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<documento fecha_actualizacion="20241021203633">
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    <identificador>DOUE-L-2007-82351</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1590">Corrección (errores o erratas)</rango>
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    <titulo>Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 41/2007 del Consejo, de 21 de diciembre de 2006, por el que se establecen, para 2007, las posibilidades de pesca y las condiciones correspondientes para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas comunitarias y, en el caso de los buques comunitarios, en las demás aguas donde sea necesario establecer limitaciones de capturas.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20071218</fecha_publicacion>
    <diario_numero>332</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>106</pagina_inicial>
    <pagina_final>107</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2007/332/L00106-00107.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="2258" orden="">Cuota de pesca</materia>
      <materia codigo="5569" orden="">Pesca marítima</materia>
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    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-2007-80035" orden="2120">
          <palabra codigo="201">CORRECCIÓN de errores</palabra>
          <texto>del Reglamento 41/2007, de 21 de diciembre</texto>
        </anterior>
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    <alertas>
      <alerta codigo="122" orden="">Pesca</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">En la página 18, en el capítulo VIII, en el título:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «… BUQUES PESQUEROS DE TERCEROS PAÍSES EN LA ZONA DE REGULACIÓN DEL CPANE»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «… BUQUES PESQUEROS DE TERCEROS PAÍSES EN LA ZONA DEL CONVENIO DE LA CPANE».</p>
    <p class="parrafo">En la página 18, en el artículo 49:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «… buques pesqueros de terceros países en la zona de regulación del CPANE …»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «… buques pesqueros de terceros países en la zona del Convenio de la CPANE …».</p>
    <p class="parrafo">En la página 19, en el artículo 52, apartado 3, y en el artículo 54, apartado 2:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «… en la zona de regulación del CPANE»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «… en la zona del Convenio de la CPANE».</p>
    <p class="parrafo">En la página 26, en el artículo 75, en el cuadro, en el epígrafe en la columna de la derecha:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «Total de capturas (Tm)»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «Total de capturas (toneladas)».</p>
    <p class="parrafo">En la página 48, en el anexo IA, en la especie: Gallos Lepidorhombus spp. en la zona VIIIc, IX y X:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «Zona: VIIIc, IX y X; aguas de la CE del CPACO 31.1.1 …»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «Zona: VIIIc, IX y X; aguas de la CE del CPACO 34.1.1 …».</p>
    <p class="parrafo">En la página 51, en el anexo IA, en la especie: Rape Lophiidae en la zona VIIIc, IX y X:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «Zona: VIIIc, IX y X; aguas de la CE del CPACO 31.1.1 …»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «Zona: VIIIc, IX y X; aguas de la CE del CPACO 34.1.1 …».</p>
    <p class="parrafo">En la página 57, en el anexo IA, en la especie: Merlán Merlangius merlangus en la zona IX y X:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «Zona: IX y X; aguas de la CE del CPACO 31.1.1 …»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «Zona: IX y X; aguas de la CE del CPACO 34.1.1 …».</p>
    <p class="parrafo">En la página 85, en el anexo IA, en la especie: Espadín Sprattus sprattus en la zona VIId y VIIe:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «CE 6 144 TAC 6 144»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «CE 6 145 TAC 6 145».</p>
    <p class="parrafo">En la página 98, en el anexo IB, en la especie: Carbonero Pollachius virens en aguas de las Islas Feroe de la zona Vb:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «Francia 1 630»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «Francia 1 632».</p>
    <p class="parrafo">En la página 103, en el anexo IB, en la especie: Gallineta nórdica Sebastes spp. en aguas de las Islas Feroe de la zona Vb:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «Alemania 2 083»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «Alemania 2 084».</p>
    <p class="parrafo">En la página 121, en el anexo IIA, en el punto 8.1.b):</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «… más del 70 % de bogavante»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «… más del 70 % de cigala».</p>
    <p class="parrafo">En la página 125, en el anexo IIA, en el punto 13, en el cuadro I, en la columna «Denominación», en la última fila:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «… redes de arrastre o redes de cerco danesas con malla &gt; 120 mm …»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «… redes de arrastre o redes de cerco danesas con malla ≥ 120 mm …».</p>
    <p class="parrafo">En la página 126, en el anexo IIA, en el punto 13, en el cuadro I, en la columna «Artes de pesca del punto 4.1», en la última fila:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «c.iii»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «c.iv».</p>
    <p class="parrafo">En la página 156, en el anexo IIIA, en el punto 8.2.b) ii):</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «ii) sus características se ajusten a las exigencias técnicas que figuran en el anexo.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «ii) sus características se ajusten a las exigencias técnicas que figuran en el anexo del Reglamento (CE) no 254/2002 del Consejo, de 12 de febrero de 2002, por el que se establecen las medidas aplicables durante el año 2002 con vistas a la recuperación de la población de bacalao en el Mar de Irlanda (División CIEM VIIa).».</p>
    <p class="parrafo">En la página 157, en el anexo IIIA, en el punto 9.8.b):</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «b) cuando las marcas de las boyas o los datos del SLB muestren que el propietario ha sido localizado a una distancia inferior a 100 millas náuticas de los artes durante un tiempo superior a 120 horas;»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «b) cuando las marcas de las boyas o los datos del SLB muestren que el propietario no ha sido localizado a una distancia inferior a 100 millas náuticas de los artes durante un tiempo superior a 120 horas;».</p>
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