembros reconocerán los títulos de enfermería expedidos en Polonia, a enfermeros que completaron su formación antes del 1 de mayo de 2004 —que no se ajustaba a los requisitos de formación mínimos establecidos en el artículo 31—, sancionada con un título de diplomado …».</p>
    <p class="parrafo">En la página 46, en el artículo 43, en el apartado 3, en el párrafo segundo, en la letra a):</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «a) título de formación de matrona de nivel equivalente a una licenciatura (“dyplom licencjata położnictwa”):</p>
    <p class="parrafo">al menos tres años consecutivos en el transcurso de los cinco años anteriores a la fecha de expedición del certificado;»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «a) título de formación de matrona de nivel equivalente a una diplomatura (“dyplom licencjata położnictwa”):</p>
    <p class="parrafo">al menos tres años consecutivos en el transcurso de los cinco años anteriores a la fecha de expedición del certificado;».</p>
    <p class="parrafo">En la página 46, en el artículo 43, en el apartado 4:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «4. Los Estados miembros reconocerán los títulos de matrona expedidos en Polonia, a matronas que completaron su formación antes del 1 de mayo de 2004 —que no se ajustaba a los requisitos de formación mínimos establecidos en el artículo 40—, sancionada con un título de licenciado …»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «4. Los Estados miembros reconocerán los títulos de matrona expedidos en Polonia, a matronas que completaron su formación antes del 1 de mayo de 2004 —que no se ajustaba a los requisitos de formación mínimos establecidos en el artículo 40—, sancionada con un título de diplomado».</p>
    <p class="parrafo">En la página 49, en el artículo 49, en el apartado 1, en el párrafo primero:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «… los títulos de formación de arquitecto mencionados en el punto 6 del anexo VI …»;</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «… los títulos de formación de arquitecto mencionados en el anexo VI …».</p>
    <p class="parrafo">En la página 79 y siguientes, en el anexo V:</p>
    <p class="parrafo">— en la página 88, en la columna «Anatomía patológica», en el texto correspondiente a «Ireland»:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «Morbid anatomy and histopathology»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «Histopathology»,</p>
    <p class="parrafo">— en la página 91, en la columna «Biología clínica», en el texto correspondiente a «texto en griego», se suprimen las palabras «texto en griego»,</p>
    <p class="parrafo">— en la página 91, en la columna «Cirugía plástica», en el texto correspondiente a «Ireland»:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «Plastic surgery»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «Plastic, reconstructive and aesthetic surgery»,</p>
    <p class="parrafo">— en la página 92, en la columna «Microbiología-bacteriología», en el texto correspondiente a «texto en griego»:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «texto en griego»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «— texto en griego»,</p>
    <p class="parrafo">— en la página 93, en la columna «Cirugía torácica», en el texto correspondiente a «Italia»:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «Chirurgia toracica; Cardiochirurgia»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «— Chirurgia toracica</p>
    <p class="parrafo">— Cardiochirurgia»,</p>
    <p class="parrafo">— en la página 95, en la columna «Aparato digestivo», en el texto correspondiente a «Belgique/België/Belgien»:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «Gastro-entérologie/Gastroenterologie»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «Gastro-entérologie/Gastro-enterologie»,</p>
    <p class="parrafo">— en la página 97, en la columna «Medicina física y rehabilitación», en el texto correspondiente a «Portugal»:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «Fisiatria ou Medicina física e de reabilitação»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «— Fisiatria</p>
    <p class="parrafo">— Medicina física e de reabilitação»,</p>
    <p class="parrafo">— en la página 99, en la columna «Radiología», en el texto correspondiente a «Ireland»:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «Radiology (**)»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir:: «Radiology»,</p>
    <p class="parrafo">— en la página 99, en la columna «Radiología», en el texto correspondiente a «Italia»:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «Radiologia»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «Radiologia (**)»,</p>
    <p class="parrafo">— en la página 101, en la columna «Salud pública y medicina preventiva», en el texto correspondiente a «texto griego»:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «texto en griego»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «— texto en griego»,</p>
    <p class="parrafo">— en la página 108, en la columna «Traumatología y urgencias», en el texto correspondiente a «Česká republika»:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «Traumatologie</p>
    <p class="parrafo">Urgentní medicína»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «— Traumatologie</p>
    <p class="parrafo">— Urgentní medicína»,</p>
    <p class="parrafo">— en la página 108, en la columna «Traumatología y urgencias», en el texto correspondiente a «Slovensko»:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «Úrazová chirurgia</p>
    <p class="parrafo">Urgentná medicína»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «— Úrazová chirurgia</p>
    <p class="parrafo">— Urgentná medicína»,</p>
    <p class="parrafo">— en la página 115, en el cuadro «5.3.2. Títulos de formación básica de odontólogo», en la columna «Título de formación», en el texto correspondiente a «Česká republika»:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «… (doktor)»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «… (doktor zubního lékařství, MDDr.)»,</p>
    <p class="parrafo">— en la página 121, en el cuadro «5.4.2. Títulos de formación de veterinario», en la columna «Título de formación», en el texto correspondiente a «Deutschland»:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «… des Dritten Abscnitts …»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «… des Dritten Abschnitts …»;</p>
    <p class="parrafo">— en la página 128, en el cuadro «5.6.2. Títulos de formación de farmacéutico», en la columna «Organismo que expide el título de formación», en el texto correspondiente a «Magyarország»:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «EG Egyetem»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «Egyetem»,</p>
    <p class="parrafo">— en la página 129 y siguientes, en los cuadros correspondientes a los arquitectos:</p>
    <p class="parrafo">a) en la página 130, el texto correspondiente a «España» queda redactado como sigue (correspondencia de los cursos académicos de referencia de la última columna):</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA EN PÁGINA 31 A 32</p>
    <p class="parrafo">c) en la página 133, el texto correspondiente a «Portugal» queda redactado como sigue (correspondencia de los cursos académicos de referencia de la última columna):</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA EN PÁGINA 32</p>
    <p class="parrafo">En la página 135, en el anexo VI, en el subtítulo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «6. Título de formación de arquitectos …»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «Título de formación de arquitectos …».</p>
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