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    <identificador>DOUE-L-2006-80679</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20060425</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>635/2006</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 635/2006 de la Comisión, de 25 de abril de 2006, por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 1251/70 relativo al derecho de los trabajadores a permanecer en el territorio de un Estado miembro después de haber ejercido en él un empleo.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20060426</fecha_publicacion>
    <diario_numero>112</diario_numero>
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    <fecha_vigencia>20060427</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="3160" orden="">Empleo</materia>
      <materia codigo="4779" orden="">Libre circulación de trabajadores</materia>
      <materia codigo="6211" orden="">Residencia</materia>
      <materia codigo="6909" orden="">Trabajadores</materia>
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      <nota codigo="38" orden="225">Efectos de la derogación desde el 30 de abril de 2006.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1970-80052" orden="1010">
          <palabra codigo="210">DEROGA</palabra>
          <texto>el Reglamento 1251/70, de 29 de junio</texto>
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      <alerta codigo="131" orden="">Trabajo y empleo</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="">Unión Europea</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 39, apartado 3, letra d),</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) La Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, por la que se modifica el Reglamento (CEE) no 1612/68 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y 93/96/CEE (1), agrupó en un acto único la legislación relativa a la libre circulación de los ciudadanos en la Unión. En su artículo 17, retoma lo esencial de las disposiciones del Reglamento (CEE) no 1251/70 de la Comisión, de 29 de junio de 1970, relativo al derecho de los trabajadores a permanecer en el territorio de un Estado miembro después de haber ejercido en él un empleo (2), y las modifica confiriendo a los beneficiarios del derecho a permanecer un estatus más privilegiado, a saber, el derecho de residencia permanente.</p>
    <p class="parrafo">(2) Por consiguiente, debe derogarse el Reglamento (CEE) no 1251/70.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El Reglamento (CEE) no 1251/70 queda derogado con efecto a partir del 30 de abril de 2006.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 25 de abril de 2006.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Vladimír ŠPIDLA</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">____________________</p>
    <p class="parrafo">(1)	DO L 158 de 30.4.2004, p. 77.</p>
    <p class="parrafo">(2)	(2) DO L 142 de 30.6.1970, p. 24.</p>
  </texto>
</documento>
