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    <identificador>DOUE-L-2007-81236</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20070709</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>804/2007</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 804/2007 de la Comisión, de 9 de julio de 2007, por el que se prohíbe la pesca de bacalao en el Mar Báltico (subdivisiones 25-32, aguas de la CE) por parte de los buques que enarbolan pabellón de Polonia.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20070710</fecha_publicacion>
    <diario_numero>180</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>20070711</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="2258" orden="">Cuota de pesca</materia>
      <materia codigo="3729" orden="">Flota pesquera</materia>
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      <materia codigo="5569" orden="">Pesca marítima</materia>
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      <nota codigo="151" orden="900">Esta disposición ha dejado de estar vigente</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2006-82637" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 1941/2006, de 11 de diciembre</texto>
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      <alerta codigo="122" orden="">Pesca</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CE) no 2371/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, sobre la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común (1), y, en particular, su artículo 26, apartado 4,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CEE) no 2847/93 del Consejo, de 12 de octubre de 1993, por el que se establece un régimen de control aplicable a la política pesquera común (2), y, en particular, su artículo 21, apartado 3,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El Reglamento (CE) no 1941/2006 del Consejo, de 11 de diciembre de 2006, por el que se establecen, para 2007, las posibilidades de pesca y las condiciones asociadas aplicables en el Mar Báltico a determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces (3), fija una cantidad de 10 794 toneladas de bacalao que pueden pescar en el Mar Báltico (subdivisiones 25-32, aguas de la CE) los buques que enarbolan pabellón de Polonia en 2007.</p>
    <p class="parrafo">(2) La información obtenida por la Comisión gracias a las misiones realizadas por sus inspectores en relación con las capturas de esta población no concuerda con la información transmitida por Polonia a la Comisión.</p>
    <p class="parrafo">(3) La información que obra en poder de la Comisión indica que las capturas de esta población por parte de buques polacos en 2007 son tres veces superiores a las cantidades declaradas por Polonia. Por consiguiente, las posibilidades de pesca de dicha población asignadas a Polonia para 2007 se consideran agotadas.</p>
    <p class="parrafo">(4) De conformidad con el artículo 21, apartado 2, del Reglamento (CEE) no 2847/93, Polonia tiene la obligación de prohibir provisionalmente, desde la fecha en que se considere agotada su cuota en cuestión, la pesca de esa población y el mantenimiento a bordo, el trasbordo y el desembarque de las capturas que se hayan efectuado después de esa fecha.</p>
    <p class="parrafo">(5) Si Polonia no adopta las medidas oportunas, la Comisión tendrá que fijar, a iniciativa propia, la fecha en que se considera que las capturas de bacalao en el Mar Báltico (subdivisiones 25-32, aguas de la CE) por parte de buques que enarbolan el pabellón de Polonia han agotado la cuota correspondiente a este país y prohibir de inmediato la pesca de esa población desde esa fecha. Conviene, asimismo, prohibir a partir de esa fecha el mantenimiento a bordo, el trasbordo o el desembarque de peces de esa población, capturados por parte de buques que enarbolan pabellón de Polonia.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Agotamiento de la cuota</p>
    <p class="parrafo">Se considera que las capturas de bacalao en el Mar Báltico (subdivisiones 25-32, aguas de la CE) por parte de buques que enarbolan pabellón de Polonia han agotado la parte de la cuota asignada a Polonia para 2007 a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Prohibiciones</p>
    <p class="parrafo">La pesca de bacalao en el Mar Báltico (subdivisiones 25-32, aguas de la CE) por parte de los buques que enarbolan pabellón de Polonia quedará prohibida desde la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento hasta el 31 de diciembre de 2007.</p>
    <p class="parrafo">Durante ese período, también queda prohibido mantener a bordo, trasbordar o desembarcar capturas de dicha población efectuadas por los citados buques.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Entrada en vigor</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">_____________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 358 de 31.12.2002, p. 59.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 261 de 20.10.1993, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1967/2006 (DO L 409 de 30.12.2006, p. 11. Versión corregida en el DO L 36 de 8.2.2007, p. 6).</p>
    <p class="parrafo">(3) DO L 367 de 22.12.2006, p. 1. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) no 609/2007 de la Comisión (DO L 141 de 2.6.2007, p. 33).</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 9 de julio de 2007.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Joe BORG</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
  </texto>
</documento>
