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<documento fecha_actualizacion="20250220135601">
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    <identificador>DOUE-L-2007-80979</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="25">Directiva</rango>
    <fecha_disposicion>20070523</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>24/2007</numero_oficial>
    <titulo>Directiva 2007/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de mayo de 2007, por la que se deroga la Directiva 71/304/CEE del Consejo, relativa a la supresión de las restricciones a la libre prestación de servicios en el sector de los contratos administrativos de obras y a la adjudicación de contratos administrativos de obras por medio de agencias o sucursales.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20070614</fecha_publicacion>
    <diario_numero>154</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>22</pagina_inicial>
    <pagina_final>22</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2007/154/L00022-00022.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>20070614</fecha_vigencia>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="1664" orden="">Contratos</materia>
      <materia codigo="4776" orden="">Libre circulación de bienes y servicios</materia>
      <materia codigo="5181" orden="">Obras</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1971-80091" orden="1010">
          <palabra codigo="210">DEROGA</palabra>
          <texto>la Directiva 71/304, de 26 de julio</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-2004-81008" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Directiva 2004/17, de 21 de abril</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2004-81002" orden="5020">
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          <texto>Directiva 2004/18, de 31 de marzo</texto>
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      <alerta codigo="109" orden="">Derecho Administrativo</alerta>
      <alerta codigo="120" orden="">Obras y construcciones</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 47, apartado 2, y sus artículos 55 y 95,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Previa consulta al Comité Económico y Social Europeo,</p>
    <p class="parrafo">Previa consulta al Comité de las Regiones,</p>
    <p class="parrafo">De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (1),</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) En su Comunicación al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones relativa a la actualización y simplificación del acervo comunitario, la Comisión anunció, entre otras cosas, que procedería a un examen del acervo para comprobar si este podía simplificarse, por ejemplo, mediante la derogación de actos que hubiesen quedado obsoletos.</p>
    <p class="parrafo">(2) La adopción de diversos actos de carácter legislativo en materia de contratación pública, y, en último lugar, de la Directiva 2004/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios postales (2), y de la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios (3), así como la evolución de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo y, en particular, su sentencia de 25 de julio de 1991 en el asunto C-76/90, Säger (4), permite lograr un nivel de protección jurídica igual o superior al ofrecido por las disposiciones de la Directiva 71/304/CEE (5).</p>
    <p class="parrafo">(3) Por consiguiente, procede derogar la Directiva 71/304/CEE, a fin de simplificar el acervo comunitario sin menoscabar los derechos de los operadores económicos.</p>
    <p class="parrafo">HAN ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Queda derogada la Directiva 71/304/CEE.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">La presente Directiva entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 23 de mayo de 2007.</p>
    <p class="parrafo">Por el Parlamento Europeo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">H.-G. PÖTTERING</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">G. GLOSER</p>
    <p class="parrafo">___________</p>
    <p class="parrafo">(1) Dictamen del Parlamento Europeo de 13 de febrero de 2007 (no publicado aún en el Diario Oficial) y Decisión del Consejo de 16 de abril de 2007.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 134 de 30.4.2004, p. 1. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2006/97/CE del Consejo (DO L 363 de 20.12.2006, p. 107).</p>
    <p class="parrafo">(3) DO L 134 de 30.4.2004, p. 114. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2006/97/CE.</p>
    <p class="parrafo">(4) Rec. 1991, p. I-4221.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO L 185 de 16.8.1971, p. 1.</p>
  </texto>
</documento>
