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    <identificador>DOUE-L-2006-82454</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20060427</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>832/2006</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Parlamento Europeo, de 27 de abril de 2006, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo para el ejercicio 2004.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20061206</fecha_publicacion>
    <diario_numero>340</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>96</pagina_inicial>
    <pagina_final>96</pagina_final>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <materias>
      <materia codigo="127" orden="">Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo</materia>
      <materia codigo="8104" orden="">Organismo y agencia CE</materia>
      <materia codigo="5683" orden="">Presupuestos comunitarios</materia>
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      <alerta codigo="134" orden="">Unión Europea</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo para el ejercicio financiero 2004 (1),</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo correspondientes al ejercicio 2004, acompañado de las respuestas de la Agencia (2),</p>
    <p class="parrafo">— Vista la Recomendación del Consejo de 14 de marzo de 2006 (5972/2006 — C6-0093/2006),</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Tratado CE y, en particular, su artículo 276,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (3), y, en particular, su artículo 185,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE) no 2062/94 del Consejo, de 18 de julio de 1994, por el que se crea la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (4), y, en particular, su artículo 14,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (5), y, en particular, su artículo 94,</p>
    <p class="parrafo">— Vistos el artículo 71 y el anexo V de su Reglamento,</p>
    <p class="parrafo">— Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A6-0099/2006),</p>
    <p class="parrafo">1. Aprueba la gestión del Director administrativo de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo en la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2004;</p>
    <p class="parrafo">2. Presenta sus observaciones en la Resolución que acompaña a la presente Decisión;</p>
    <p class="parrafo">3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que la acompaña al Director de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial (serie L).</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Josep BORRELL FONTELLES</p>
    <p class="parrafo">El Secretario General</p>
    <p class="parrafo">Julian PRIESTLEY</p>
    <p class="parrafo">___________________________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO C 269 de 28.10.2005, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO C 332 de 28.12.2005, p. 23.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO L 216 de 20.8.1994, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1112/2005 (DO L 184 de 15.7.2005, p. 5)</p>
    <p class="parrafo">(5) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72. Reglamento modificado por el Reglamento (CE, Euratom) no 1261/2005 (DO L 201 de 2.8.2005, p. 3).</p>
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